Declaración responsable de cazador local
En plazo permanente
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
En plazo permanente
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, se podrá presentar una declaración en la que se manifieste tener la categoría de cazador local en una reserva o coto social de la Comunidad Autónoma de Aragón.
La declaración se debe presentar como mínimo quince días antes de la fecha prevista para la caza según modalidad.
Dirigido a
- Cazadores locales
Requisitos
- Tener su residencia habitual y permanente en las localidades que estén incluidas total o parcialmente en el terreno cinegético para el cual ostenta la categoría de cazador local debiendo, además, estar empadronado en el municipio al que pertenezcan los terrenos cinegéticos.
- Ser propietarios o titulares de derechos cinegéticos de fincas rústicas que sumen al menos una superficie de 5 hectáreas incluidas en el terreno cinegético cuyo título de adquisición sea anterior a diez años o el de sucesión hereditaria de quienes lo ostentaron por igual o superior plazo y, por último, sus hijos no emancipados.
- En el caso de las reservas de caza, los requisitos establecidos en el plan de aprovechamiento cinegético de cada reserva.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Plazo permanente
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Documentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
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1. Documento de identificación
En el caso de no disponer de DNI o NIE se presentará fotocopia del pasaporte.
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2. Documento de empadronamiento
Documentación acreditativa de cazador local distinta del empadronamiento.
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCION GENERAL DE MEDIO NATURAL, CAZA Y PESCA
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Las tarjetas de cazador local ya expedidas para la temporada 2020-2021 se prorrogan hasta el 1 de mayo de 2030 por lo que sus poseedores no deben presentar una declaración responsable de cazador local hasta esa fecha.
La declaración responsable de cazador local enviada por primera vez tendrá validez hasta el 1 de mayo de 2030, sin necesidad de renovarla anualmente.
Durante el periodo de validez tanto de la tarjeta de cazador local como de la declaración responsable de cazador local, el solicitante estará obligado a informar por escrito al servicio provincial competente de cualquier circunstancia, como por ejemplo cambios de empadronamiento o de propiedad, que supongan un cambio en su categoría de cazador local.
Para poder cazar la caza menor en las reservas de caza en las que esté permitido, cada año deberá abonarse la correspondiente tasa de caza menor en reservas de caza.
Recursos y enlaces de interés
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
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Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. Huesca. 974 293 172
Correo electrónico. Huesca. cazaypescahu@aragon.es
Teléfono. Teruel. 978 641 145
Correo electrónico. Teruel. cazaypescateruel@aragon.es
Teléfono. Zaragoza. 976 714 893
Correo electrónico. Zaragoza. cazaypescaz@aragon.es
Página web. Servicios Provinciales y Oficinas Comarcales Agroambientales
Presencial. Horario de 9 a 14 horas.
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- atencionalaciudadania@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
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Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
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Ley 1/2015, de 12 de marzo, de Caza de Aragón
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Resolución de 1 de abril de 2026 del Director General de Medio Natural, Caza y Pesca, por la que se aprueban los planes anuales de aprovechamiento cinegético de las Reservas de Caza y de los Cotos Sociales de Aragón para la temporada 2026-2027.
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Ayuda a la tramitación electrónica
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