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Comunicación previa de transmisiones de fincas forestales

N°835

A través de este trámite, las personas que vendan una finca deberán comunicar al Gobierno de Aragón previamente las condiciones en las que se efectuará la compraventa para que el Gobierno Autonómico pueda ejercer el derecho de tanteo.

Se deberá realizar ante los siguientes tipos de fincas: fincas forestales de extensión superior a 200 hectáreas; fincas forestales incluidas total o parcialmente en montes protectores; y en todo tipo de fincas enclavadas en o colindantes a un monte cuyo titular público sea la Comunidad Autónoma de Aragón.

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Iniciar trámite

Dirigido a

  • Personas físicas o jurídicas propietarias de fincas forestales en trámite de venta, antes de producirse la compraventa y una vez acordadas las condiciones de la misma.

Requisitos

  • Este trámite es exclusivo para comunicar las fincas enclavadas o colindantes cuyo titular sea el Gobierno de Aragón. El Departamento competente en medio ambiente dispone de 3 meses, a contar desde la recepción de la comunicación, para ejercitar el derecho de adquisición preferente mediante la acción de tanteo en transmisión onerosa del tipo de fincas mencionadas.
  • Si se llevara a efecto la transmisión sin la referida notificación previa, o sin seguir las condiciones reflejadas en ella, la Administración titular del derecho de adquisición preferente podrá ejercer acción de retracto en el plazo de un año contado desde la inscripción de la transmisión en el Registro de la Propiedad o, en su defecto, desde que la Administración hubiera tenido conocimiento oficial de las condiciones reales de la transmisión.
  • Para fincas enclavadas o colindantes con un monte público de otros titulares diferentes (un Ayuntamiento, Confederación Hidrográfica, u otras) la comunicación de los datos se debe dirigir a la Entidad Publica que corresponda.
  • Los notarios y registradores no autorizarán ni inscribirán, respectivamente, las correspondientes escrituras sin que se acredite previamente la práctica de dicha notificación de forma fehaciente. Cualquier vía de comunicación, conducciones, infraestructuras lineales, cursos permanentes o temporales de agua y accidentes naturales no anulan la condición de colindancia.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Modelo de comunicación (formulario)

    En el caso de ser varios vendedores y/o compradores solidarios, rellenar un formulario con los datos correspondientes a cada uno y presentarlos todos conjuntamente.

  • Acreditación válida en derecho de la propiedad de los terrenos a transmitir

  • Documento de representación

    En el caso de que resultara necesario.

  • Contrato de arras

    De la compraventa. Este documento es opcional presentarlo.

  • Capas cartográficas de los recintos

    Se presentará en formato digital georreferenciado en coordenadas UTM, referidas a Huso 30 ETRS89. (Archivo comprimido en formato .zip). Este documento es opcional presentarlo.

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

Descargar formulario

Información adicional

El registro electrónico acepta archivos de un max. de 10 Mb.

Coordina Servicio de Planificación y Gestión Forestal de la Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal.

Presentación de la solicitud

Telemática

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Presencial

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Contacto y ayuda

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Proceso de tramitación y acciones disponibles

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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

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Resolución

3 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

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¿Cómo realizar este trámite?

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