Adaptación capacidad en porcino (RD 159/2023)
Próximamente - Del 05/05/2026 al 05/08/2026
Aún no es posible presentar el trámite
Contenidos
Próximamente - Del 05/05/2026 al 05/08/2026
Aún no es posible presentar el trámite
Detalles del trámite
A través de este procedimiento los titulares de explotaciones porcinas con capacidad superior a 5,1 UGM, o sus representantes, declaran la capacidad del lazareto de la explotación para adaptarse al Real Decreto 159/2023 (nº de plazas del lazareto actuales) y el tipo de explotación al que se acogen de acuerdo al Real Decreto 809/2025 (clasificación de las explotaciones de ganado porcino según requisitos de bienestar animal).
Dirigido a
- Titulares de explotaciones de porcino, ubicadas en Aragón, con capacidad superior a 5,1 UGM (o sus representantes).
Requisitos
- Ser titular de una explotación ganadera y poseer la Licencia de inicio de actividad (o licencia municipal de actividad y apertura, en el caso de ser anterior a la publicación del Decreto 94/2009, de 26 de mayo, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas).
- Ser titular, o representante, de una explotación porcina ubicada en Aragón con capacidad superior a 5,1 UGM.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 05/05/2026 a las 00:00 h
Fin: 05/08/2026 a las 23:59 h
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Con la ayuda del personal habilitado
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Documentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
No es necesario aportar documentos adicionales al realizar este trámite
Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Verificación de Datos de Identidad
Validación de NIF de un contribuyente
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD Y SEGURIDAD ALIMENTARIA
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Si, una vez transcurrido el plazo de presentación de la declaración, ésta no se hubiera presentado, se procederá de oficio a adaptar la capacidad de la explotación conforme a lo establecido en el Real Decreto 159/2023 y se clasificará de acuerdo con el Real Decreto 809/2025.
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Con la ayuda del personal habilitado
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. Servicio provincial de Huesca 974 293 149
Correo electrónico. Servicio provincial de Huesca idrum@aragon.es
Teléfono. Servicio provincial de Teruel 978 641 171
Correo electrónico. Servicio provincial de Teruel ganaderiateruel@aragon.es
Teléfono. Servicio provincial de Zaragoza 976 714 000
Correo electrónico. Servicio provincial de Zaragoza spz_recursosganaderos@aragon.es
Presencial. Oficinas Comarcales Agrarias y Alimentarias
Presencial. Horario oficina De 9:00 a 14:00 horas
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- atencionalaciudadania@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
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Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
-
Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos.
-
Real Decreto 159/2023, de 7 de marzo, por el que se establecen disposiciones para la aplicación en España de la normativa de la Unión Europea sobre controles oficiales en materia de bienestar animal, y se modifican varios reales decretos.
-
Real Decreto 809/2025, de 16 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos.
Normativa general
-
Orden DRS 330/2019, de 26 de marzo, por la que se actualizan varios anexos de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas, cuya revisión se aprobó por el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón.
-
Orden /2015, de 13 de febrero, de los Consejeros de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes, de Política Territorial e Interior, y de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se sustituyen varios anexos de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas, cuya revisión se aprobó por el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón.
-
Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón
-
Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas. Corrección de errores
-
Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas
-
Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el Registro general de explotaciones ganaderas.
-
Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal
-
Real Decreto 348/2000, de 10 de marzo, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico la Directiva 98/58/CE, relativa a la protección de los animales en las explotaciones ganaderas
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Ayuda a la tramitación electrónica
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