El sábado 20 de abril, entre las 08:00 y las 14:00 horas, el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública efectuará actuaciones de mantenimiento en sus sistemas informáticos que pueden afectar al funcionamiento de las aplicaciones de administración electrónica. Disculpen las molestias.
Inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas del Sector de la Construcción de la Comunidad Autónoma de Aragón
N°5283
Inscripción de las empresas para poder ser contratistas o subcontratistas en una obra de construcción.
Acreditación por parte de las empresas subcontratistas de que las empresas con las que contratan están inscritas mediante la solcitud de certificados de inscripción ( uno por cada obra y empresa).
Requisitos
- Presentación con carácter previo a su participación en una obra de construcción. La inscripción es única y tiene validez durante tres años. Además las empresas, bien ellas mismas o las contratistas respecto de los subcontratistas deben solicitar certificado de inscripción de que la empresa está inscrita cada vez que vaya a participar en una obra de construcción.
Presentación de la solicitud
Telemática
OTRO
Los datos de la solicitud y los documentos necesarios se aportan on line a través de la plataforma creada por el Ministerio de Trabajo y Economía social.
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 716 669
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO, AUTÓNOMOS Y ECONOMÍA SOCIAL*
Normativa
Ley 32/2006, de 18 de octubre, 32/2006 Reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción.
Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto,
1109/2007. por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción.
Decreto 93/2008, de 27 de mayo, del Gobierno de Aragón 93/ 2008, por el que se crea el Registro de Empresas Acreditadas en el sector de la construcción en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
15 días
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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