Cancelación
En plazo permanente
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Puedes descargar el formulario en PDF, rellenarlo, firmarlo y presentarlo de forma presencial en una oficina de registro junto con el resto de documentación requerida.
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
En plazo permanente
-
Puedes descargar el formulario en PDF, rellenarlo, firmarlo y presentarlo de forma presencial en una oficina de registro junto con el resto de documentación requerida.
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, se cancela la inscripción de empresas inscritas en el Registro General del Juego.
La cancelación de la inscripción de una empresa de juego anulará la totalidad de las autorizaciones otorgadas a la misma para el ejercicio de cualquier actividad relacionada con los juegos de suerte, envite o azar, cuando así lo prevea la normativa específica de cada juego o apuesta.
Dirigido a
- Empresas inscritas en la Sección II, III, IV, V y VI del Registro general del juego que deseen cancelar su inscripción en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Requisitos
- Estar inscrito como empresa en la Sección que proceda en el Registro General del Juego de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- A petición del titular, por cese en el ejercicio de la actividad
- No poseer en explotación en la Comunidad Autónoma de Aragón el objeto de la inscripción
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Plazo permanente
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial - Pasos a seguir
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Resolución
Tres meses
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
-
1. Tasas administrativas
Justificante de abono de la tasa administrativa por prestación de servicios administrativos y técnicos en materia de juego. (modelo 519)
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE INTERIOR Y EMERGENCIAS
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
En el supuesto de fallecimiento del empresario persona física, no se cancelará la inscripción en el Registro, si así lo solicitaran los sucesores en el plazo de tres meses desde el fallecimiento de aquél, manteniéndose la vigencia de la inscripción con la mención de "sucesores de..." por el plazo máximo de un año, prorrogable por igual período por causa justificada, hasta que se efectúe la partición del haber hereditario y se produzca la inscripción del nuevo titular.
Durante este período, los sucesores se subrogarán en la posición jurídica del empresario fallecido, debiendo acompañar a estos efectos la solicitud razonada de continuación en la actividad, la certificación del fallecimiento y copia autorizada del título en que se funde la sucesión por causa de muerte.
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial - Pasos a seguir
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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Tres meses
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. 976 714 441
Correo electrónico. gestionjuego@aragon.es
Teléfono. 976 714 441
Correo electrónico. gestionjuego@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- atencionalaciudadania@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa general
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Decreto 22/2015, de 24 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de maquinas de juego.
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Orden /2011, de 11 de julio, por la que se regula el procedimiento telemático de presentación de solicitudes de diversos procedimientos del Departamento de Política Territorial, Justicia e Interior, en materia de juego
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Decreto 3/2004, de 13 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se crea el Registro General del Juego y se aprueba su Reglamento.
-
Ley 2/2000, de 28 de junio, del juego de la Comunidad Autónoma de Aragón.
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Ayuda a la tramitación electrónica
Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.
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