El icono + / - abre y cierra items
- Temas
- Administración pública
- Agricultura, ganadería y medio rural
- Ciencia y tecnología
- Comercio y consumo
- Cultura, turismo, deportes y ocio
- Educación y formación
- Empleo, empresa y otras entidades
- Impuestos y tasas
- Industria, energía y minería
- Medio ambiente
- Salud
- Seguridad y justicia
- Servicios sociales
- Transporte, territorio e infraestructuras
- Vivienda y urbanismo
- Transparencia
- Gobierno
Consulta tus datos, notificaciones y trámites en un único espacio.
Acceder a MiALegalización de libros contables de las sociedades cooperativas inscritas en el Registro de Cooperativas de Aragón.
Trámite Nº2289
En plazo permanente
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
TrámiteNº2289
En plazo permanente
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, las sociedades cooperativas inscritas en el Registro de Cooperativas de Aragón podrán presentar los libros contables para su legalización.
Dirigido a
- Las cooperativas deben llevar al día sus libros contables obligatorios (libro diario, libro de inventarios y balances...) y se deben legalizar anualmente
Requisitos
- Estar inscrita en el Registro de cooperativas de Aragón.
- Los libros contables a legalizar se presentarán electrónicamente.
- Deberá constar claramente en cada libro la identificación de la sociedad cooperativa, la denominación del libro oficial y el ejercicio económico. Igualmente, si el libro se distribuye en varios tomos, se identificarán éstos en relación al total de libros. Ejemplo: tomo 1 de tres, 2 de tres, 3 de tres; o 1/3, 2/3, 3/3…
- Los libros obligatorios para todas las cooperativas son el Libro Diario y el Libro de Inventario y balances - cuentas anuales. Corresponde al Tesorero, o, en su defecto, al Secretario de la cooperativa, la custodia y supervisión de estos libros, así como los restantes documentos de contabilidad y los estados financieros de la cooperativa.
- El Registro únicamente comprobará la presentación del “Libro Diario” y del “Libro de Inventarios y Balances – cuentas anuales” . Será responsabilidad de la cooperativa la presentación de cualquier otra documentación que, junto con los libros contables, y según su normativa de aplicación, sea obligatoria.
- El legalizado de los libros contables no supone pronunciamiento sobre su contenido por parte del Registro. Tampoco supondrá juicio sobre la adecuación a la normativa contable de éstos y su correcta elaboración.
- El plazo para presentar su legalización es de seis meses a contar desde el cierre del ejercicio económico. Si se presentan fuera de este plazo, se legalizarán haciendo constar tal circunstancia.
Pago de tasas
Este trámite requiere el pago previo de la Tasa 46, por servicios prestados por el registro de cooperativas, tarifa 4.1. Puedes justificar el pago de dos formas:
1.- Si prefieres pagar directamente en este formulario de solicitud, el pago quedará automáticamente justificado.
2.- Si prefieres pagar fuera de este formulario, tendrás que adjuntar un justificante del pago que realices y adjuntarlo al final de este formulario de solicitud. Puedes pagar fuera del formulario de solicitud a través del siguiente enlace
Accede aquí para proceder al pago de la tasa
Accede aquí para proceder al pago de la tasaPlazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Plazo permanente
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Resolución
6 meses.
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
-
1. Libros contables en formato electrónico
Libro diario, libro de inventarios y balances, otros según el caso.
-
2. Documentación acreditativa del pago de la Tasa 46, tarifa 4.1
Deberá abonarse un hecho imponible por cada libro contable que se presente.
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONES DE EMPLEO
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Recursos y enlaces de interés
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Durante de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
6 meses.
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. Registro de Cooperativas de Aragón 976 714 796
Teléfono. Información general del INAEM. De lunes a viernes de 9 a 19 horas. 901 501 000
Correo electrónico. registrocoop.inaem@aragon.es
Teléfono. Información específica de cooperativas. De lunes a viernes de 9 a 14 horas. 976 714 796
Página web. Página Web del INAEM
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 111. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h
- atencionalaciudadania@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00 h.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa general
-
Decreto Legislativo 2/2014, de 29 de agosto, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Cooperativas de Aragón
-
Decreto 208/2019, de 22 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo del texto refundido de la Ley de Cooperativas de Aragón
-
Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas
Apartado anterior:
Ayuda a la tramitación electrónica
Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.
Más información
Sobre ayuda a la tramitación electrónica¿Te ha resultado útil esta página?
Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web
Gracias por tu valoración
Para cualquier consulta, escríbenos a portalpublico@aragon.es
Puedes dejar aquí tu comentario anónimo.
Servicio de información y registro
Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.