Reconocimiento de beneficiarios para acceder a una vivienda de alquiler social en Aragón

Trámite 1610

En plazo permanente

Trámite1610

En plazo permanente

Detalles del trámite

A través de este trámite, cualquier persona física empadronada en Aragón podrá presentar su solicitud para optar a una vivienda de alquiler social en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Para poder realizar el trámite, el solicitante debe:




Otras acciones


Dirigido a

  • Personas individuales o unidades de convivencia que deseen solicitar una vivienda de alquiler social en la Comunidad Autónoma de Aragón

Requisitos

  • Estar empadronado alguno de los miembros de la unidad de convivencia o la persona individual en algún municipio de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Percibir unos ingresos anuales por la unidad de convivencia o la persona individual no superiores a la cantidad de 1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), por catorce mensualidades, pudiendo aplicarse coeficientes reductores en los supuestos determinados en la legislación vigente.
  • Tener necesidad de vivienda y no disponer del uso y disfrute de otra vivienda por causa no imputable a los mismos o a sus familiares de primer grado.
  • Encontrarse en alguna de las condiciones siguientes:
    • Afectados por situaciones catastróficas o emergencias.
    • Afectados por desahucios.
    • Unidad de convivencia en la que todos sus miembros se encuentren en situación de desempleo y hayan agotado las prestaciones por desempleo o persona individual en dicha situación.
    • Unidad de convivencia en la que alguno de sus miembros tenga declarada discapacidad superior al 33 por ciento, situación de dependencia o enfermedad que le incapacite de forma permanente para realizar una actividad laboral o persona individual en dicha situación.
    • Familia numerosa, de conformidad con la legislación vigente.
    • Unidad de convivencia en la que exista una víctima de violencia de género, reconocida por sentencia firme, o en su defecto, orden de protección o medida cautelar de protección o persona individual que cumpla dichos requisitos.
    • Unidad familiar de convivencia de la que forme parte un menor de tres años.
    • Personas mayores de 65 años, sin familiares de primer grado que residan en su municipio.
    • Unidad familiar de convivencia monoparental con dos hijos a cargo.

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Plazo permanente

Puedes realizar este trámite de manera:

Electrónica - Pasos a seguir
  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).

    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.

    Descargar formulario
  3. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  4. Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Presencial - Pasos a seguir
  1. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.

    Descargar formulario
  2. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  3. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana

  4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.

Resolución

6 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

Documentos necesarios

Detalles de documentos para realizar de este trámite.

Presentar en todos los casos

  • 1. Libro de familia o certificados literales de nacimiento


Documentos a aportar si cumples estas condiciones:

Otra documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

  • Consulta de Datos de Identidad

  • Servicio de Consulta de residencia legal por documentación

  • Consulta de datos de Residencia con Fecha de Última Variación Padronal

  • Servicio de Consulta de Histórico de Municipios de Residencia

  • Servicio de Consulta Convivencia Actual

  • Datos de la Agencia Tributaria y Seguridad Social

  • Consulta de nivel de renta intermediado

  • Consulta de datos catastrales

  • Certificación de titularidad catastral

  • Consulta de Vida Laboral Últimos 12 Meses

  • Consulta de Prestaciones TSD

  • Consulta de Datos Económicos TSD

  • Consulta de integrantes de la unidad familiar TSD - INSS

  • Histórico de Prestaciones Públicas de Incapacidad Temporal en un Periodo

  • Importes de Prestación de Desempleo Percibidos en un Periodo

  • Consulta de Grado y Nivel de Dependencia

  • Consulta de Discapacidad nuevo

  • Consulta de título de familia numerosa

  • Inscrito como pareja de hecho

  • Consulta de Matrimonio

  • Consulta de Nacimiento


¿Necesitas ayuda?

Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA

Apartado siguiente:

Información adicional

Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.

Información sobre la solicitud

El cumplimiento por los solicitantes de los requisitos para ser beneficiario no determina por si solo el derecho a la asignación de una vivienda en los casos en que, la demanda de alquiler social supere la oferta de viviendas disponibles para el alquiler en el municipio o comarca

La asignación de viviendas a los beneficiarios quedará condicionada a las disponibilidades presupuestarias

Procedimiento de asignación de viviendas:

- Las solicitudes se formalizaran según modelo oficial y serán presentadas en registro administrativo autorizado, dirigiéndose a las Subdirecciones Provinciales de Vivienda de Zaragoza, Huesca y Teruel según corresponda.

- Sólo se admitirá una solicitud de asignación de vivienda por persona individual que viva sola o unidad de convivencia, no pudiendo una misma persona formar parte de dos o más unidades de convivencia al mismo tiempo.

-Las solicitudes se resolverán por la Directora General de Vivienda y serán notificadas a los interesados y comunicadas, en los casos de gestión indirecta, a la entidad gestora.

- En el caso de que el solicitante cumpla las condiciones requeridas pero no existan viviendas disponibles en el municipio o comarca solicitada, el solicitante se quedará en situación de espera.

- Afectados por desahucios o situaciones catastróficas disponen de preferencia en la asignación de vivienda sobre el resto de beneficiarios de conformidad con la normativa reguladora.

- Si el solicitante no acepta las condiciones, en un mes quedará anulada su solicitud a todos los efectos.

- Una vez asignada la vivienda la Dirección General competente en materia de vivienda o la entidad colaboradora realizarán de manera inmediata las actuaciones necesarias para la celebración del correspondiente contrato de arrendamiento.

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

Durante de la tramitación

Finalización de la tramitación

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Ayuda a la tramitación electrónica

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