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Gestión de Red de Bolsas de viviendas para el alquiler social en Aragón  - Reconocimiento de beneficiarios y de asignación de viviendas

N°1610

A través de este trámite, cualquier persona física empadronada en Aragón podrá presentar su solicitud para optar a un alquiler social en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Plazo de presentación

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En plazo

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Dirigido a

  • Personas individuales que deseen solicitar un alquiler social en la Comunidad Autónoma de Aragón
  • Unidades de convivencia que deseen solicitar un alquiler social en la Comunidad Autónoma de Aragón

Requisitos

  • Estar empadronado alguno de los miembros de la unidad de convivencia o la persona individual en algún municipio de la Comunidad Autónoma de Aragón
  • Percibir unos ingresos anuales por la unidad de convivencia o la persona individual no superiores a la cantidad de 1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM)
  • Tener necesidad de vivienda y no disponer del uso y disfrute de otra vivienda por causa no imputable a los mismos o a sus familiares de primer grado
  • Encontrarse en alguna de las condiciones siguientes:
    • Afectados por situaciones catastróficas o emergencias.
    • Afectados por desahucios.
    • Unidad de convivencia en la que todos sus miembros se encuentren en situación de desempleo y hayan agotado las prestaciones por desempleo o persona individual en dicha situación
    • Unidad de convivencia en la que alguno de sus miembros tenga declarada discapacidad superior al 33 por ciento, situación de dependencia o enfermedad que le incapacite de forma permanente para realizar una actividad laboral o persona individual en dicha situación
    • Familia numerosa, de conformidad con la legislación vigente
    • Unidad de convivencia en la que exista una víctima de violencia de género, reconocida por sentencia firme, o en su defecto, orden de protección o medida cautelar de protección o persona individual que cumpla dichos requisitos
    • Unidad familiar de convivencia de la que forme parte un menor de tres años
    • Personas mayores de 65 años, sin familiares de primer grado que residan en su municipio
    • Unidad familiar de convivencia monoparental con dos hijos a cargo

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Certificado de empadronamiento

  • Acreditación del cumplimiento de los requisitos

  • Declaración vivienda residencia habitual

    Jurada del compromiso de destinar la vivienda a residencia habitual y permanente, de abonar la renta y cuidar y mantener la vivienda en debidas condiciones de uso y conservación así como del cumplimiento del resto de deberes del beneficiario.

  • Municipio en el que necesita la vivienda

    Expresar el municipio en el que necesita la vivienda o indicación de que se aceptará una vivienda en la Comarca u otro lugar de Aragón.

  • Declaración responsable de los ingresos

    En el caso de no haber presentado declaración de renta por no estar obligado a ello, se aportará declaración responsable del solicitante de los ingresos percibidos, acompañada de la siguiente documentación:

  • Certificación sobre el trabajo

    Fotocopia, en caso de que disponga de ello, de la certificación del centro o centros de trabajo sobre la duración y antigüedad del contrato de trabajo y de la totalidad de los ingresos percibidos o pendientes de percibir, por todos los conceptos durante el ejercicio fiscal correspondiente.

  • Certificados Seguridad Social

    Fotocopia de los certificados de altas y bajas de la Seguridad Social.

  • Justificante ingresos trimestrales

    Los trabajadores autónomos, fotocopias de los justificantes de los ingresos trimestrales a cuenta del Impuesto sobre la renta de las personas físicas

  • Certificado de la pensión

    En el caso de pensionistas, perceptores de subsidios y otras prestaciones, fotocopia del certificado de la pensión, subsidio o prestación percibida o a percibir en el ejercicio fiscal correspondiente.

  • Declaracion responsable del beneficiario de vivienda de la Red de Bolsas de vivienda para alquiler social de Aragón

    Descargar modelo Declaracion responsable del beneficiario de vivienda de la Red de Bolsas de vivienda para alquiler social de Aragón

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Datos de la Agencia Tributaria y Seguridad Social

  • Pensiones

  • Vida Laboral

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

Descargar formulario

Información adicional

El cumplimiento por los solicitantes de los requisitos para ser beneficiario no determina por si solo el derecho a la asignación de una vivienda en los casos en que, la demanda de alquiler social supere la oferta de viviendas disponibles para el alquiler en el municipio o comarca

La asignación de viviendas a los beneficiarios quedará condicionada a las disponibilidades presupuestarias

La renta máxima a abonar por el arrendatario será de 3 euros/m2 de superficie útil con un límite máximo mensual de 300 euros/vivienda, que se reducirá en función de la superficie útil y condiciones de la misma y que en cualquier caso no superará el 40% de los ingresos de la persona individual o la unidad de convivencia beneficiaria de la vivienda social

Procedimiento de asignación de viviendas:

- Las solicitudes se formalizaran según modelo oficial y serán presentadas en registro administrativo autorizado, deberán dirigirse a las Subdirecciones Provinciales de vivienda de Zaragoza, Huesca y Teruel según corresponda

- Sólo se admitirá una solicitud de asignación de vivienda por persona individual que viva sola o unidad de convivencia, no pudiendo una misma persona formar parte de dos o más unidades de convivencia al mismo tiempo.

- La Subdirección Provincial emitirá propuesta de resolución a la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación sobre el cumplimiento de las condiciones para ser beneficiario de una vivienda

-Las solicitudes se resolverán por el Director General de Vivienda y Rehabilitación

- Las resoluciones serán notificadas a los interesados y comunicadas, en los casos de gestión indirecta, a la entidad gestora

- En el caso de que el solicitante cumpla las condiciones requeridas pero no existan viviendas disponibles en el municipio o comarca solicitada, la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación comunicará al solicitante que se encuentra en situación de espera

- Si el solicitante no acepta las condiciones, en un mes quedará anulada su solicitud a todos los efectos.

- Tanto en los supuestos de gestión directa o indirecta, una vez decidida la asignación de una vivienda la Dirección General competente en materia de vivienda o la entidad colaboradora realizarán de manera inmediata las actuaciones necesarias para la celebración del correspondiente contrato de arrendamiento

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
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  3. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  4. Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Presencial

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  3. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
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  4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

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Paso 1:

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No olvides repasar el resto de documentos necesarios:

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Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

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Resolución

6 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

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