Gestión de planes urbanísticos - Documento refundido de planeamiento
N° 1090
A través de este trámite, los municipios aragoneses podrán solicitar, a los Consejos Provinciales de Urbanismo, la conformidad sobre un documento refundido de planeamiento que recoja las determinaciones resultantes de los informes emitidos o de la aprobación definitiva.
Dirigido a
- Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón
Requisitos
- Los establecidos en la Ley de Urbanismo de Aragón.
- El órgano competente para la aprobación definitiva de cualesquiera instrumentos de ordenación urbanística, o para informes urbanísticos vinculantes, podrá condicionar la eficacia de dichos instrumentos a la elaboración de un documento refundido que recoja las determinaciones resultantes del informe vinculante o de la aprobación definitiva.
- El documento refundido se presentará al órgano que solicitó su elaboración.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Documento refundido de planeamiento
Documento refundido que recoja las determinaciones resultantes de los informes emitidos o de la aprobación definitiva.
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
El documento refundido habrá de diligenciarse por el órgano competente, invalidando simultáneamente los documentos anteriores que resulten modificados, con el visto bueno del órgano que lo aprobó definitivamente o emitió el informe vinculante.
Deberá publicarse el acuerdo de aprobación del Texto Refundido, así como el texto íntegro de las normas que contenga.
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Presencial
-
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Contacto y ayuda
- Teléfono. De 9:00 a 14:00 horas. 976 714 532
- Correo electrónico. Dirección General de Urbanismo. dgurbanismo@aragon.es
- Presencial. De 9:00 a 14:00 horas. Dirección General de Urbanismo. Avda. Ranillas, 3A, planta 2ª, oficina J. 50018. Zaragoza
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE URBANISMO Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
Normativa
Decreto 52/2002, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 5/1999, de 25 de marzo, Urbanística, en materia de organización, planeamiento urbanístico y régimen especial de pequeños municipios
Decreto 78/2017, de 23 de mayo, por el que se aprueba la Normativa Técnica de Planeamiento (NOTEPA)
Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por la que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana
Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
En plazo permanente
En plazo
Paso 1:
Descarga el formulario principal:
Descargar formularioNo olvides repasar el resto de documentos necesarios:
Consultar documentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
2 meses
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
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