Gestión de autorizaciones para espectáculos públicos - Comunicación de celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas ocasionales o extraordinarias
N°1902
A través de este trámite se comunica la celebración de un espectáculo o actividad recreativa ocasional o extraordinaria a la Subdelegación del Gobierno de la provincia y al Centro de Emergencias 112 SOS Aragón.
Dirigido a
- La Administración que autoriza el evento y/o promotor u organizadores privados
Requisitos
-
Los espectáculos públicos o actividades recreativas ocasionales o extraordinarias serán objeto de comunicación, conforme al modelo del anexo del Decreto 148/2018, de 26 de julio.
- En los establecimientos públicos permanentes:
- En municipios con más de 25.000 habitantes, cuando el aforo exceda de 500 personas.
- En municipios con menos de 25.000 habitantes, cuando el aforo exceda de 250 personas.
- En los espacios abiertos acotados:
- En municipios con más de 25.000 habitantes, cuando el aforo exceda de 10.000 personas.
- En municipios de menos de 25.000 habitantes, cuando el aforo exceda de 2.500 personas.
- En los espacios abiertos al libre tránsito de personas, con o sin techo cuando el número de asistentes previsto sea igual o superior a 10.000 personas.
- Por motivos de seguridad:
- Los espectáculos públicos o actividades recreativas que estén excluidos de la autorización del artículo 10 y siguientes del Decreto 148/2018, de 26 de julio, porque son organizados por las Entidades Locales o por el Gobierno de Aragón en los establecimientos públicos con título de intervención que ampare el espectáculo público o la actividad recreativa habitual, directamente o a través de entidades o comisiones previamente habilitadas al efecto por aquéllos, en los supuestos recogidos en el número 1).
- Los espectáculos públicos y actividades recreativas que se organicen en espacios abiertos al libre tránsito de personas, con o sin techo por las Entidades Locales o por el Gobierno de Aragón, cuando el número de asistentes previsto sea igual o superior a 10.000 personas.
- Corresponde al órgano que autoriza remitir la comunicación al Centro de Emergencias SOS Aragón y a la Subdelegación de Gobierno de la provincia con una antelación mínima de 72 horas a la celebración del evento.
Documentación
No es necesario aportar documentos adicionales al realizar este trámite
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
La comunicación se enviará debidamente firmada y sellada a sosaragon@aragon.es y a la Subdelegación del Gobierno de la provincia correspondiente, con una antelación mínima de 72 horas a la celebración del espectáculo o actividad.
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Presencial
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 714 443
- Correo electrónico. espectaculospublicos@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE INTERIOR Y EMERGENCIAS
Normativa
Decreto 143/2018, de 26 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la celebración de los espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter ocasional y extraordinario y se establecen medidas para la mejora de la convivencia en la celebración de los espectáculos públicos y de las actividades recreativas
Orden PRE/665/2017, de 22 de mayo, por la que se estable el procedimiento de solicitud y tramitación de la autorización de los espectáculos públicos o actividades recreativas ocasionales y extraordinarias
Ley 11/2005, de 28 de diciembre, reguladora de los espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos.
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
En plazo permanente
En plazo
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
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