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Actuaciones relativas a la declaración y aprovechamiento de los distintos tipos de aguas de la Sección B de la Ley de Minas - Declaración de la condición de aguas minero-medicinales

N°41

A través de este trámite, podrá solicitarse la declaración de la condición de aguas minero-medicinales a las aguas que cumplan determinados requisitos.

Se consideran aguas minero-medicinales a aquellas alumbradas natural o artificialmente cuyas características o cualidades sean declaradas de utilidad pública. En función del uso o destino, éstas se clasifican en aguas minero-medicinales con fines terapéuticos, aguas minerales naturales y aguas de manantial.

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Dirigido a

  • Personas físicas
  • Personas jurídicas

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Instancia

    En la que conste nombre y apellidos o razón social y domicilio del peticionario.

  • Memoria con expresión de la situación

    Características del acuífero o manantial.

  • Plano de situación

  • Acreditación de la titularidad del terreno o acuerdo con el propietario

  • Autorización administrativa de la ejecución del pozo

    En caso de tratarse de un pozo. Minas y Confederación hidrográfica.

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

Descargar formulario

Información adicional

Son Aguas minero-medicinales aquellas alumbradas natural o artificialmente que por sus características o cualidades sean declaradas de utilidad pública.

La Declaración de esta condición es requisito previo para su aprovechamiento.

Presentación de la solicitud

Presencial

  1. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
    Descargar formulario
  2. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  3. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
    Pedir cita previa
  4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Trámite presencial

Acude a nuestras oficinas de Registro con cita previa para presentar tu trámite.

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Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

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