Declaración de la condición de aguas minero-medicinales
Obtención de la Declaración de la condición de aguas minero-medicinales como recurso de la Sección B) de la Ley de Minas.
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- Personas físicas
- Personas jurídicas
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Observaciones
- Son Aguas minero-medicinales aquellas alumbradas natural o artificialmente que por sus características o cualidades sean declaradas de utilidad pública.
- La Declaración de esta condición es requisito previo para su aprovechamiento.
- Correo electrónico. Huesca. minas.huesca@aragon.es / Teruel. stminas@aragon.es / Zaragoza. spzindminas@aragon.es
- Teléfono. Huesca. 974293080 / Teruel. 978641226 / Zaragoza. 976714085
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Documentos a aportar por la persona interesada
- Instancia
En la que conste nombre y apellidos o razón social y domicilio del peticionario. - Memoria con expresión de la situación
Características del acuífero o manantial. - Plano de situación
- Acreditación de la titularidad del terreno o acuerdo con el propietario
- Autorización administrativa de la ejecución del pozo
En caso de tratarse de un pozo. Minas y Confederación hidrográfica.
- Instancia
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De lunes a viernes de 9:00 a 14:00.
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Plazo de presentación:
EN PLAZO
Plazo de resolución:
3 meses
Antes de iniciar el trámite
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