Volver a Bibliotecas y archivos

Declaración de archivos y documentos como históricos e integrantes del Patrimonio Documental Aragonés

N°2276

Declarar archivos o documentos de titularidad privada como históricos e integrantes del Patrimonio Documental Aragonés, aunque no cumplan los plazos genéricos legalmente establecidos.

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Iniciar trámite

Dirigido a

  • Personas físicas o jurídicas privadas titulares de un derecho real sobre los documentos o archivos en cuestión, interesadas en la materia.

Requisitos

  • La petición sólo podrá ser realizada por los titulares de un derecho real sobre los documentos o archivos en cuestión.
  • El bien o bienes en cuestión no deben cumplir los plazos establecidos en la normativa para ser considerados históricos, pero sí tener una especial relevancia o interés informativo, cultural o para la investigación, que deberá ser acreditado.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Acreditación de la titularidad del derecho real

  • Memoria donde se detalle:

    - La identificación detallada del documentos o archivo en cuestión.

    - Su estado de conservación.

    - Los datos y/o apreciaciones históricas, culturales o bibliográficas que sean reveladores de su importancia o interés.

    - Su situación jurídica.

    - Su localización física.

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

Descargar formulario

Información adicional

La declaración puede ser promovida, aparte de a instancia de parte, también de oficio.

La mera incoación del expediente sujeta al documento o archivo afectado a la aplicación provisional del régimen de protección establecido por la Ley de Archivos de Aragón para aquellos declarados históricos.

Conforme a lo establecido en la normativa, con independencia del asesoramiento que pueda recabarse de organismos o entidades especializadas en la materia, en el expediente deberá constar informe favorable de la Comisión Asesora de Archivos.

Tras la declaración, el el propietario o poseedor del bien tiene la opción de solicitar la reversión de la misma, conforme a lo establecido en el art. 3 del Decreto 34/1987, de 1 de abril, de desarrollo parcial de la Ley 6/1986, de 28 de noviembre, de Archivos de Aragón.

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
    Descargar formulario
  3. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  4. Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Presencial

  1. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
    Descargar formulario
  2. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  3. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
    Pedir cita previa
  4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.

Contacto y ayuda

  • Teléfono. 976 715 583
  • Correo electrónico. difusion.patrimoniocultural@aragon.es
  • Cita previa. Teléfono 976715583
  • Presencial. Edificio Ranillas, Avda. Ranillas 5 D, 2ª planta. 50018 Zaragoza (Zaragoza)
  • Otros canales. Edificio Ranillas, Avda. Ranillas 5 D, 2ª planta. 50018 Zaragoza (Zaragoza)
  • Presencial. Horario oficina 9 - 14 horas.
  • Otros canales. Horario teléfono 9 - 14 horas
  • Otros canales. Fax 976714808
  • Cita previa. Horario 9 - 14 horas

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Paso 1:

Descarga el formulario principal:

Descargar formulario

No olvides repasar el resto de documentos necesarios:

Consultar documentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

El expediente de declaración se entenderá caducado si transcurridos ocho meses desde su incoación y denunciada la mora, no hubiera recaído resolución expresa en los cuatro meses siguientes a la denunc...

Ver más

¿Cómo realizar este trámite?

Ver el vídeo

¿Te ha resultado útil esta página?

Ayúdanos a mejorar la página de trámites del Gobierno de Aragón

Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web