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Subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro para actividades de educación permanente - Convocatoria 2023

N°10078

A través de este trámite, se convocan subvenciones a a entidades privadas de iniciativa social y ciudadana sin ánimo de lucro para la realización de actividades de educación permanente durante el curso 2023-2024. Dichas subvenciones tienen como objetivo la Formación Permanente de Personas Adultas que complementa la oferta formativa del Departamento competente en materia de educación permanente, referida a enseñanzas de formación inicial (Formación Inicial para Personas Adultas sin discapacidad, Formación Inicial para Personas Adultas con discapacidad) o Enseñanza del Español.

Plazo de presentación

Del 29/01/2024 al 09/02/2024

Fuera de plazo

Consultar trámite

Dirigido a

  • Entidades de iniciativa social y ciudadana sin ánimo de lucro

Requisitos

  • Podrán obtener la condición de beneficiarios las entidades sin ánimo de lucro, legalmente constituidas y radicadas en la Comunidad Autónoma de Aragón, siempre que entre sus objetivos se encuentre la realización de actividades de educación permanente y cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria.
  • Podrán obtener subvención las actividades de educación permanente presenciales de atención directa en el aula que sean: Enseñanzas de Formación Inicial para Personas Adultas con y sin discapacidad y Enseñanzas de Español como lengua nueva.
  • La planificación, programación, horario, ratio y titulación del profesorado se deberán ajustar a la normativa especifica de cada Enseñanza.
  • Las actividades deberán desarrollarse en el curso escolar 2023-2024, comenzar entre el 1 de septiembre y el 1 de octubre de 2023, y finalizar entre el 12 y el 30 de junio de 2024.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Acreditación del representante de la entidad solicitante

    De conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  • Documento acreditativo de la representación

    De quien efectúa el trámite telemático, en caso de no coincidir con el representante de la entidad.

  • Documentación necesaria para acreditar los criterios de valoración

    Del apartado undécimo de esta convocatoria.

  • Proyecto entidades con atención directa en el aula

    Anexo I.

    Descargar modelo Proyecto entidades con atención directa en el aula
  • Planificación de la actividades

    Anexo II.

    Descargar modelo Planificación de la actividades
  • Memoria entidades con atención directa en el aula

    Anexo III.

    Descargar modelo Memoria entidades con atención directa en el aula
  • Documentos justificativos de constitución de la entidad solicitante

    Y de su inscripción en el registro correspondiente.

Información adicional

Los documentos originales que sea necesario adjuntar a la solicitud deberán ser digitalizados y presentados junto con la solicitud como archivos anexos a la misma.

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 29/01/2024 al 09/02/2024

Fuera de plazo

Consultar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses máximo desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Aragón

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

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