Subvenciones del Programa de innovación para la inclusión social cofinanciadas por el Fondo Social Europeo
Gestionar las subvenciones para financiar proyectos de inserción social y laboral, para fomentar la empleabilidad, la inclusión y la igualdad entre hombres y mujeres y promover la cooperación transnacional e interregional. Estas subvenciones son cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (FSE).
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- Asociaciones y entidades legalmente constituidas, sin ánimo de lucro y con sede y ámbito de actuación en Aragón, que desarrollen proyectos en el ámbito de la inclusión social y laboral y que acrediten experiencia en la realización de acciones que vayan dirigidas al acompañamiento de personas o grupos de personas que excluidas, en riesgo de exclusión o fácilmente vulnerables desde el punto de vista social.
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- Estar inscritas en el Registro de entidades, centros y servicios sociales de la Comunidad Autónoma de Aragón y no haber sido sancionadas en los cinco últimos años por infracción grave o muy grave en el ámbito de la Ley de Servicios Sociales.
- Contar con los medios materiales y personales necesarios para el funcionamiento del proyecto para el que se solicita la subvención.
- No estar incursas en ninguna de las circunstancias referidas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Canales de información- Correo electrónico. iass@aragon.es
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Documentos a aportar por la persona interesada
- Certificado acreditativo
Certificado acreditativo por parte de la Entidad de que cuenta con los medios materiales y personales necesarios para el funcionamiento del proyecto para el que se solicita la subvención. - Declaración responsable entidad
Declaración responsable de que todo el personal (incluido el voluntario) al que corresponde la realización de estas actividades cumple el requisito previsto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y en el artículo 8.4 de la Ley 45/2005, de 14 de octubre, de Voluntariado, o declaración responsable de que el desarrollo del Programa no conlleva el contacto habitual con menores. - Ficha técnica del proyecto
- Ficha económica del coste previsto del proyecto
- Relación de documentación en poder de la Administración
- Ficha de terceros
Este documento solo debe presentarse en caso de no haberlo hecho anteriormente o en caso de cambio de entidad bancaria.
Documentos en poder de la administración y que no tendrás que presentar si nos autorizas a su consulta- Documento de identidad
Tanto de la persona interesada como, en su caso, de su representante - Certificado de corriente de pago de las obligaciones tributarias
- Certificado de corriente de pago de la Seguridad Social
- Certificado de corriente de pago de obligaciones con Comunidades Autónomas
- Certificado acreditativo
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Este trámite sólo puede realizarse de forma online. De modo que, para llevarlo a cabo, sólo tienes que pulsar en el botón "Iniciar trámite online".
Puedes llevar a cabo el trámite mediante certificado digital.
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¿Tienes alguna consulta sobre este servicio?
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Plazo de presentación:
FUERA DE PLAZO
Plazo de resolución:
4 meses
Antes de iniciar el trámite
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