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Convocatoria de ayudas para viviendas o alojamientos con espacios comunitarios compartidos, tipo cohousing

Fomento de viviendas o alojamientos con espacios comunitarios compartidos, en alquiler o cesión de uso, correspondientes al programa 8 del Plan de Vivienda 2022-2025

Requisitos

  • Podrán obtener financiación con cargo a las ayudas de este programa las promociones de viviendas y alojamientos de nueva construcción, así como las promociones de modalidades residenciales tipo cohousing, de viviendas intergeneracionales o similares que se vayan a ceder en uso o destinar al arrendamiento durante un plazo mínimo de veinte años. Se incluye, en ambos casos, actuaciones que procedan de la rehabilitación de edificios. Los edificios deberán estar ubicados en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Las edificaciones de las promociones de nueva construcción o procedentes de la rehabilitación de edificios que se acojan a las ayudas de este programa deberán cumplir la normativa municipal aplicable en materia de vivienda, o en su caso lo establecido para el uso dotacional en el artículo 1.2 de esta Orden, asi como la normativa aplicable en materia de accesibilidad, deberán estar en condiciones de ser habitadas, y habrán de tener una calificación energética mínima A, tanto en emisiones de CO2 como en consumo de energía primaria no renovable.
  • Los edificios deberán contar con una superficie útil mínima de espacios colectivos de uso comunitario, al menos, superior al 20 % de la superficie útil total privativa de las viviendas o alojamientos subvencionables. A efectos del cómputo de superficie útil en estos espacios, no se incluyen los espacios de acceso al edificio ni a cada uno de las viviendas y/o los alojamientos, ni de circulación como pasillos, escaleras o ascensores; ni las plazas de aparcamiento, rampas de acceso a garajes o circulaciones de estos; ni las terrazas o patios cubiertos, salvo que estén expresamente acondicionadas y equipadas para el uso comunitario.

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