El sábado 20 de abril, entre las 08:00 y las 14:00 horas, el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública efectuará actuaciones de mantenimiento en sus sistemas informáticos que pueden afectar al funcionamiento de las aplicaciones de administración electrónica. Disculpen las molestias.

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Comunicación de realización de trabajo nocturno

N°1268

A través de este trámite, las empresas deberán informar a la autoridad laboral competente sobre los trabajos realizados por sus empleados en horario nocturno. Se considera horario nocturno al comprendido entre las diez de la noche y las seis de la mañana.

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Iniciar trámite

Dirigido a

  • Empresas que recurran regularmente a la realización de trabajo nocturno

Requisitos

  • Informar por escrito en el modelo que se establezca a la autoridad laboral competente.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Solicitud de comunicación de trabajo nocturno

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

Descargar formulario

Información adicional

El incumplimiento de la obligación de comunicación se tipifica como infracción administrativa en materia laboral. Se considera trabajo nocturno el realizado entre las diez de la noche y las seis de la mañana.

Presentación de la solicitud

Telemática

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    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
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Presencial

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