Comunicación de quema de residuos vegetales sin continuidad, fuera de época de peligro
En plazo permanente
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Puedes descargar el formulario en PDF, rellenarlo, firmarlo y presentarlo de forma presencial en una oficina de registro junto con el resto de documentación requerida.
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
En plazo permanente
-
Puedes descargar el formulario en PDF, rellenarlo, firmarlo y presentarlo de forma presencial en una oficina de registro junto con el resto de documentación requerida.
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite se podrá comunicar la quema de restos vegetales que no tengan continuidad espacial entre sí o con otros restos vegetales fuera de la época de peligro de incendios.
Se trata de la quema de montones de restos de poda o de restos forestales y desbroces.
Dirigido a
- Autor de la quema
Requisitos
- La comunicación se tramitará con una antelación de 7 días hábiles respecto a la fecha de realización de la quema.
- Deberá consultar el indice de riesgo por uso del fuego para su comarca.
- Exclusivamente para la quema de los restos de poda de la vid, los ayuntamientos podrán realizar comunicaciones de carácter general en el conjunto de su término municipal.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Plazo permanente
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Presencial - Pasos a seguir
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Resolución
No procede.
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
-
1. Comunicación de quema de residuos vegetales
Formulario (Anexo I). El registro de la comunicación podrá ser telemático o presencial en los registros oficiales, en las oficinas comarcales agroambientales o ayuntamientos que presten su asistencia.
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN FORESTAL
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Responsable: Servicio de Gestión de los Incendios Forestales y Coordinación (Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente).
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Presencial - Pasos a seguir
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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No procede.
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Preguntas frecuentes
Respuestas a las dudas más habituales sobre solicitudes y notificaciones de quemas.
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Puede acceder a la aplicación web de quemas
Una vez dentro, en primer lugar deberá elegir entre realizar un acceso electrónico o un acceso NO electrónico.
Una vez obtenido el acceso, sea "electrónico" o "no electrónico", deberá en primer lugar seleccionar el tipo de notificación/solicitud que desee, y posteriormente rellenar los datos que se le vayan solicitando a medida que avance por las distintas pantallas.
Si el acceso ha sido electrónico, una vez cumplimentado la correspondiente notificación/solicitud, podrá firmarla electrónicamente y proceder a continuación a su registro electrónico.
IMPORTANTE: En el caso de optar por realizar un acceso no electrónico, una vez impresa la correspondiente notificación o solicitud de autorización deberá ir a un registro administrativo para registrarlo y así iniciar el correspondiente trámite.
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En el caso de tratarse de una notificación (Anexo I o Anexo IV), una vez registrada, deberá esperar como mínimo 7 días hábiles para proceder a ejecutar la quema.
En el caso de tratarse de una solicitud de autorización (Anexo II o Anexo III), una vez registrada, deberá de esperar a recibir la resolución que en su caso autorice el uso del fuego solicitado.
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Si se encuentra “Pendiente recepción OCA” es que realizó la solicitud mediante la aplicación web sin certificado digital, lo que significa que no ha finalizado el trámite. Para finalizar el trámite debe de llevar el documento generado (PDF) a la OCA correspondiente o a cualquier Oficina del Registro Oficial.
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Los Anexos I y IV son unas notificaciones y no unas solicitudes de autorización, por lo que no necesitan respuesta por parte del Gobierno de Aragón.
Puede proceder a quemar una vez hayan transcurridos siete días hábiles desde que registro la notificación en un registro administrativo.
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Para solicitar una autorización o notificar una quema se puede realizar mediante la aplicación web o dirigiéndose de forma presencial a la OCA correspondiente.
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La aplicación de firmas no depende del Gobierno de Aragón, recomendamos seguir intentándolo o llevar el Anexo a la OCA correspondiente o a cualquier oficina de Registro Oficial.
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Se puede realizar de dos formas:
- Rellenando el Anexo mediante la aplicación web y llevándolo posteriormente a la OCA correspondiente o a cualquier oficina del Registro Oficial.
- Dirigiéndose en persona a la OCA correspondiente y realizar el trámite completo en la oficina.
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Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Correo electrónico. Cuenta oficial incendios forestales. incendios@aragon.es
Página web. Oficinas Comarcales Agroambientales
Correo electrónico. incendios@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
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Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa general
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Ayuda a la tramitación electrónica
Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.
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