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Acceder a MiAComunicación de celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas ocasionales o extraordinarias
Trámite Nº1902
En plazo permanente
-
Descarga y rellena el formulario principal. No olvides repasar el resto de documetos necesarios.
-
A través del registro electrónico general.
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
TrámiteNº1902
En plazo permanente
-
Descarga y rellena el formulario principal. No olvides repasar el resto de documetos necesarios.
-
A través del registro electrónico general.
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite se comunica la celebración de un espectáculo o actividad recreativa ocasional o extraordinaria a la Subdelegación del Gobierno de la provincia y al Centro de Emergencias 112 SOS Aragón.
Para poder realizar el trámite, el solicitante debe:
Descarga y rellena el formulario principal. No olvides repasar el resto de documetos necesarios.
A través del registro electrónico general.
Otras acciones
Dirigido a
- La Administración que autoriza el evento y/o promotor u organizadores privados
Requisitos
- Los espectáculos públicos o actividades recreativas ocasionales o extraordinarias serán objeto de comunicación, conforme al modelo del anexo del Decreto 148/2018, de 26 de julio.
- En los establecimientos públicos permanentes:
- En municipios con más de 25.000 habitantes, cuando el aforo exceda de 500 personas.
- En municipios con menos de 25.000 habitantes, cuando el aforo exceda de 250 personas.
- En los espacios abiertos acotados:
- En municipios con más de 25.000 habitantes, cuando el aforo exceda de 10.000 personas.
- En municipios de menos de 25.000 habitantes, cuando el aforo exceda de 2.500 personas.
- En los espacios abiertos al libre tránsito de personas, con o sin techo cuando el número de asistentes previsto sea igual o superior a 10.000 personas.
- Por motivos de seguridad:
- Los espectáculos públicos o actividades recreativas que estén excluidos de la autorización del artículo 10 y siguientes del Decreto 148/2018, de 26 de julio, porque son organizados por las Entidades Locales o por el Gobierno de Aragón en los establecimientos públicos con título de intervención que ampare el espectáculo público o la actividad recreativa habitual, directamente o a través de entidades o comisiones previamente habilitadas al efecto por aquéllos, en los supuestos recogidos en el número 1).
- Los espectáculos públicos y actividades recreativas que se organicen en espacios abiertos al libre tránsito de personas, con o sin techo por las Entidades Locales o por el Gobierno de Aragón, cuando el número de asistentes previsto sea igual o superior a 10.000 personas.
- Corresponde al órgano que autoriza remitir la comunicación al Centro de Emergencias SOS Aragón y a la Subdelegación de Gobierno de la provincia con una antelación mínima de 72 horas a la celebración del evento.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Plazo permanente
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Presencial - Pasos a seguir
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE INTERIOR Y EMERGENCIAS
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
La comunicación se enviará debidamente firmada y sellada a sosaragon@aragon.es y a la Subdelegación del Gobierno de la provincia correspondiente, con una antelación mínima de 72 horas a la celebración del espectáculo o actividad.
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Presencial - Pasos a seguir
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. 976 714 443
Correo electrónico. espectaculospublicos@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 111. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h
- atencionalaciudadania@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00 h.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
-
Decreto 143/2018, de 26 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la celebración de los espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter ocasional y extraordinario y se establecen medidas para la mejora de la convivencia en la celebración de los espectáculos públicos y de las actividades recreativas
-
Orden PRE/665/2017, de 22 de mayo, por la que se estable el procedimiento de solicitud y tramitación de la autorización de los espectáculos públicos o actividades recreativas ocasionales y extraordinarias
Normativa general
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