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Compensación a los arrendadores y propietarios de viviendas afectadas por la suspensión extraordinaria de procedimientos de desahucio y de los lanzamientos.

Reconocimiento de la compensación a los arrendadores y propietarios de viviendas afectadas por la suspensión extraordinaria de procedimientos de desahucio y de los lanzamiento en hogares vulnerables sin alternativa habitacional a que se refieren los artículos 1 y 1 bis del Real Decreto Ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

Dirigido a

  • Arrendadores o propietarios de viviendas afectados por la suspensión extraordinaria de procedimientos de desahucio o de los lanzamientos para hogares vulnerables si alternativa habitacional.

Requisitos

  • Ser arrendador o propietario de una vivienda afectada por la suspensión extraordinaria de un procedimientos de desahucio o del lanzamiento de un hogar vulnerable sin alternativa habitacional.
  • La declarada situación de vulnerabilidad del arrendatario en un informe de los Servicios Sociales, en él se señalara las medidas adecuadas para atender a esa situación.
  • La administración competente no tome las medidas señaladas en el Informe de los Servicios Sociales en el plazo de tres meses.
  • El pago de los gastos corrientes por el arrendador o propietario se acreditara con los justificantes bancarios.
  • No encontrarse en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda de Estado como con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y frente a la Seguridad Social
  • La suspensión del lanzamiento del artículo 1 bis del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, requiere que el propietario acredite el perjuicio económico que le ha ocasionado la suspensión por encontrarse la vivienda ofertada en venta o arrendamiento con anterioridad a la entrada en el inmueble.

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