Convocatoria 2025
Fuera de plazo - Del 08/07/2025 al 20/08/2025
El plazo de presentación terminó el 20 agosto 2025
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
Fuera de plazo - Del 08/07/2025 al 20/08/2025
El plazo de presentación terminó el 20 agosto 2025
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
Concesión de ayudas destinadas al pago de las rentas de arrendamiento o cesión de uso para los jóvenes, mayores de edad, hasta 35 años de edad, incluida la edad de treinta y cinco años, en el momento de solicitar la ayuda en la Comunidad Autónoma de Aragón.
La ayuda económica será de 250 euros mensuales siempre que no supere el importe mensual de alquiler o del precio de cesión.
Tendrá una duración máxima de 24 meses, que se computará desde el 1 de enero 2024 o desde la fecha de inicio del contrato si ésta es posterior.
El procedimiento de concesión es el procedimiento simplificado de concurrencia competitiva.
El criterio de otorgamiento será el orden de presentación de solicitud.
Dirigido a
- Personas menores de 36 años
Requisitos
- Ser persona física y tener hasta treinta y cinco años, incluida la edad de treinta y cinco años, en el momento de solicitar la ayuda.
- Poseer la nacionalidad española, o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, Suiza, o el parentesco determinado por la normativa que sea de aplicación. En el caso de las personas extranjeras no comunitarias deberán hallarse en situación de estancia o residencia regular en España.
- No ser propietario/a o usufructuario/a de alguna vivienda en España.
- Ser titular o estar en condiciones de suscribir, en calidad de persona arrendataria, un contrato de arrendamiento de vivienda formalizado en los términos de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos o, en calidad de persona cesionaria, de un contrato de cesión de uso en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón. En el caso de alquiler de habitación no es exigible que la formalización sea en los términos de la Ley 29/1994.
- Disponer, al menos, de una fuente regular de ingresos que le reporte unas rentas anuales, incluidos los de las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada o cedida o a arrendar o ceder, consten o no como titulares del contrato de arrendamiento o cesión, iguales o inferiores a 3 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) referido a 14 pagas, en vigor durante el período al que se refieran los ingresos evaluados. En el supuesto de alquiler de habitación no se incluirá la renta de las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda; solamente se considerarán las de la persona física arrendataria.
- La renta arrendaticia o precio de cesión de la vivienda objeto del contrato de arrendamiento o cesión deberá ser igual o inferior a 600 euros mensuales. En esta renta o precio no se incluye el importe que pudiera corresponder a anejos tales como plazas de garaje, trasteros o similares. En el caso de alquiler de habitación esta renta o precio deberá ser igual o inferior a 300 euros mensuales.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 08/07/2025 a las 09:00 h
Fin: 20/08/2025 a las 14:00 h
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Presencial - Pasos a seguir
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.
Otros
Resolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
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1. Contrato de arrendamiento
Contrato de arrendamiento o cesión de uso de vivienda o de habitación.
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2. Autorización para la consulta de datos tributarios y documentación
Autorización de cada una de las personas integrantes de la unidad de convivencia con 14 años cumplidos en la fecha de la solicitud para que la Administración pueda realizar las oportunas consultas.
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Declaración responsable de ingresos que recoja la cuantía total de los ingresos del ejercicio 2024 o que declare que no ha percibido ningún ingreso, en su caso.
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Declaración responsable sobre las posibles incompatibilidades de todas las personas integrantes de la unidad de convivencia con 14 años cumplidos en la fecha de la solicitud.
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Modelo en caso de actuar como representante de la persona solicitante.
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6. Justificantes de pago de la renta
Justificantes del pago de la renta del alquiler abonada al arrendador mediante transferencia bancaria, domiciliación bancaria o ingreso en cuenta efectuado por el arrendatario, correspondientes a todas las mensualidades vencidas, desde el 1 de enero de 2024 o fecha de inicio del contrato si es posterior, hasta el momento de presentación de la solicitud de la ayuda.
Documentos a aportar si cumples estas condiciones:
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1. Declaración responsable de ingresos
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2. Certificaciones centros de trabajo
Certificaciones de todos los centros de trabajo para los que se haya trabajado en donde se indiquen los ingresos totales percibidos o pendientes de percibir correspondientes al periodo impositivo inmediatamente anterior, con el plazo de presentación vencido en la fecha de
presentación de la solicitud.
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3. Justificantes para personas trabajadoras autónomas
Justificantes de los cuatro ingresos trimestrales a cuenta del IRPF del ejercicio correspondiente, o los documentos tributarios que esté obligado a presentar según su condición, a efectos fiscales, correspondientes al periodo impositivo inmediatamente anterior, con el plazo de
presentación vencido en la fecha de presentación de la solicitud.
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1. Certificado o volante colectivo de empadronamiento en la vivienda alquilada
Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Consulta de nivel de renta intermediado
Consulta de bienes inmuebles
Certificación de titularidad catastral
Consulta de Datos de Identidad
Prestaciones Públicas del RPSP e Incapacidad Temporal, Maternidad y Paternidad
Histórico de Prestaciones Públicas de Incapacidad Temporal en un Periodo
Importes de Prestación de Desempleo Percibidos en un Periodo
Consulta de Vida Laboral Últimos 12 Meses
Consulta de datos catastrales
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Varias Entidades Colaboradoras colaboran con el Gobierno de Aragón en la gestión del procedimiento de esta ayuda (podrán acceder al listado en el siguiente enlace).
Las personas interesadas podrán acudir a estas entidades para:
- Recibir información, asesoramiento y ayuda para presentar la solicitud junto la documentación requerida en la convocatoria.
- Recibir información, asesoramiento y ayuda para la subsanación de reparos de la solicitud presentada.
Pasos para solicitar la ayuda:
- A partir de las 9:00 horas del día 8 de julio de 2025 podrás rellenar la solicitud online en la web https://aplicaciones.aragon.es/saav.
- Durante el proceso deberás subir los documentos y modelos escaneados.
- Para la presentación de la solicitud:
a) Si tienes firma electrónica (certificado digital o Cl@ve permanente con firma), puedes firmar y presentar la solicitud de manera telemática después de cumplimentarla. Asegurándote de haber terminado el proceso de firma y registro.
b) Si no tienes firma electrónica, después de completar la solicitud online deberás descargarla, imprimirla, firmarla a mano y presentarla en papel de manera presencial en una oficina de información y registro
Recursos y enlaces de interés
- En este documento encontraras las Entidades sociales Colaboradoras con el Gobierno de Aragón. Puedes ponerte en contacto con ellas para que te ayuden a presentar tu solicitud.
- Guía para solicitar la ayuda al alquiler de Bono Joven 2025. Este documento contiene datos básicos de la convocatoria que te orientarán para preparar tu solicitud.
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Presencial - Pasos a seguir
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.
Otros
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. Subdirección Provincia de Vivienda de Huesca 974 293 000
Teléfono. Subdirección Provincial de Vivienda de Huesca 974 293 069
Teléfono. Subdirección Provincial de Vivienda de Teruel 978 643 010
Teléfono. Subdirección Provincial de Vivienda de Teruel 978 641 018
Teléfono. Subdirección Provincial de Vivienda de Teruel 978 643 070
Teléfono. Subdirección Provincial de Vivienda de Zaragoza 976 715 119
Correo electrónico. Información general. viviendasocial@aragon.es
Correo electrónico. Para solicitudes en la provincia de Zaragoza svzayudasalquiler@aragon.es
Correo electrónico. Para solicitudes en la provincia de Teruel vivienda.teruel@aragon.es
Correo electrónico. Para solicitudes en la provincia de Huesca viviendahuesca@aragon.es
Correo electrónico. Información general ava@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
Normativa general
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Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025
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Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
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Real Decreto 2/2003, de 3 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón
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Ayuda a la tramitación electrónica
Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.
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Servicio de información y registro
Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.