Convocatoria 2021
Fuera de plazo - Del 18/06/2021 al 08/07/2021
El plazo de presentación terminó el 08 julio 2021
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
Fuera de plazo - Del 18/06/2021 al 08/07/2021
El plazo de presentación terminó el 08 julio 2021
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, el alumnado que vaya a cursar estudios de Grado o Máster habilitante, en modalidad presencial, en alguna de las universidades que integran el Sistema Universitario de Aragón, podrá presentar su solicitud para obtener becas de movilidad, siempre y cuando cursen sus estudios a una distancia de al menos 20 km desde su domicilio habitual, situado en Aragón.
Dirigido a
- Estudiantes del Sistema Universitario de Aragón que vayan a cursar estudios universitarios oficiales de Grado o Máster habilitante de los recogidos en el anexo I de la convocatoria
Requisitos
- Que la persona solicitante esté empadronada en un municipio de Aragón distinto al del campus en el que esté cursando o vaya a cursar sus estudios universitarios con anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria.
- Ser persona beneficiaria de una beca de carácter general para estudios postobligatorios convocadas por el Ministerio competente en educación, en el curso académico que se indique en la convocatoria, o que cumpla los requisitos de renta que se establezcan en la correspondiente convocatoria.
- Haber formalizado matrícula en, al menos, 54 créditos en un título universitario oficial de Grado o Máster habilitante, en modalidad presencial, en alguna de las universidades que integran el Sistema Universitario de Aragón. Para los másteres universitarios habilitantes de más de 60 créditos, distribuidos en más de un curso académico de duración, la correspondiente convocatoria podrá establecer su matrícula mínima para cada uno de los cursos.
- Tener una nota media del expediente académico que sea, al menos, la fijada en la convocatoria.
- No participar en un programa de movilidad nacional o internacional durante el período lectivo del curso académico.
- Que el precio por crédito de la titulación de Grado o Máster habilitante en que se matricule la persona solicitante no supere el precio máximo por crédito establecido en la convocatoria.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 18/06/2021 a las 00:00 h
Fin: 08/07/2021 a las 23:59 h
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Resolución
3 meses desde la fecha de inicio del plazo para presentar las solicitudes. La notificación de la resolución se realizará mediante publicación en BOA.
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Documentos a aportar si cumples estas condiciones:
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Documento firmado por la persona que autoriza a la/el representante a la presentación de la solicitud y las actuaciones derivadas de ésta.
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1. Volante o certificado colectivo de empadronamiento
Certificado o volante municipal de empadronamiento colectivo que acredite el domicilio de la persona solicitante y que integre a todas las personas que residen en el mismo.\nNo se admiten los certificados o volantes individuales ni los que hayan sido expedidos con anterioridad a tres meses desde la fecha de fin de plazo de presentación de las solicitudes.
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2. Documento para la consulta de datos de las personas de la unidad familiar
Documento en el que las personas integrantes de la unidad familiar deben indicar si autorizan o se oponen a la consulta de datos obrantes en otras Administraciones Públicas.
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1. Certificado o volante de empadronamiento colectivo de otras personas
Si alguna persona de la unidad familiar no está empadronada con la persona solicitante, deberá aportarse este documento emitido por el ayuntamiento correspondiente y que integre todas las personas que residen en el domicilio. No se admitirán volantes o certificados de empadronamiento individuales ni expedidos con una antigüedad superior a tres meses.
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1. Título que acredite la ausencia de uno de los padres
Sentencia de separación, divorcio, certificado de defunción u otro documento.
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1. Documento acreditativo de la unidad familiar
Libro de familia, Certificado del Registro Civil o Certificado del Registro de Parejas Estables No Casadas.
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1. Documento justificativo del acogimiento familiar
Si forma parte de la unidad familiar una persona que se encuentre acogida legalmente y haya nacido a partir del 1 de enero de 1995.
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1. Título que acredite la orfandad absoluta de la persona solicitante
Certificado de defunción del padre y/o de la madre.
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1. Certificación oficial del expediente académico
Certificación oficial del expediente académico en la que consten, por convocatorias, la totalidad de los cursos en los que se ha matriculado, así como las calificaciones obtenidas en sus estudios universitarios, incluidos suspensos y no presentados, la fecha de obtención de las mismas y constancia de las calificaciones con sus créditos.
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1. Certificación de renta o de imputaciones de rentas
Emitida a fecha actual por la autoridad tributaria competente, referida al ejercicio 2019, relativa a la persona solicitante y/o del resto de las personas de la unidad familiar, en el caso de que provengan de territorios forales o con regímenes fiscales distintos al régimen general.
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1. Informe de vida laboral de la persona solicitante
Este documento deberá acreditar como mínimo 180 días a la Seguridad Social desde el 1 de enero de 2019 hasta la fecha de publicación de la convocatoria.
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2. Contrato de alquiler o escritura de propiedad de la vivienda
La persona solicitante debe figurar como arrendataria o como propietaria de la vivienda en la que reside.
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3. Justificante de pago del alquiler
En el caso de que la persona solicitante viva de alquiler, deberá presentar justificante del pago de la última mensualidad.
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4. Otra documentación que pueda acreditar la independencia económica y familiar
Si consideras que debes aportar más documentación que acredite tus circunstancias personales relativas a la acreditación de tu independencia económica y familiar.
Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Consulta de Datos de Identidad
De la persona solicitante y del resto de personas de la unidad familiar.
Consulta de nivel de renta intermediado
De los sustentadores principales, emitida a fecha actual por la autoridad tributaria competente y referida al ejercicio 2019.
Certificación oficial del expediente académico
Acreditación de no participación en un programa de movilidad
Consulta de Discapacidad nuevo
Si procede y en la que conste su grado.
Acreditación de la matrícula
Consulta de Condición de Becado
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE UNIVERSIDADES
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Importante: la presentación de esta solicitud es exclusivamente electrónica. Para ello, necesitas disponer de firma electrónica. En el apartado Presentación de la solicitud dispones de más información.
La solicitud se considerará presentada en el momento en que se obtenga el justificante de registro que se deberá conservar a efectos de acreditar su presentación, no obstante, a los efectos del cómputo de plazo fijado en días hábiles, y en lo que se refiere al cumplimiento de plazos por los interesados, la presentación en un día inhábil se entenderá realizada en la primera hora del primer día hábil siguiente, salvo que una norma permita expresamente la recepción en día inhábil.
Si tienes cualquier duda consulta las Preguntas frecuentes del apartado Documentos y enlaces de interés.
Cuantía de la beca: el importe a recibir depende, por un lado, de la distancia entre el municipio de residencia y el del campus universitario:
- Tramo 1: entre 20 y menos de 40 km, el importe será de 550 €.
- Tramo 2: entre 40 y menos de 100 km, el importe será de 750 €.
- Tramo 3: entre 100 y menos de 200 km, el importe será de 950 €.
- Tramo 4: más de 200 km, el importe será de 1150 €.
Además, esta cantidad se modulará al alza por un importe de 200 € si el factor de movilidad del Índice Sintético de Desarrollo Territorial de Aragón (ISDT), asignado al municipio de residencia familiar, tiene un valor inferior a cero.
Procedimiento: puedes solicitar tu beca por el procedimiento general o por el procedimiento de independencia familiar y económica. Para saber por qué procedimiento tramitar tu solicitud consulta las Preguntas frecuentes en el apartado Documentos y enlaces de interés.
Subsanación: si comprobamos que tu solicitud no reúne toda la información o documentación necesaria, podrás subsanarla en un plazo de 10 días hábiles. A tal fin se publicará en el tablón de anuncios digital de información general del Gobierno de Aragón la lista de las solicitudes que se deban subsanar, señalando los motivos y el contenido de la subsanación, así como los medios de presentación. El enlace al mencionado tablón está disponible en el apartado Documentos y enlaces de interés. Si no realizas las aclaraciones pertinentes o no presentas la documentación adicional que se te pida se entenderá que desistes de tu solicitud, lo que se determinará en la resolución de la convocatoria.
Resolución: la resolución con las personas beneficiarias se publica en el Boletín Oficial de Aragón y en esta misma página web.
Pago: tras la resolución, se procede al pago de la beca en el número de cuenta que has indicado en tu solicitud.
Recurso de alzada: si no estás de acuerdo con la resolución, puedes interponer un recurso de alzada ante la Consejera de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón.
Recursos y enlaces de interés
- Importante: abierto el plazo de subsanación. Último día el 23 de noviembre de 2021
- Simulación de la renta familiar
- Preguntas frecuentes
- Tablón de anuncios digital de información general del Gobierno de Aragón
- Cuantía de la beca en función de la distancia entre municipios
- Relación de títulos de Máster Universitario habilitantes
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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3 meses desde la fecha de inicio del plazo para presentar las solicitudes. La notificación de la resolución se realizará mediante publicación en BOA.
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. 976 714 935
Correo electrónico. becas_movilidad@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
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Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
Normativa general
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Ayuda a la tramitación electrónica
Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.
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Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.