Ayudas para la realización de operaciones conforme a las estrategias de desarrollo local LEADER (2014-2020)
Fuera de plazo - Del 13/12/2019 al 30/09/2022
El plazo de presentación terminó el 30 septiembre 2022
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Fuera de plazo - Del 13/12/2019 al 30/09/2022
El plazo de presentación terminó el 30 septiembre 2022
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a ayudas destinadas a la realización de operaciones conforme a las estrategias de desarrollo local LEADER (EDLL) para el ejercicio 2020.
Se subvencionarán actuaciones dirigidas a fomentar: la creación de empleo, la diversificación económica, la innovación, la conservación y mejora medioambiental, y la mejora de la calidad de vida en el medio rural aragonés.
Dirigido a
- Personas físicas o jurídicas
Requisitos
- Requisitos para proyectos productivos
- Podrán ser personas beneficiarias las , cuyas solicitudes y proyectos resulten seleccionados por la DGDR.
- Cuando la persona beneficiaria sea una sociedad civil, su constitución deberá constar en escritura pública y deberá haber obtenido un número de identificación fiscal propio.
- Cuando la persona beneficiaria sea una empresa, para optar a la ayuda deberá tener un máximo de 20 trabajadores y un volumen de negocio anual o balance general anual que no supere los 4 millones de euros. En caso de ser una empresa asociada o vinculada la suma de los trabajadores y de los volúmenes de negocio anual o balances generales anuales de la empresa beneficiaria y de sus empresas asociadas o vinculadas no deberán superar los límites establecidos.
- En el caso de personas jurídicas con ánimo de lucro y de entidades sin ánimo de lucro participadas por entes locales, el objeto social de sus estatutos deberá incluir el fin para el que se pide la ayuda.
- Requisitos para proyectos de cooperación entre particulares
- Podrán ser personas beneficiarias las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas
- La agrupación podrá tener personalidad jurídica propia o carecer de ella, si bien deberá disponer de NIF propio.
- La agrupación deberá nombrar una persona representante o una persona apoderada único
- En el caso de agrupaciones de miembros con personalidad jurídica, podrán ser personas beneficiarias únicamente los miembros de la agrupación, hasta un máximo de 5 y que figuren designados como tales en el documento vinculante. La persona representante o la persona apoderada única de la agrupación deberá ser, necesariamente, uno de estas personas beneficiarias. Excepcionalmente, en proyectos piloto de carácter tecnológico podrá haber una sola persona beneficiaria.
- Las subvenciones para proyectos productivos, al tener carácter de ayuda de estado, están sujetos a los límites establecidos en el Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 13/12/2019 a las 00:00 h
Fin: 30/09/2022 a las 23:59 h
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Presencial - Pasos a seguir
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.
Resolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
-
1. Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
-
2. Solicitud de ayuda a promotores
Modelo I. (En linea)
-
3. Modelo I Bis Complemento solicitud ayuda
(En linea)
Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Validación de NIF de un contribuyente
Consulta de datos catastrales
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO RURAL
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Se tramita en el Servicio de Programas Rurales (Dirección General de Desarrollo Rural del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente)
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Presencial - Pasos a seguir
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. 976 714 649
Correo electrónico. soporteleader@aragon.es
Página web. Oficinas Comarcales Agroambientales
Presencial. Horario oficina De 09:00 a 14:00 horas
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
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Orden AGM/929/2020, de 4 de septiembre, por la que se modifica la Orden AGM/1614/2019, de 27 de noviembre
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Orden AGM/1614/2019, de 27 de noviembre, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas LEADER para la realización de operaciones conforme a las estrategias de desarrollo local LEADER, para el ejercicio 2020
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Orden AGM/1481/2019, de 31 de octubre, de modificación de la Orden DRS/1482/2016, de 18 de octubre
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Orden DRS/1682/2018, de 8 de octubre, de modificación de la Orden DRS/1482/2016
-
Orden DRS/1398/2017, de 30 de agosto, de modificación de la Orden DRS/1482/2016, de 18 de octubre
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Orden DRS/1482/2016, de 18 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas LEADER para la realización de operaciones conforme a las estrategias de desarrollo local LEADER en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020
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Decreto 37/2015, de 18 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la aplicación de las estrategias de desarrollo local participativo en la Comunidad Autónoma de Aragón para el período 2014-2020
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Decreto 56/2016, de 17 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 37/2015, de 18 de marzo
-
Orden AGM/1064/2021, de 25 de agosto, por la que se modifica la Orden AGM/1614/2019, de 27 de noviembre, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas LEADER para la realización de operaciones conforme a las estrategias de desarrollo local LEADER, para el ejercicio 2020 y su posterior corrección de errores.
Apartado anterior:
Ayuda a la tramitación electrónica
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