Convocatoria 2026
Fuera de plazo - Del 31/03/2026 al 15/04/2026
El plazo de presentación terminó el 15 abril 2026
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
Fuera de plazo - Del 31/03/2026 al 15/04/2026
El plazo de presentación terminó el 15 abril 2026
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, las entidades deportivas podrán presentar las solicitudes para las ayudas de la organización de eventos deportivos de interés regional en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón, que hayan sido celebrados entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026.
Se considerarán eventos deportivos de interés regional los siguientes:
a) Competiciones de carácter internacional, oficiales y no oficiales, organizadas por
entidades deportivas inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de Aragón. Para que
las competiciones internacionales no oficiales tengan el carácter de subvencionables se
requerirá, al menos, la participación de un 15% de personas deportistas extranjeras.
b) Competiciones de carácter nacional, oficiales y no oficiales, organizadas por entidades deportivas inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de Aragón. Se considerarán competiciones oficiales aquellas que se encuentren recogidas en el calendario de la correspondiente Real Federación Española. Para que las competiciones nacionales no oficiales tengan el carácter de subvencionables se requerirá, al menos, la participación de un 20% de personas deportistas de otras Comunidades Autónomas.
c) Competiciones de carácter autonómico, oficiales y no oficiales, organizadas por entidades deportivas inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de Aragón. Se considerarán competiciones oficiales aquellas que se encuentren recogidas en el calendario de la correspondiente Federación Aragonesa. El resto de competiciones, no incluidas en el mismo, se considerarán no oficiales.
En todo caso, quedan excluidas de esta convocatoria las ligas de clubes, así como encuentros y partidos pertenecientes a las diferentes ediciones del programa “Juegos Deportivos en Edad Escolar”.
Se limitará la solicitud de participación de cada Entidad Deportiva a un máximo de 4 eventos distintos, en cada ejercicio.
Dirigido a
- Entidades deportivas sin ánimo de lucro inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de Aragón que reúnan los requisitos para obtener la condición de beneficiario, de acuerdo con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Requisitos
- Encontrarse inscritos en el Registro de Entidades Deportiva de Aragón
- Acreditar tener domicilio social en Aragón.
- Ficha de terceros: Si el Gobierno de Aragón no dispone de la Ficha de terceros actualizada de la persona o entidad solicitante, esta Ficha de terceros para designación de cuenta bancaria, deberá registrarse con anterioridad a solicitar esta (ayuda, subvención…). El enlace para registrar la Ficha de terceros está disponible en esta misma página, en el apartado de Documentos y enlaces de interés dentro de Información adicional
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 31/03/2026 a las 00:00 h
Fin: 15/04/2026 a las 23:59 h
El plazo para la presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Resolución
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de tres meses, contados a partir de la fecha de finalización del plazo para presentar solicitudes.
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
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JUSTIFICANTE POR ÁREA
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COLABORACIONES TÉCNICAS PUNTUALES
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MEMORIA DE ACTUACIÓN
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4. Certificado de requisitos y realización de la actividad
Certificado del Secretario de la entidad acreditando que ha cumplido efectivamente los requisitos y la realización de la actividad en todas las subvenciones que le han sido concedidas para un mismo destino y finalidad en ejercicios anteriores.
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5. Desviación ejecución del presupuesto subvencionable aprobado
Documento que indique la desviación en la ejecución del presupuesto subvencionable aprobado, en caso de que la haya habido
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6. Facturas o documentos de valor probatorio y pago
Facturas o documentos de valor probatorio equivalente y documentación acreditativa del pago, así como el importe imputado a la subvención concedida.
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7. Presupuestos solicitados
Los tres presupuestos que debe haber solicitado el beneficiario en aplicación del artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones.
Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE DEPORTE
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de su extracto en el “Boletín Oficial de Aragón”, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de diciembre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Recursos y enlaces de interés
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de tres meses, contados a partir de la fecha de finalización del plazo para presentar solicitudes.
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. Información Eventos 976 716 499
Teléfono. Información Eventos 976 714 981
Correo electrónico. Información Eventos sedeporte@aragon.es
Correo electrónico. Dirección General de Deporte sedeporte@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- atencionalaciudadania@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
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Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
Normativa general
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Ayuda a la tramitación electrónica
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