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Ayudas para deportistas aragoneses de alto rendimiento - Convocatoria 2024

N°10109

Su finalidad es contribuir a la mejora técnica y de los resultados deportivos de los deportistas aragoneses de alto rendimiento no profesionales, mediante el apoyo que supone el otorgamiento de ayudas económicas por sus méritos deportivos.

Plazo de presentación

Plazo pendiente de definir

Dirigido a

  • Deportistas aragoneses de alto rendimiento

Requisitos

  • Deportista aragonés de alto rendimiento no profesional, con reconocimiento en vigor conforme a la normativa reguladora del deporte aragonés
  • Vecindad administrativa en Aragón
  • Licencia federativa en vigor o certificado federativo que acredite tener licencia en vigor
  • La suma de los ingresos derivados de su actividad deportiva , así como de las becas y ayudas recibidas de otras entidades, públicas o privadas, no supere los 30.000 euros
  • Acreditar un resultado en los méritos deportivos de acuerdo con las tablas de valoración
  • Deportista aragonés de alto rendimiento no profesional, con reconocimiento en vigor conforme a la normativa reguladora del deporte aragonés
  • Licencia federativa en vigor o certificado federativo que acredite tener licencia en vigor
  • Vecindad administrativa en Aragón
  • La suma de los ingresos derivados de su actividad deportiva , así como de las becas y ayudas recibidas de otras entidades, públicas o privadas, no supere los 30.000 euros
  • Acreditar un resultado en los méritos deportivos de acuerdo con las tablas de valoración

Documentación

Presentar en todos los casos:

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Verificación de Datos de Identidad

  • Verificación de Ámbito de Residencia

  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

Descargar formulario

Información adicional

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Consejera de Presidencia, Interior y Cultura en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de su extracto en el “Boletín Oficial de Aragón”, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de diciembre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.

Presencial

  1. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
    Descargar formulario
  2. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  3. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
    Pedir cita previa
  4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Plazo pendiente de definir

El plazo para la presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de tres meses, contados a partir de la fecha de finalización del plazo para presentar solicitudes.

Si tu trámite no se ha ...

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