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Trámite Nº9428
Fuera de plazo - Del 19/12/2022 al 03/01/2023
El plazo de presentación terminó el 03 enero 2023
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
TrámiteNº9428
Fuera de plazo - Del 19/12/2022 al 03/01/2023
El plazo de presentación terminó el 03 enero 2023
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
La finalidad de estas ayudas es la de impulsar la economía local, fijar población en áreas no urbanas, reforzar el vínculo emocional con el territorio y el sentimiento de comunidad, mejorar el bienestar de la población y concienciar sobre la necesidad de la transición verde.
Otras acciones
Dirigido a
- Personas físicas (autónomos) y personas jurídicas privadas con ánimo de lucro, legalmente constituidas.
- Personas jurídicas privadas sin ánimo de lucro, legalmente constituidas.
- Ayuntamientos, Comarcas y Diputaciones provinciales, incluyendo sus agrupaciones, y el sector público institucional de ellos dependiente (organismos autónomos, entidades de derecho público y privado).
Requisitos
- Los proyectos presentados deben realizarse, dentro de la Comunidad Autónoma de Aragón, en el medio rural, entendiendo por tal, como lo define la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural, los municipios que posean una población inferior a 30.000 habitantes y una densidad inferior a los 100 habitantes por km2.
- Se deberá tener residencia fiscal permanente en territorio español
- Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma y de las obligaciones con la Seguridad Social, así como la ausencia de toda deuda pendiente de pago con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón
- No pueden ser beneficiarios aquellos que se encuentren incursos en alguna de las causas de prohibición recogidas en la Ley de Subvenciones u otras previstas en el resto de ordenamientos jurídicos estatales o autonómicos, que supongan la imposibilidad de ser beneficiario de una subvención.
- No podrán ser beneficiarios quienes hayan sido sancionados por resolución administrativa firme o condenadas por sentencia judicial firme, por acciones u omisiones consideradas discriminatorias por razón de género.
- No podrán ser beneficiarios quienes hayan sido sancionadas por resolución administrativa firme por atentar, alentar o tolerar prácticas en contra de los derechos de las personas LGTBI.
- No podrán ser beneficiarios quienes hayan sido sancionados por la autoridad laboral , por resolución administrativa firme, con sanciones accesorias de exclusión al acceso de ayudas y beneficios derivados de la aplicación de programas de empleo.
- No podrán ser beneficiarios quienes no cumplan los requisitos exigidos en materia medioambiental
- Las personas físicas (autónomos) y personas jurídicas privadas, con y sin ánimo de lucro, deberán estar dadas de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en alguno de los epígrafes profesionales o empresariales relacionados con la creación, organización, gestión, distribución de espectáculos en cualquiera de las disciplinas de ámbito cultural, la investigación cultural, la consultoría cultural o cualquier ámbito relacionado con el ecosistema cultural.
- Los Ayuntamientos, Comarcas y Diputaciones Provinciales, incluyendo sus agrupaciones, y el sector público institucional de ellos dependiente (organismos autónomos, entidades de derecho público y privado) deberán estar al día en la obligación de rendir sus cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón de acuerdo con la normativa aplicable, haber adoptado medidas de racionalización del gasto y presentado planes económico-financieros en el caso de que sus cuentas muestren desequilibrios o acumulen deudas con proveedores
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 19/12/2022 a las 00:00 h
Fin: 03/01/2023 a las 23:59 h
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Resolución
3 meses desde la finalización del plazo para presentar solicitudes
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
-
1. Anexo II Declaración responsable
Declaración responsable del cumplimiento del principio de «no causar perjuicio significativo» a los seis objetivos medioambientales en el sentido del artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852.
-
2. Anexo III Declaración de compromiso
Declaración de compromiso de cumplimiento de principios transversales PRTR.
-
3. Anexo V Declaración de cesión y tratamiento de datos
Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Documentos a aportar si cumples estas condiciones:
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
-
1. Certificado actualizado de la AEAT
Certificado actualizado de la AEAT (Agencia Estatal de Administración Tributaria) de la situación en el Censo de actividades económicas, no siendo válidos los certificados expedidos con anterioridad al del inicio del plazo para la presentación de solicitudes de la convocatoria correspondiente.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
-
1. Certificación solicitud subvención
Certificación emitida y firmada electrónicamente por la persona responsable de la Secretaría de la entidad, o cargo asimilable, en la que se haga constar el acuerdo adoptado por el órgano competente para solicitar la subvención.
-
2. Certificación rendir cuenta Cámara de Cuentas de Aragón
Certificación emitida y firmada electrónicamente por la persona responsable de la Secretaría de la entidad, o cargo asimilable, en la que se haga constar que la entidad está al día en la obligación de rendir cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón, ha adoptado medidas de racionalización del gasto y ha presentado planes económico-financieros en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deudas con proveedores.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
-
1. Presupuesto de gastos
Presupuesto desglosado por partidas del proyecto para el que se solicita la subvención. Los solicitantes de la categoría 1 lo presentarán calculado sin IVA, y los de la categoría 2 y 3 incluido IVA en el caso en que dicho impuesto no sea recuperable.
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2. Presupuesto de ingresos
Presupuesto de ingresos explicativo del plan de financiación donde se indiquen las aportaciones del solicitante y los ingresos obtenidos o pendientes de obtener de otras entidades públicas o privadas para la ejecución del proyecto.
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3. Memoria técnica del proyecto
Esta memoria deberá reflejar de forma clara y escueta, entre otras cuestiones: el espacio o espacios donde se realizará el proyecto, una previsión de su desarrollo y calendarización; la actividad o actividades que lo componen, con una descripción de las mismas y los objetivos que persigue, destacando su capacidad de innovación y transformación, así como los indicadores que sirven para medir estos objetivos y cualquier información que permita realizar la evaluación del proyecto conforme a los criterios establecidos en el artículo 28.
-
4. Empleo vinculado al proyecto
Documentación acreditativa del empleo vinculado al proyecto subvencionado, justificando la relación de las personas empleadas asignadas al proyecto y la dedicación de cada una de ellas.
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5. Relación aragoneses
Relación de las compañías/artistas que participarán en el proyecto, indicando su carácter o no de aragonés.
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6. Comunicación de los datos identificativos y el número de cuenta corriente
De forma electrónica en el siguiente enlace: https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/ficha-terceros/identificacion
Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Consulta de Datos de Identidad
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Los proyectos presentados deberán destinarse a las siguientes actuaciones:
- Eventos o espectáculos artísticos o culturales, festivales, exposiciones y otras actividades culturales similares dentro de los siguientes ámbitos: artes visuales, cine y artes audiovisuales, teatro, danza, circo, música, literatura y palabra, arquitectura, diseño y artesanía, incluyendo las actividades artísticas multidisciplinares y aquellas que relacionan la cultura y las artes con la ciencia y/o los saberes tradicionales.
- Proyectos que, mediante la participación multiagente – laboratorios de ideas, prototipados de proyectos, iniciativas transdisciplinares o alianzas transectoriales-, favorezcan la experimentación, la investigación y la innovación cultural y tengan una concreción práctica en el territorio.
- Patrimonio inmaterial, en conexión con la cultura y las prácticas contemporáneas.
- Actividades de educación, transferencia y mediación artística y cultural, incluyendo el uso de las nuevas tecnologías.
La cuantía a percibir por cada beneficiario no podrá superar el 80 % del coste total del proyecto.
La cuantía individualizada de la subvención no podrá ser inferior a 25.000 € ni superior a 75.000 €.
Estas ayudas son compatibles con otras de cualesquiera Administraciones o entes públicos y privados nacionales u organismos internacionales ( excepto con fondos estructurales de la UE con los que no lo es).
Se entenderá gasto realizado el que haya sido efectivamente pagado desde el día 1 de enero de 2022 y el 30 de noviembre de 2023 (la fecha en la que finaliza el plazo para la justificación es el 1 de diciembre).
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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3 meses desde la finalización del plazo para presentar solicitudes
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. Servicio de Fomento de las Artes, la Cultura y el Libro. 976 713 376
Correo electrónico. srachon@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 111. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h
- atencionalaciudadania@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00 h.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
Normativa general
-
Orden 1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
-
Reglamento 2021/0241, de 12 de febrero, del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
-
Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
-
Reglamento 2018/1046, de 18 de julio, del Parlamento Europeo y del Consejo (UE, Euratom) (<
>) -
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
-
Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón
-
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 87/2006, de 21 de julio
Apartado anterior:
Ayuda a la tramitación electrónica
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Servicio de información y registro
Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.