Ayudas Extraordinarias para la financiación de las explotaciones agrarias aragonesas afectadas por la sequía 2023
N°9974
A través de este trámite se puede presentar una solicitud de ayuda adicional a las personas beneficiarias de las ayudas a operaciones formalizadas en la línea LINEA ICO MAPA SAECA para apoyo financiero por daños ocasionados por la sequía y otras causas extraordinarias para los años 2023 y 2024.
Tendrán la condición de personas beneficiarias las titulares de explotaciones agropecuarias de Aragón que hayan resultado beneficiarias de las ayudas contempladas en la Orden de 12 de mayo de 2022 por la que se convocan subvenciones establecidas en el artículo 6 del Real Decreto Ley 4/2022 de 15 de marzo de apoyo al sector agrario ante la pérdida de rentabilidad y por causa de la sequía.
La cuantía individualizada de la subvención se calcula como un porcentaje del 5% del principal formalizado en la línea ICO/MAPA/SAECA, limitado a un importe máximo de 5.000 € por persona beneficiaria para una o varias operaciones de financiación. Esta ayuda se configura como complementaria a la otorgada por el MAPA teniendo en cuenta lo indicado para las ayudas de mínimis (cumplir el límite de 20.000 euros en las ayudas de minimis recibidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en que se solicite la subvención)
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RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE INNOVACIÓN Y PROMOCIÓN ALIMENTARIA SOBRE RECONOCIMIENTO, CONCESIÓN Y PAGO DE LAS SOLICITUDES DE AYUDA EXTRAORDINARIA OTORGADA POR LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ARAGÓN PARA LA FINANCIACIÓN DE EXPLOTACIONES AGRARIAS ARAGONESAS EN EL CONTEXTO DE LOS DAÑOS OCASIONADOS POR LA SEQUÍA Y LOS PROBLEMAS COYUNTURALES DEL SECTOR PARA LOS AÑOS 2023 Y 2024 - FASE 1
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RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE INNOVACIÓN Y PROMOCIÓN ALIMENTARIA SOBRE RECONOCIMIENTO, CONCESIÓN Y PAGO DE LAS SOLICITUDES DE AYUDA EXTRAORDINARIA OTORGADA POR LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ARAGÓN PARA LA FINANCIACIÓN DE EXPLOTACIONES AGRARIAS ARAGONESAS EN EL CONTEXTO DE LOS DAÑOS OCASIONADOS POR LA SEQUÍA Y LOS PROBLEMAS COYUNTURALES DEL SECTOR PARA LOS AÑOS 2023 Y 2024 - FASE 2
Dirigido a
- Tener la condición de personas beneficiarias las titulares de explotaciones agropecuarias de Aragón que hayan resultado beneficiarias de las ayudas contempladas en la Orden de 12 de mayo de 2022 por la que se convocan subvenciones establecidas en el artículo 6 del Real Decreto Ley 4/2022 de 15 de marzo de apoyo al sector agrario ante la pérdida de rentabilidad y por causa de la sequía.
Requisitos
- Disponer a la fecha de la solicitud de la correspondiente resolución del MAPA de aprobación de las ayudas establecidas en el artículo 6 del Real Decreto-ley 4/2022, de 15 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo al sector agrario ante la pérdida de rentabilidad y por causa de la sequía.
- Cumplir el límite de 20.000 euros en las ayudas de minimis recibidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en que se solicite la subvención.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como de la ausencia de toda deuda pendiente de pago con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, si bien, podrá realizarse el pago de la subvención si la persona beneficiaria sólo tiene pendiente de pago alguna deuda con la Hacienda de la Comunidad Autónoma o es deudora por resolución de procedencia de reintegro, si la deuda tributaria es menor a la subvención que se pueda conceder.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Resolución de aprobación del MAPA
Resolución de aprobación del MAPA de las ayudas establecidas en el artículo 6 del Real Decreto Ley 4/2022, de 15 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo al sector agrario ante la pérdida de rentabilidad y por causa de la sequía.
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesObligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Validación de NIF de un contribuyente
Verificación de Datos de Identidad
Información adicional
Se tramita en el Servicio de Ayudas a la Organización de Mercados (Dirección General de Innovación y Promoción Alimentaria del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación)
Convocatoria abierta en los siguientes plazos de solicitudes:
Primer plazo: desde 15/11/2023 hasta el 31/12/2023.
Segundo plazo: desde el 01/03/2024 hasta el 31/05/2024.
Tercer plazo: desde el 01/08/2024 hasta el 31/10/2024.
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
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Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN Y PROMOCIÓN ALIMENTARIA
Normativa
Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia agraria y de aguas en respuesta a la sequía y al agravamiento de las condiciones del sector primario derivado del conflicto bélico en Ucrania y de las condiciones climatológicas, así como de promoción del uso del transporte público colectivo terrestre por parte de los jóvenes y prevención de riesgos laborales en episodios de elevadas temperaturas.
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón.
Orden AGA/1611/2023, de 7 de noviembre, que establece las bases reguladoras de ayudas extraordinarias otorgadas por la Comunidad Autónoma para la financiación de explotaciones agrarias aragonesas en el contexto de los daños ocasionados por la sequía y los problemas coyunturales del sector, aprueba su convocatoria abierta para los años 2023 y 2024 y abre el plazo de presentación de solicitudes.
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 01/08/2024 al 31/10/2024
En plazo
Convocatoria abierta en los siguientes plazos de solicitudes: Primer plazo: desde 15/11/2023 hasta el 31/12/2023. Segundo plazo: desde el 01/03/2024 hasta el 31/05/2024. Tercer plazo: desde el 01/08/2024 hasta el 31/10/2024.
Iniciar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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