Ayudas económicas a mujeres víctimas de violencia de género
N° 659
A través de este trámite, se podrá solicitar la concesión de ayudas económicas para mujeres víctimas de violencia de género que carezcan de suficientes recursos económicos y tengan especiales dificultades para obtener empleo.
Plazo de presentación
En plazo permanente
En plazo
Dirigido a
- Solicitante de la ayuda económica
Requisitos
- Ser residente en la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Acreditación condición de Víctima de Violencia de Género.
- Carencia de rentas superiores 75% SMI vigente (excluidas pagas extraordinarias).
- Especiales dificultades para obtener un empleo.
- No haber sido beneficiaria anteriormente.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Solicitud
Copia de la Orden de protección
O documento acreditativo condición Víctima Violencia de Género.
Declaración responsable
Conforme no haber solicitado ni percibido ayuda de la misma naturaleza en otra Comunidad Autónoma.
Sentencia por la que se concede la tutela
En su caso.
Certificado de acogimiento
En su caso.
Anexo II Declaración y autorizacion de cesión de datos a otros órganos de la Admón de la C.A. Aragón o a otras Administraciones Públicas
Descargar modelo Anexo II Declaración y autorizacion de cesión de datos a otros órganos de la Admón de la C.A. Aragón o a otras Administraciones PúblicasANEXO III Consentimiento cesion de datos tributarios
Descargar modelo ANEXO III Consentimiento cesion de datos tributariosANEXO IV Consentimiento cesión datos personales
Descargar modelo ANEXO IV Consentimiento cesión datos personales
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesCertificado de empadronamiento
Integrantes unidad familiar.
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
Ayudas no sujetas a convocatoria. Ver normativa.
Presentación de la solicitud
Presencial
-
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y
registro. Localiza
tu oficina más cercana
Pedir cita previa - Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 716 720
- Correo electrónico. iam@aragon.es
- Otros canales. Horario teléfono De 9:00 a 14:00 horas
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONÉS DE LA MUJER
Normativa
Orden, de 26 de junio, del Departamento de Servicios Sociales y Familia, de 2006, por la que regula el procedimiento administrativo para la concesión de ayudas económicas a Mujeres Víctimas de Violencia de Género
Ley 2/1993, de 19 de febrero, por la que se crea el Instituto Aragonés de la Mujer
Ley Orgánica 1/04, de 28 de diciembre, de medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género
Real Decreto 1452/05, de 2 de diciembre, por el que se regula la ayuda económica establecida en el art. 27 de la Ley Orgánica 1/04,de 28 de diciembre, de medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
En plazo permanente
En plazo
Trámite presencial
Acude a nuestras oficinas de Registro con cita previa para presentar tu trámite.
Descargar formulario Pedir cita previa Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses desde la entrada de la solicitud en registro
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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