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Ayudas económicas complementarias para víctimas de violencia

N°2318

A través de este trámite, se solicitan ayudas económicas complementarias para víctimas de violencia.

Pueden demandarlas las hijas y los hijos menores de edad de mujeres víctimas mortales por violencia de género. También pueden solicitarlas mujeres víctimas de otras formas de violencia y mujeres víctimas de violencia de género mayores de 65 años.

Plazo de presentación

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En plazo

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Requisitos

  • Prestaciones económicas complementarias para hijas e hijos menores de edad de las mujeres víctimas mortales por violencia de género:
    • Tendrán derecho a una ayuda económica hasta que alcancen la mayoría de edad, las hijas e hijos menores de edad de las mujeres víctimas mortales por violencia de género que estuviesen empadronadas en Aragón, o cuando los hechos hayan sucedido es esta Comunidad Autónoma.
    • En los términos previstos en el apartado anterior, también tendrán derecho a la ayuda económica, las personas menores de edad que hubieran estado bajo la tutela o guarda, de una mujer víctima mortal por causa de violencia de género en el momento del fallecimiento de ésta.
    • No podrán ser personas beneficiarias de esta ayuda, menores de edad que estén sometidos a tutela de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón o de otra Administración Pública.
  • Prestaciones económicas complementarias para las mujeres víctimas de otras formas de violencia:
  • Carecer de rentas que, en cómputo mensual, superen el 75 por ciento del salario mínimo interprofesional vigente, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
  • Estar empadronadas en Aragón, o que los actos de violencia se hayan cometido en dicha Comunidad Autónoma.
  • Prestaciones económicas complementarias para las mujeres víctimas de violencia de género mayores de 65 años:
    • Podrán ser beneficiarias de esta prestación complementaria, las mujeres mayores de 65 años víctimas de violencia de género, acreditada por cualquiera de las formas establecidas en el artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, que estén empadronadas en un municipio aragonés y carezcan de rentas que, en cómputo mensual, superen el 75 por ciento del salario mínimo interprofesional vigente, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.

Documentación

Presentar en todos los casos:

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

Para hijas e hijos menores edad de mujeres víctimas mortales violencia género

  • Declaración de no haber solicitado ni percibido ayuda de la misma naturaleza

Para las mujeres víctimas de otras formas de violencia

  • Representación

    En su caso.

  • Copia de sentencia condenatoria/orden

    De protección/resolución judicial/informe ministerio fiscal/informe servicios sociales/ informe servicios especializados/informe servicios de acogida/ atestado de la autoridad policial / informe de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social que acrediten la condición.

  • Declaración de no haber solicitado ni percibido ayuda de la misma naturaleza

  • Documentación complementaria en el caso de responsabilidades familiares:

  • Fotocopia del libro de familia

    O documento equivalente que acredite la filiación, y sentencia sobre tutela, cuando exista.

  • Certificación de acogimiento

Para las mujeres víctimas de violencia de género mayores de 65 años

  • Declaración de no haber solicitado ni percibido ayuda de la misma naturaleza

  • Representación

    En su caso.

  • Copia de sentencia condenatoria/orden

    De protección/resolución judicial/informe ministerio fiscal/informe servicios sociales/ informe servicios especializados/informe servicios de acogida que acrediten la condición.

Para hijas e hijos menores edad de mujeres víctimas mortales violencia género

Para las mujeres víctimas de otras formas de violencia

Para las mujeres víctimas de violencia de género mayores de 65 años

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Acreditación de la identidad de la persona interesada y/o representante

  • Identidad de la persona beneficiaria

  • Relación de parentesco, tutela o guarda con la mujer fallecida

  • Certificado de empadronamiento solicitante

    Empadronamiento en un municipio aragonés, o acreditación de que los hechos hayan sucedido en la Comunidad Autónoma de Aragón.

  • Certificado de empadronamiento solicitante

    Empadronamiento en un municipio aragonés de la solicitante o de producción de los hechos en Aragón.

  • Declaración de ingresos

    Y fotocopias de certificaciones de dichos ingresos, de la solicitante.

  • Certificado de empadronamiento unidad familiar

    Empadronamiento en un municipio aragonés de todas las personas de la unidad familiar.

  • Declaración de ingresos

    Y fotocopias de certificaciones de dichos ingresos de los integrantes de la unidad familiar, de cada familiar a su cargo.

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

Descargar formulario

Información adicional

Ayudas no sujetas a convocatoria.

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
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  4. Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Presencial

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  3. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
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  4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.

Contacto y ayuda

  • Teléfono. 976 716 720
  • Correo electrónico. iam@aragon.es
  • Cita previa. Teléfono 976716720
  • Presencial. Paseo María Agustín 16 5º pl
  • Presencial. Horario oficina De 9:00 a 14:00 horas
  • Otros canales. Horario teléfono De 9:00 a 14:00 horas
  • Cita previa. Horario De 9:00 a 14:00 horas

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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