Ayudas económicas complementarias para víctimas de violencia
En plazo permanente
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Descarga y rellena el formulario principal. No olvides repasar el resto de documetos necesarios.
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A través del registro electrónico general.
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
En plazo permanente
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Descarga y rellena el formulario principal. No olvides repasar el resto de documetos necesarios.
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A través del registro electrónico general.
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, se solicitan ayudas económicas complementarias para víctimas de violencia.
Pueden demandarlas las hijas y los hijos menores de edad de mujeres víctimas mortales por violencia de género. También pueden solicitarlas mujeres víctimas de otras formas de violencia y mujeres víctimas de violencia de género mayores de 65 años.
Para poder realizar el trámite, el solicitante debe:
Descarga y rellena el formulario principal. No olvides repasar el resto de documetos necesarios.
A través del registro electrónico general.
Otras acciones
Requisitos
- Prestaciones económicas complementarias para hijas e hijos menores de edad de las mujeres víctimas mortales por violencia de género:
- Tendrán derecho a una ayuda económica hasta que alcancen la mayoría de edad, las hijas e hijos menores de edad de las mujeres víctimas mortales por violencia de género que estuviesen empadronadas en Aragón, o cuando los hechos hayan sucedido es esta Comunidad Autónoma.
- En los términos previstos en el apartado anterior, también tendrán derecho a la ayuda económica, las personas menores de edad que hubieran estado bajo la tutela o guarda, de una mujer víctima mortal por causa de violencia de género en el momento del fallecimiento de ésta.
- No podrán ser personas beneficiarias de esta ayuda, menores de edad que estén sometidos a tutela de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón o de otra Administración Pública.
- Prestaciones económicas complementarias para las mujeres víctimas de otras formas de violencia:
- Carecer de rentas que, en cómputo mensual, superen el 75 por ciento del salario mínimo interprofesional vigente, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
- Estar empadronadas en Aragón, o que los actos de violencia se hayan cometido en dicha Comunidad Autónoma.
- Prestaciones económicas complementarias para las mujeres víctimas de violencia de género mayores de 65 años:
- Podrán ser beneficiarias de esta prestación complementaria, las mujeres mayores de 65 años víctimas de violencia de género, acreditada por cualquiera de las formas establecidas en el artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, que estén empadronadas en un municipio aragonés y carezcan de rentas que, en cómputo mensual, superen el 75 por ciento del salario mínimo interprofesional vigente, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Plazo permanente
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Presencial - Pasos a seguir
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Resolución
3 meses, a contar desde la fecha de registro de entrada de la solicitud. Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado resolución expresa, la persona interesada podrá entender desestimada su solicitud
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
Documentos a aportar si cumples estas condiciones:
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
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1. Declaración de no haber solicitado ni percibido ayuda de la misma naturaleza
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
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1. Representación
En su caso.
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2. Copia de sentencia condenatoria/orden
De protección/resolución judicial/informe ministerio fiscal/informe servicios sociales/ informe servicios especializados/informe servicios de acogida/ atestado de la autoridad policial / informe de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social que acrediten la condición.
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3. Declaración de no haber solicitado ni percibido ayuda de la misma naturaleza
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4. Documentación complementaria en el caso de responsabilidades familiares:
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5. Fotocopia del libro de familia
O documento equivalente que acredite la filiación, y sentencia sobre tutela, cuando exista.
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6. Certificación de acogimiento
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1. Declaración de no haber solicitado ni percibido ayuda de la misma naturaleza
-
2. Representación
En su caso.
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3. Copia de sentencia condenatoria/orden
De protección/resolución judicial/informe ministerio fiscal/informe servicios sociales/ informe servicios especializados/informe servicios de acogida que acrediten la condición.
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Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Acreditación de la identidad de la persona interesada y/o representante
Identidad de la persona beneficiaria
Relación de parentesco, tutela o guarda con la mujer fallecida
Certificado de empadronamiento solicitante
Empadronamiento en un municipio aragonés, o acreditación de que los hechos hayan sucedido en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Certificado de empadronamiento solicitante
Empadronamiento en un municipio aragonés de la solicitante o de producción de los hechos en Aragón.
Declaración de ingresos
Y fotocopias de certificaciones de dichos ingresos, de la solicitante.
Certificado de empadronamiento unidad familiar
Empadronamiento en un municipio aragonés de todas las personas de la unidad familiar.
Declaración de ingresos
Y fotocopias de certificaciones de dichos ingresos de los integrantes de la unidad familiar, de cada familiar a su cargo.
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONÉS DE LA MUJER
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Ayudas no sujetas a convocatoria.
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Presencial - Pasos a seguir
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Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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3 meses, a contar desde la fecha de registro de entrada de la solicitud. Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado resolución expresa, la persona interesada podrá entender desestimada su solicitud
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. 976 716 720
Correo electrónico. iam@aragon.es
Cita previa. Teléfono 976716720
Presencial. Paseo María Agustín 16 5º pl
Presencial. Horario oficina De 9:00 a 14:00 horas
Otros canales. Horario teléfono De 9:00 a 14:00 horas
Cita previa. Horario De 9:00 a 14:00 horas
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
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null de 26 de febrero de /2020 del Gobierno de Aragón, por el que se regulan las prestaciones económicas complementarias para víctimas de violencia
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Ley 4/2007, de 22 de marzo, de Prevención y Protección Integral a las Mujeres Víctimas de Violencia en Aragón
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Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género
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Ley 2/1993, de 19 de febrero, por la que se crea el Instituto Aragonés de la Mujer
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Ayuda a la tramitación electrónica
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