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Subvenciones para el desarrollo por empresas de proyectos de investigación, desarrollo e innovación

N°1385

A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a subvenciones para el desarrollo de proyectos de investigación, desarrollo e innovación.

Estas ayudas se tienen que solicitar de manera conjunta por empresas con domicilio social o centro productivo en Aragón y grupos de investigación reconocidos por el Gobierno de Aragón.

De esta manera se fomenta la colaboración entre empresas radicadas en la Comunidad Autónoma y los investigadores e investigadoras.

Plazo de presentación

Del 01/03/2018 al 20/03/2018

Fuera de plazo

Dirigido a

  • Personas jurídicas privadas
  • Que vayan a desarrollar un proyecto de investigación, desarrollo e innovación con un grupo de investigación reconocido por el Gobierno de Aragón
  • Que sean seleccionadas de acuerdo con los criterios de selección de la convocatoria.

Requisitos

  • Desarrollo de un proyecto de investigación, desarrollo e innovación en colaboración entre empresas con domicilio social o centros productivos en Aragón e investigadores pertenecientes a grupos de investigación reconocidos por el Gobierno de Aragón.
  • La empresa solicitante debe cumplir con los requisitos de régimen de minimis de subvenciones y ayudas establecido en la normativa comunitaria.
  • Requisitos del proyecto:
    • Viabilidad del proyecto desde el punto de vista técnico, económico, financiero y medioambiental.
    • Coste total del proyecto inferior a 500.000 euros, excluido el IVA.
    • Los costes contractuales de la colaboración deberán representar, al menos, el 30% del importe de los costes subvencionables del proyecto.
    • El proyecto a desarrollar deberá financiarse al menos en un 20% por parte del beneficiario sin ningún tipo de ayuda pública.
    • Existencia de un compromiso financiero de la empresa o entidad con el grupo de investigación con el que se colaborará.
    • Duración mínima de los proyectos de un año y máxima de dos.
    • Fecha de inicio posterior a la fecha de presentación de la solicitud.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Memoria

    Memoria -científica, técnica y económica- resumen y detallada del proyecto a subvencionar en la que deberán recogerse los requisitos de viabilidad técnica exigidos en la convocatoria.

  • Carta de compromiso

    Carta de compromiso de colaboración efectiva suscrito por el representante legal de la empresa y del organismo o entidad al que pertenezca el investigador de grupo responsable, con el contenido que se indique en la convocatoria.

  • Anexo IIA

    Descargar modelo Anexo IIA
  • Anexo IIB

    Descargar modelo Anexo IIB
  • Anexo III

    Descargar modelo Anexo III

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

Viabilidad medioambiental

  • Certificado en un sistema de gestión medioambiental

  • Declaración responsable

    Declaración responsable de que se aplicarán las técnicas de diseño sostenible en los productos resultantes del proyecto.

Viabilidad económica

  • Aportación de la cuenta de pérdidas y ganancias desglosada

    Si el proyecto supera los 45.000 euros de coste proyectado por la empresa, aportación de la cuenta de pérdidas y ganancias desglosada y el balance de situación firmado y sellado por el representante legal de la empresa, del último ejercicio cerrado, debiendo ser la suma de las cantidades de que dispone en tesorería más las de reservas (fondos propios) mayor o igual al 60% del coste proyectado. Si no alcanza ese porcentaje:

  • Ampliación de capital formalizada

    Ampliación de capital formalizada ante notario en escritura pública.

  • Constitución de una póliza, préstamo o aval bancario

    Constitución de una póliza, préstamo o aval bancario destinado exclusivamente a la financiación del proyecto y que así conste expresamente en las cláusulas del mismo.

  • Acreditación de la solvencia económica y financiera

    Empresas de nueva creación u otras sin obligación de presentar el balance de situación en el Registro Mercantil, podrán aportar para la acreditación de la solvencia económica y financiera, mediante alguna de las formas mencionadas anteriormente, o un certificado bancario que acredite suficientemente dicho extremo.

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Acreditación de la identidad de la persona interesada y/o representante

    Documento de identidad de la entidad solicitante y de su representante.

  • Documento acreditativo de estar al corriente de las obligaciones tributarias

  • Documento acreditativo de estar al corriente de pago con la Seguridad Social

  • Acreditación de estar al corriente de pago con la Comunidad Autónoma

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

Descargar formulario

Presentación de la solicitud

Presencial

  1. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
    Descargar formulario
  2. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  3. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
    Pedir cita previa
  4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 01/03/2018 al 20/03/2018

Fuera de plazo

Trámite presencial

Acude a nuestras oficinas de Registro con cita previa para presentar tu trámite.

Descargar formulario Pedir cita previa Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

6 meses desde la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

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