Convocatoria 2022
Fuera de plazo - Del 01/01/2024 al 20/02/2024
El plazo de presentación terminó el 20 febrero 2024
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
Fuera de plazo - Del 01/01/2024 al 20/02/2024
El plazo de presentación terminó el 20 febrero 2024
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
Convocatoria de ayudas de acción social por las contingencias producidas en el año 2022 dirigidas a personal docente no universitario.
Dirigido a
- Personal docente no universitario que reuna los requisitos de la convocatoria.
Requisitos
- Personas que se encuentren, en la fecha de producirse el hecho causante, en las situaciones descritas en el artículo 2 del Decreto 169/2017.
- Ayuda para hijos con discapacidad. Para poder acceder a esta modalidad de ayuda, los hijos a cargo de los solicitantes deberán acreditar una discapacidad igual o superior al 33 por ciento. El huérfano de funcionarios de carrera o personal laboral fijo, tendrá derecho a la ayuda hasta la edad de veinticuatro años, siempre que éste no cumpla veinticinco años de edad el año objeto de la ayuda. Para causar derecho a estas ayudas como huérfano, el empleado deberá de reunir los requisitos establecidos en el Decreto 167/2017.
- Ayuda para guarderías. Para acceder a esta modalidad, es preciso que el hijo causante asista a centros infantiles, guarderías o escuelas infantiles y no supere los tres años de edad en el año objeto de la ayuda. Si el menor cumpliera los tres años de edad durante el año objeto de la ayuda percibirá la ayuda en la cuantía prevista en el Decreto 167/2017. En el caso de huérfanos de empleados la ayuda podrá ser solicitada en la convocatoria correspondiente del año natural en el que se produjo el fallecimiento
- Ayuda de estudios para hijos a partir de los tres años de edad. Las solicitudes de ayudas para estudios de hijos a partir de tres años vendrán referidas al curso académico del año natural objeto de la ayuda. Cuando el plazo de matriculación en los estudios objeto de la ayuda haga imposible la presentación de la solicitud de la ayuda durante el plazo previsto, podrá ser solicitada en el siguiente plazo de la presentación de solicitudes. Para causar derecho a esta modalidad de ayuda, deberá acreditarse la filiación del hijo causante y que éste no cumpla veinticinco años de edad durante el año natural objeto de la ayuda. Sólo podrá solicitarse una ayuda por hijo con cargo al Fondo de Acción Social.
- Ayuda para la formación y desarrollo profesional del empleado. Para causar derecho a las ayudas para formación y desarrollo profesional del empleado deberá acreditarse la matriculación del empleado y el importe efectivamente abonado en cualquiera de los estudios señalados. Solamente podrá solicitarse una ayuda por empleado, aunque se acredite la matriculación en más de un curso o en otros estudios diferentes.
- Requisitos previstos en la convocatoria.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 01/01/2024 a las 00:00 h
Fin: 20/02/2024 a las 23:59 h
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Resolución
Fijado en la convocatoria.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
-
1. Documentos establecidos en la convocatoria según el tipo de ayuda solicitada
¿Necesitas ayuda?
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL, FORMACIÓN E INNOVACIÓN
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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Fijado en la convocatoria.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. DG Personal 976 711 542
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
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Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
Normativa general
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Ayuda a la tramitación electrónica
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