Ayudas bono social térmico

Trámite 2423

En plazo permanente

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Este es un trámite de oficio , es decir, que solo puede ser iniciado por personal de la administración.

Detalles del trámite

A través de este trámite, los beneficiarios del Bono Social Térmico pueden modificar la cuenta bancaria donde recibir la ayuda, o renunciar a la misma.

Este programa de ayudas está creado para compensar los gastos térmicos, que se ocasionan a los consumidores más vulnerables, por el uso de la calefacción y del agua caliente o cocina.


Dirigido a

  • Beneficiarios del bono social de electricidad
  • En cada ejercicio serán beneficiarios del Bono Social Térmico aquellos consumidores que sean beneficiarios del bono social de electricidad previsto en el artículo 45 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, a 31 de diciembre del año anterior.

Requisitos

  • Ser beneficiario del bono social de electricidad previsto en el artículo 45 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, a 31 de diciembre del año anterior.
  • No comunicar la renuncia a la ayuda concedida

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Plazo permanente

Puedes realizar este trámite de manera:

Electrónica - Pasos a seguir
Presencial - Pasos a seguir
  1. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  2. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
  3. Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.

Documentos necesarios

Detalles de documentos para realizar de este trámite.

Presentar en todos los casos

  • 1. Documento de identificación

  • 2. Carta recibida

    Donde se indica la clave de acceso.


¿Necesitas ayuda?

Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

DIRECCIÓN GENERAL DE ENERGÍA Y MINAS

Apartado siguiente:

Información adicional

Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.

Información sobre la solicitud

Los Comercializadores de Referencia remitirán la siguiente información para poder gestionar la ayuda:

- Nombre y DNI del beneficiario.

- Domicilio completo, indicando vía, número, código postal y municipio.

- Si tiene la consideración de consumidor vulnerable severo o en riesgo de exclusión social.

- Datos de la cuenta bancaria.

Las ayudas están destinadas a cubrir el coste de energía de calefacción, agua caliente sanitaria o cocina.

Los beneficiarios no deben aportar ninguna documentación.

La ayuda por beneficiario se abonará en un pago único anual, en su cuenta corriente en la que tienen domiciliada la factura eléctrica, y la cuantía de la misma depende de su grado de vulnerabilidad y de la zona climática en la que se ubique su vivienda habitual. Previamente a la transferencia de la ayuda, se le notificará la misma para que pueda renunciar a ella, o modificar su cuenta corriente del pago.

Si no renuncia a la ayuda, se transferirá a dicha cuenta sin necesidad de ninguna actuación por su parte.

Solamente hace falta hacer algún trámite si usted quiere renunciar al bono o quiere modificar el número de cuenta.

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

Durante de la tramitación

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Contacto y ayuda

  • Correo electrónico. bst@aragon.es

  • Otros canales. Horario teléfono De 9:00 a 14:00 horas

  • Teléfono. Recomendado 976 716 500

Ayuda con la tramitación electrónica

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Ayuda a la tramitación electrónica

Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.

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