Ayudas aplicación de descuentos en abonos de transporte y títulos multiviaje. - Convocatoria 2025 (Segundo semestre 2024)
N° 11147
A través de estos trámites, se puede presentar una solicitud para subvencionar a los operadores del transporte público interurbano permanente regular de uso general por carretera de titularidad del Gobierno de Aragón, así como al consorcio de Transportes del Área de Zaragoza (CTAZ), para compensar la merma de ingresos que haya supuesto a dichos operadores la implantación de la medida de reducción del precio de los abonos y títulos de transporte multiviaje durante el segundo semestre del 2024.
Plazo de presentación
Plazo pendiente de definir
Dirigido a
- Los concesionarios de los servicios de transporte público interurbano permanente regular de uso general por carretera de titularidad del Gobierno de Aragón y el Consorcio de Transportes del Área de Zaragoza ( CTAZ) que acrediten la aplicación durante el segundo semestre del ejercicio 2024 de la reducción del precio, IVA incluido, en un 50% del precio de los abonos y títulos de transporte multiviaje.
Requisitos
- Acreditar la aplicación de la reducción del precio de los abonos y títulos de transporte multiviaje
- No podrán obtener la condición de beneficiarios/as las personas jurídicas que se encuentren incursas en alguna de las causas de prohibición previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda del Estado como con la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y frente a la Seguridad Social
- No haber sido sancionado administrativamente ni en sentencia firme condenatoria por acciones u omisiones consideradas discriminatorias por la legislación vigente por razón de género, y deberá cumplir con la legislación medioambiental, de transparencia, de no haber sido sancionado en materia laboral, de igualdad entre hombres y mujeres, de derechos de las personas LGTBI, de memoria democrática, de derechos y garantías de las personas con discapacidad y empleo inclusivo u otras análogas de cumplimiento normativo
Documentación
Presentar en todos los casos:
Certificado de la reducción de ingresos
Certificado de la reducción de ingresos obtenidos desde 1 de julio hasta 31 de diciembre de 2024 . Debe estar referido a cada concesión, diferenciando por tipo de título multiviaje, y desagregando la información para cada uno de los meses naturales en los que se ha aplicado la reducción de precios, incluyendo el Impuesto del Valor Añadido. Deberá ir firmado electrónicamente por la persona competente.
Certificado periodos de uso y caducidad de los abonos y títulos multiviaje
Certificado de los periodos de uso y caducidad de los abonos y títulos multiviaje que se
han vendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2024 y sobre los que se han aplicado los
descuentos. Deberá ir firmado electrónicamente por la persona competente.
Documentación de los costes de endeudamiento
Documentación probatoria de los costes de endeudamiento con entidades crediticias externas a la empresa o grupo de empresas en que la concesionaria haya podido incurrir durante el periodo de 1 de julio a 31 de diciembre de 2024, como consecuencia de la menor recaudación por abonos al transporte en aplicación del art. 69 del Real Decreto Ley 9/2023, de 27 de diciembre.
Certificación control morosidad
Una vez recibida la resolución provisional, las entidades cuya ayuda concedida supere los 30.000 euros deberán aportar la documentación indicada en el artículo 6.6 de la Orden de convocatoria.
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
Si la entidad pertenece al Sector privado:
Informe de auditoría justificativo
El informe deberá ser emitido por un auditor de cuentas inscrito como ejerciente en el Registro Oficial de Auditorias de Cuentas dependientes del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas. El coste que conlleve su presentación será considerado como coste de implementación, acreditando dicho coste mediante factura del gasto ocasionado, así como la acreditación del pago de la misma, con un importe en subvencionable no superior a 3.000,00 euros.
Justificación del gasto de la auditoría
Para las empresas que deban presentar el informe de auditoría justificativo antes citado, el coste que conlleve su presentación, será considerado como coste de implementación, acreditando dicho coste mediante factura del gasto ocasionado, así como la acreditación del pago de la misma, con un importe en subvencionable no superior a 3.000,00 euros
Si la entidad pertenece al Sector público:
Memoria económica justificativa del coste de la actividades realizadas
Dicha memoria económica deberá contener:
a) En el caso del CTAZ:
- Bono inteurbano integrado multiviaje 50/60 en las líneas de los servicios interurbanos que gestiona el CTAZ.
- Bono interurbano integrado multiviaje 80/60 en las líneas de los servicios interurbanos que gestiona el CTAZ.
- Bonos interurbanos 50/60 Y 80/60 de zona de mínima tarifa en las líneas de los servicios interurbanos que gestiona el CTAZ.
- Título multiviaje (validaciones con Tarjeta Lazo) con posibilidad de transbordo en las líneas de los servicios interurbanos que gestiona el CTAZ.
b) El resto de operadores (entidades locales) una relación clasificada de abonos vendidos, por tipología de documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago.
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesConsulta de Datos de Identidad
Validación de NIF de un contribuyente
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Información adicional
Una vez recibida la resolución provisional, las entidades cuya ayuda concedida supere los 30.000 euros deberán aportar la documentación indicada en el artículo 6.6 de la Orden de convocatoria.
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. De 9 a 14 horas. 976 714 553
- Correo electrónico. gestioneconomicatransportes@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTES
Normativa
Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía
Orden Ministerial /2024, de 23 de enero, sobre las ayudas directas al transporte de viajeros del Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía.
Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Plazo pendiente de definir
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoTrámites relacionados
Convocatorias expiradas
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