Convocatoria 2024
Fuera de plazo - Del 07/05/2024 al 20/06/2024
El plazo de presentación terminó el 20 junio 2024
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Fuera de plazo - Del 07/05/2024 al 20/06/2024
El plazo de presentación terminó el 20 junio 2024
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, se puede presentar una solicitud en cualquiera de las siguientes líneas:
* Línea 1 – Ayudas a la digitalización de pequeñas y medianas empresas
* Línea 2 – Ayudas al desarrollo empresarial e internacionalización de las pymes
* Línea 3 – Ayudas a la demostración y medidas de apoyo a la eficiencia energética en pymes
* Línea 4 – Ayudas al diseño, implantación y monitorización sistemas de energía inteligentes en pymes y su almacenamiento.
Dirigido a
- Empresas
Requisitos
- Podrán acogerse aquellas empresas que tengan la consideración de PYME. Para la determinación de la consideración de PYME se atenderá a lo dispuesto en el Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (Reglamento General de Exención por Categorías)
- Será necesario que la empresa solicitante desarrolle y ejecute las actuaciones objeto de subvención en la provincia de Teruel
- La entidad solicitante debe no encontrarse incursa en alguna de las causas de prohibición previstas en la normativa aplicable en materia de subvenciones
- La entidad solicitante debe estar al corriente de pago de sus obligaciones tributarias y con la SS y no tener deuda pendiente de pago con la C. A. de Aragón.
- Ficha de terceros: Si el Gobierno de Aragón no dispone de la Ficha de terceros actualizada de la persona o entidad solicitante, esta Ficha de terceros para designación de cuenta bancaria, deberá registrarse con anterioridad a solicitar esta (ayuda, subvención…). El enlace para registrar la Ficha de terceros está disponible en esta misma página, en el apartado de Documentos y enlaces de interés dentro de Información adicional
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 07/05/2024 a las 00:00 h
Fin: 20/06/2024 a las 23:59 h
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Resolución
Plazo para la notificación de la resolución: 3 meses desde la finalización del plazo de presentación de las solicitudes
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
-
1. Memoria de los proyectos de inversión
Memoria del proyecto o proyectos de inversión. En el caso de que optes a varias ayudas, deberás presentar una memoria por cada línea de ayudas solicitada.
-
Plantilla de inversiones a realizar. En el caso de que optes a varias ayudas, deberás presentar una memoria por cada línea de ayudas solicitada.
-
3. Informe de plantilla media de personas trabajadoras en situación de alta
Expedido por la Tesorería de la Seguridad Social referido a los 12 meses anteriores a la solicitud de la ayuda en la que figuren relacionadas todas las cuentas de cotización correspondientes a los diferentes centros de trabajo.
En caso de no tener personas asalariadas se deberá presentar certificado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social de no inscripción como empresario o empresaria, y, en su caso, alta de autónomo o autónoma y vida laboral. Si en cambio su inscripción como empresario o empresaria en la Seguridad Social es menor de un mes, se deberá presentar certificado de alta que lo acredite.
-
4. Certificado cumplimiento plazos de pago
Certificación acreditativa de alcanzar el nivel de cumplimiento de los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004 de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, emitida en los términos señalados en el artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Validación de NIF de un contribuyente
Impuesto sobre actividades económicas (IAE)
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONÉS DE FOMENTO
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Recursos y enlaces de interés
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Durante de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Plazo para la notificación de la resolución: 3 meses desde la finalización del plazo de presentación de las solicitudes
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. 976 702 100
Correo electrónico. ftj@iaf.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
Normativa general
-
Reglamento 651/2014, de 17 de junio, Se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del tratado de funcionamiento de la Unión Europea.
-
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
-
Orden EIE/373/2024, de 8 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en proyectos de inversión enmarcados dentro del Fondo de Transición Justa (FTJ) para el periodo 2021-2027 en la provincia de Teruel.
-
Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón.
-
Orden PEJ/176/2025, de 9 de febrero, de modificación de la Orden EEI/373/2024, de 8 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en proyectos de inversión enmarcados dentro del Fondo de Transición Justa (FTJ) para el periodo 2021-2027 en la provincia de Teruel
-
Reglamento 2831/2023, de 13 de diciembre, de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis
Apartado anterior:
Ayuda a la tramitación electrónica
Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.
Más información
¿Te ha resultado útil esta página?
Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web
- Sí
Gracias por tu valoración
Para cualquier consulta, escríbenos a portalpublico@aragon.es
Puedes dejar aquí tu comentario anónimo.
Servicio de información y registro
Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.