Junio 2025

Trámite 11075

Fuera de plazo - Del 25/06/2025 al 01/09/2025

El plazo de presentación terminó el 01 septiembre 2025

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Fuera de plazo - Del 25/06/2025 al 01/09/2025

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Detalles del trámite

A través de este trámite se podrán solicitar ayudas sobre los daños en producciones e infraestructuras de las explotaciones agrarias producidos en el territorio de Aragón como consecuencia de las lluvias torrenciales de junio de 2025


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  • Ampliación de la dotación presupuestaria prevista en la Orden AGA/685/2025 Lluvias torrenciales junio 2025

    ORDEN AGA/311/2026, de 17 de febrero, de ampliación de la dotación presupuestaria prevista en la Orden AGA/685/2025, de 23 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de ayudas sobre los daños en producciones e infraestructuras de las explotaciones agrarias producidos en el territorio de Aragón como consecuencia de las lluvias torrenciales de junio de 2025.

  • Modificación de Enero 2026 Orden AGA/685/2025 Lluvias torrenciales junio 2025

    ORDEN AGA/1885/2025, de 26 de diciembre, que modifica la Orden AGA/685/2025, de 23 de junio por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de ayudas sobre los daños en producciones e infraestructuras de las explotaciones agrarias producidos en el territorio de Aragón como consecuencia de las lluvias torrenciales de junio de 2025.

  • Modificación de Julio 2025 Orden AGA/685/2025 Lluvias torrenciales junio 2025

    ORDEN AGA/864/2025, de 18 de julio, que modifica la Orden AGA/685/2025, de 23 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de ayudas sobre los daños en producciones e infraestructuras de las explotaciones agrarias producidos en el territorio de Aragón como consecuencia de las lluvias torrenciales de junio de 2025.


Dirigido a

  • Titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas con daños en sus producciones e infraestructuras debidos a las lluvias torrenciales.
  • Respecto a la definición de explotación agraria, se considerarán como tales las declaradas en los registro oficiales agrícolas ( registros oficiales agrícolas REX-REA) y ganaderos ( sistema SITRAN-REGA),así como otros bienes inmuebles o terrenos no dedicados al cultivo pero que forman parte de la explotación, siempre que se justifique por el solicitante

Requisitos

  • Ser titular de explotación agraria que cumpla con los requisitos especificados en la orden de convocatoria.
  • Ser titular de explotación agraria que cumpla con lo previsto en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 28 de noviembre, General de Subvenciones.
  • No podrán obtener la condición de personas beneficiarias, aquellas que incurran en alguna de las causas de prohibición previstas en el artículo 13 de la ley 38/2003.
  • Disponer de póliza de seguro en vigor amparada por el Plan de Seguros Agrarios Combinados vigente para las producciones afectadas. Excluyéndose las pólizas de retirada y destrucción de cadáveres.
  • 1. Cuando el titular sea una persona física: Ser mayor de edad
  • 2. Cuando el titular sea persona jurídica o ente sin personalidad jurídica: a) La condición de la titularidad: titularidad compartida, sociedad agraria de transformación, cooperativa, sociedad laboral, sociedad mercantil o sociedad civil, cuyos socios y cuota de participación estén claramente identificados. b) La actividad agraria como objeto social principal. c) La condición de personas físicas de la totalidad de los socios, de los que al menos su mitad (el 50 %) cumplirán las condiciones exigibles en el apartado anterior al agricultor como persona física y quienes, asimismo, deberán ostentar más de un cincuenta por ciento (50 %) de la titularidad en la estructura del capital o de participación del ente, excepto en el caso de titularidades compartidas en las que el capital social está distribuido al 50%. Y cumplan con lo previsto en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 28 de noviembre, General de Subvenciones.
  • 3. No podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas que tengan la consideración de gran empresa conforme a lo previsto en el anexo I del Reglamento (UE) n.º 702/2014, de la Comisión, de 25 de junio de 2014.
  • 4. Para percibir las compensaciones contempladas en el artículo 4 será necesario que la persona beneficiaria disponga de póliza de seguro en vigor amparada por el Plan de Seguros Agrarios Combinados vigente para las producciones afectadas, quedando excluidas las pólizas de retirada y destrucción de cadáveres.
  • 5. Para recibir las subvenciones contempladas en el artículo 5 será necesario que la infraestructura o instalación esté asegurada, siempre que ésta sea asegurable. Para proceder a la reposición de las infraestructuras, tanto asegurables como no asegurables, deberá contar con los permisos administrativos pertinentes
  • 6. No podrán obtener la condición de personas beneficiarias aquellas que incurran en alguna de las causas de prohibición previstas en el artículo 13 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, o se encuentre sujetos a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Inicio: 25/06/2025 a las 00:00 h

Fin: 01/09/2025 a las 23:59 h

Puedes realizar este trámite de manera:

Electrónica - Pasos a seguir
  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Con la ayuda del personal habilitado

Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.

Resolución

2 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

Documentos necesarios

Detalles de documentos para realizar de este trámite.


Documentos a aportar si cumples estas condiciones:

Otra documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

  • Consulta de Datos de Identidad

  • Validación de NIF de un contribuyente

  • Impuesto sobre actividades económicas (IAE)


¿Necesitas ayuda?

Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO RURAL

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Información adicional

Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.

Información sobre la solicitud

Se tramita en el Servicio de Modernización de Explotaciones (Dirección General de Desarrollo Rural del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación).

Recursos y enlaces de interés

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Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

Durante de la tramitación

Finalización de la tramitación

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Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

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Normativa

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Normativa específica

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Ayuda a la tramitación electrónica

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