Junio 2025
Fuera de plazo - Del 25/06/2025 al 01/09/2025
El plazo de presentación terminó el 01 septiembre 2025
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Fuera de plazo - Del 25/06/2025 al 01/09/2025
El plazo de presentación terminó el 01 septiembre 2025
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite se podrán solicitar ayudas sobre los daños en producciones e infraestructuras de las explotaciones agrarias producidos en el territorio de Aragón como consecuencia de las lluvias torrenciales de junio de 2025
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RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS SOBRE LOS DAÑOS EN PRODUCCIONES E INFRAESTRUCTURAS DE LAS EXPLOTACIONES AGRARIAS PRODUCIDOS EN EL TERRITORIO DE ARAGÓN COMO CONSECUENCIA DE LAS LLUVIAS TORRENCIALES DE JUNIO 2025.
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ORDEN AGA/311/2026, de 17 de febrero, de ampliación de la dotación presupuestaria prevista en la Orden AGA/685/2025, de 23 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de ayudas sobre los daños en producciones e infraestructuras de las explotaciones agrarias producidos en el territorio de Aragón como consecuencia de las lluvias torrenciales de junio de 2025.
Modificación de Enero 2026 Orden AGA/685/2025 Lluvias torrenciales junio 2025
ORDEN AGA/1885/2025, de 26 de diciembre, que modifica la Orden AGA/685/2025, de 23 de junio por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de ayudas sobre los daños en producciones e infraestructuras de las explotaciones agrarias producidos en el territorio de Aragón como consecuencia de las lluvias torrenciales de junio de 2025.
Modificación de Julio 2025 Orden AGA/685/2025 Lluvias torrenciales junio 2025
ORDEN AGA/864/2025, de 18 de julio, que modifica la Orden AGA/685/2025, de 23 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de ayudas sobre los daños en producciones e infraestructuras de las explotaciones agrarias producidos en el territorio de Aragón como consecuencia de las lluvias torrenciales de junio de 2025.
Dirigido a
- Titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas con daños en sus producciones e infraestructuras debidos a las lluvias torrenciales.
- Respecto a la definición de explotación agraria, se considerarán como tales las declaradas en los registro oficiales agrícolas ( registros oficiales agrícolas REX-REA) y ganaderos ( sistema SITRAN-REGA),así como otros bienes inmuebles o terrenos no dedicados al cultivo pero que forman parte de la explotación, siempre que se justifique por el solicitante
Requisitos
- Ser titular de explotación agraria que cumpla con los requisitos especificados en la orden de convocatoria.
- Ser titular de explotación agraria que cumpla con lo previsto en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 28 de noviembre, General de Subvenciones.
- No podrán obtener la condición de personas beneficiarias, aquellas que incurran en alguna de las causas de prohibición previstas en el artículo 13 de la ley 38/2003.
- Disponer de póliza de seguro en vigor amparada por el Plan de Seguros Agrarios Combinados vigente para las producciones afectadas. Excluyéndose las pólizas de retirada y destrucción de cadáveres.
- 1. Cuando el titular sea una persona física: Ser mayor de edad
- 2. Cuando el titular sea persona jurídica o ente sin personalidad jurídica: a) La condición de la titularidad: titularidad compartida, sociedad agraria de transformación, cooperativa, sociedad laboral, sociedad mercantil o sociedad civil, cuyos socios y cuota de participación estén claramente identificados. b) La actividad agraria como objeto social principal. c) La condición de personas físicas de la totalidad de los socios, de los que al menos su mitad (el 50 %) cumplirán las condiciones exigibles en el apartado anterior al agricultor como persona física y quienes, asimismo, deberán ostentar más de un cincuenta por ciento (50 %) de la titularidad en la estructura del capital o de participación del ente, excepto en el caso de titularidades compartidas en las que el capital social está distribuido al 50%. Y cumplan con lo previsto en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 28 de noviembre, General de Subvenciones.
- 3. No podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas que tengan la consideración de gran empresa conforme a lo previsto en el anexo I del Reglamento (UE) n.º 702/2014, de la Comisión, de 25 de junio de 2014.
- 4. Para percibir las compensaciones contempladas en el artículo 4 será necesario que la persona beneficiaria disponga de póliza de seguro en vigor amparada por el Plan de Seguros Agrarios Combinados vigente para las producciones afectadas, quedando excluidas las pólizas de retirada y destrucción de cadáveres.
- 5. Para recibir las subvenciones contempladas en el artículo 5 será necesario que la infraestructura o instalación esté asegurada, siempre que ésta sea asegurable. Para proceder a la reposición de las infraestructuras, tanto asegurables como no asegurables, deberá contar con los permisos administrativos pertinentes
- 6. No podrán obtener la condición de personas beneficiarias aquellas que incurran en alguna de las causas de prohibición previstas en el artículo 13 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, o se encuentre sujetos a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 25/06/2025 a las 00:00 h
Fin: 01/09/2025 a las 23:59 h
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Con la ayuda del personal habilitado
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Resolución
2 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Documentos a aportar si cumples estas condiciones:
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
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1. Hoja de campo y acta de peritación de Agroseguro
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1. Documentación del siniestro asegurado y abono de la indemnización
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1. Planos SIGPAC
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2. Informe de peritación/memoria valorada
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3. Fotografías georreferenciadas
La justificación de los daños no asegurables en explotaciones agrícolas y ganaderas se realizará incorporando al expediente SGA de la campaña 2025 las fotografías digitales georreferenciadas dónde se puedan apreciar dichos daños. Para ello se utilizará la herramienta Sga@pp del paquete de gestión de ayudas y declaración PAC "SGA". Dichas fotografías deberán indicar " Fotografía para trámite administrativo diferente de anteriores" y en observaciones se identificará con el nombre de " Lluvia torrenciales 2025. Además , deberán de incluir dentro de ella una referencia visual que permita la valoración del daño.
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1. autorización para la consulta de datos
Autorización de los socios o cotitulares a la consulta de sus de identidad por parte de la administración. Si no se autoriza, se deberá aportar DNI.
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1. Documento de representación
Documento en el que se otorga la representación
Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Consulta de Datos de Identidad
Validación de NIF de un contribuyente
Impuesto sobre actividades económicas (IAE)
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO RURAL
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Se tramita en el Servicio de Modernización de Explotaciones (Dirección General de Desarrollo Rural del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación).
Recursos y enlaces de interés
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Con la ayuda del personal habilitado
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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2 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. Oficinas Comarcales 976 714 000
Correo electrónico. lluvias25_sme@aragon.es
Página web. Oficinas comarcales Agroambientales y Servicios Provinciales
Presencial. Horario de oficina: de 9:00 a 14:00 horas.
Otros canales. Soporte técnico para consultas o incidencias https://aplicaciones.aragon.es/sitck/pages/login.xhtml
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
Normativa general
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Orden HAP/1457/2025, de 3 de noviembre, por la que se modifica el anexo del Decreto-ley por el que se establecen medidas para la reparación urgente de los daños causados y las pérdidas producidas en el territorio de Aragón en situaciones de emergencia de Protección Civil.
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Orden HAP/1377/2025, de 20 de octubre, por la que se modifica el anexo del Decreto-Ley por el que se establecen medidas para la reparación urgente de los daños causados y las pérdidas producidas en el territorio de Aragón en situaciones de emergencia de protección civil
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Decreto-ley 6/2025, de 2 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen medidas para la reparación urgente de los daños causados y las pérdidas producidas en el territorio de Aragón en situaciones de emergencia de protección civil.
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Decreto-ley 5/2025, de 18 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen medidas urgentes para la reparación de los daños causados y las pérdidas producidas en el territorio de Aragón como consecuencia de las lluvias torrenciales de los días 11 y 12 de julio de 2025.
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CORRECCIÓN de errores del Decreto-Ley 3/2025, del Gobierno de Aragón, de 20 de junio de 2025 por el que se establecen medidas urgentes para la reparación de los daños causados y las pérdidas producidas en el territorio de Aragón como consecuencia de las lluvias torrenciales de los días 13 y 14 de junio de 2025.
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Decreto-ley 3/2025, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen medidas urgentes para la reparación de los daños causados y las pérdidas producidas en el territorio de Aragón como consecuencia de las lluvias torrenciales de los días 13 y 14 de junio de 2025.
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Ayuda a la tramitación electrónica
Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.
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