Programa 2 edificios no residenciales, establecimientos e infraestructuras del sector público
Fuera de plazo - Del 01/07/2022 al 31/07/2024
El plazo de presentación terminó el 31 julio 2024
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Fuera de plazo - Del 01/07/2022 al 31/07/2024
El plazo de presentación terminó el 31 julio 2024
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
El programa de incentivos 2 está dirigido a destinatarios últimos que no realicen actividades económicas, por las que ofrezcan bienes o servicios en el mercado, incluyendo entre los mismos organismos y entidades públicas que cumplan con los requisitos establecidos por la Comisión Europea para ser entidades no generadoras de actividad económica.
Se subvencionan nuevas instalaciones térmicas renovables, ampliaciones y sustituciones de sistemas de producción existentes que abastezcan cualquiera de las siguientes aplicaciones (con carácter orientativo y no limitativo):
- Aplicaciones térmicas para producción de frío y/o calor en edificios
- Aplicaciones de baja, media y alta temperatura en procesos productivos u otras aplicaciones térmicas
Las tecnologías renovables térmicas incluidas son la solar térmica, biomasa, geotermia, hidrotermia o aerotermia.
También se consideran actuaciones subvencionables, las microrredes de distrito de calor y/o frío cuya ayuda
máxima se aplicará sobre el primer MW de potencia de la instalación de producción y/o el primer MW de potencia en intercambio.
Dirigido a
- Cualquier entidad del sector público institucional de cualesquiera Administraciones Públicas a que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como las entidades de derecho privado u organizaciones privadas sin ánimo de lucro
- Agrupaciones, asociaciones, consorcios o cualquier otra forma de colaboración de cualesquiera de las figuras de los tres puntos anteriores, con o sin personalidad jurídica.
- Entidades locales territoriales previstas por el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local o cualquier otra Entidad local o supralocal, distinta de las anteriores, legalmente constituida y dotada de personalidad jurídica propia.
Requisitos
- Los sujetos no deben realizar una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado
- Todas las instalaciones deberán llevar un sistema de monitorización de la energía térmica producida Excepto Biomasa aparatos de calefacción local
- Cumplimiento del RITE (RD 178/2021)
- Bombas de calor (geotérmicas/energía ambiente): Un rendimiento medio estacional ( superior a 2,5 )
- Biomasa: Las actuaciones deberán lograr una reducción de GEI de, al menos, un 80
- A efectos de ELEGIBILIDAD, en el programa 2, solo se permitirán actuaciones con posterioridad a la de publicación en el Boletín Oficial del Estado de las bases reguladoras (22/12/2021). Actuaciones PREPARATORIAS, fecha SIEMPRE posterior a la entrada en vigor del RD 1124 2021 (Proyecto, memorias técnicas o certificados, Sondeos exploratorios y TRT para geotermia)
- Actuación realizada en la Comunidad Autónoma de Aragón
- Se deben cumplir todos los requisitos establecidos en las bases reguladoras y la convocatoria
- Las actuaciones que se acojan al Programa 2 deberán cumplir que como mínimo el 80 % de la producción anual generada esté destinada a autoconsumo.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 01/07/2022 a las 00:00 h
Fin: 31/07/2024 a las 23:59 h
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Resolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Documentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
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1. Presupuesto o presupuestos de la actuación
Presupuesto de la empresa o empresas que realizarán la ejecución de las actuaciones, suficientemente desglosado, de fecha posterior a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del presente real decreto. En el caso de destinatarios últimos sujetos a normativa de contratación pública, esta documentación podrá sustituirse por el borrador de los pliegos de licitación correspondientes.
Cuando el importe del coste subvencionable supere las cuantías establecidas en la normativa de contratación pública aplicable para el contrato menor, y no concurriendo alguno de los supuestos previstos por el artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, el destinatario último de la ayuda deberá acreditar que ha solicitado, al menos, tres ofertas de diferentes proveedores, de conformidad con lo establecido por dicho precepto, y aportar una memoria que justifique razonablemente la elección del proveedor cuando la misma no haya recaído en la oferta económica más ventajosa. Esta documentación se deberá presentar una vez finalizada la obra como parte de la documentación justificativa. Si ya dispone de las tres ofertas, las puede adjuntar a la solicitud
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2. Proyecto o memoria técnica, de acuerdo al Reglamento de Instalaciones térmicas
Proyecto o memoria técnica, en el caso de que no se requiera proyecto, donde se describan adecuadamente las actuaciones a realizar y la situación de partida, suscrita por técnico competente o instalador, en su caso.
En el caso de la memoria, aportar Modelo C0006 del Gobierno de Aragón (Memoria Técnica de Diseño), suscrita por el técnico competente o instalador (sin diligenciar, por no haberse iniciado la instalación). En caso de que por la potencia el RITE exija proyecto, deberá aportarlo, de acuerdo a las bases reguladoras.
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3. Declaración de cesión y tratamiento de datos (PRTR)
Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR), según modelo incluido en anexo IV de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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4. Declaración prevención del fraude
Declaración responsable en relación con el cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR, en relación a la prevención del fraude, corrupción y conflictos de interés, y respeto a los principios medioambientales "Do No Significant Harm”
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5. Declaración DNSH (Potencia inferior a 100 Kw)
Justificación del cumplimiento por el proyecto del principio de no causar daño significativo (principio do not significant harm-DNSH) a ninguno de los objetivos medioambientales establecidos en el Reglamento (UE) 2020/852 el Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles, y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088.
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6. Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Documentos a aportar si cumples estas condiciones:
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1. Informe DNSH (Potencia superior a 100 Kw)
Justificación del cumplimiento por el proyecto del principio de no causar daño significativo (principio do not significant harm-DNSH) a ninguno de los objetivos medioambientales establecidos en el Reglamento (UE) 2020/852 el Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles, y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088.
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2. Informe, según las bases reguladoras
Se aportará un Informe que incluya:
i. Un plan estratégico donde se indique el origen o lugar de fabricación (nacional, europeo o internacional) de los componentes de la instalación, así como el efecto tractor sobre PYMEs y autónomos que se espera que tenga el proyecto. Deberá incluir, además, estimaciones de su impacto sobre el empleo local y sobre la cadena de valor industrial local, regional y nacional; con el objetivo de que los destinatarios últimos de las ayudas fomenten la creación de empleo en España, y también fomenten la adquisición de equipos, componentes, integraciones de sistemas y software asociado a proveedores ubicados en la Unión Europea, para mejorar de este modo la seguridad de la cadena de suministro. Este documento será publicado por la autoridad convocante de las ayudas.
ii. La acreditación correcta del cumplimiento de la valorización del 70% de los residuos de construcción y demolición generados en las obras civiles realizadas, en caso que hubiera, mediante la presentación de una memoria resumen donde se recoja la cantidad total de residuo generado, clasificados por códigos LER, y los certificados de los gestores de destino, donde se indique el porcentaje de valorización alcanzado. Los residuos peligrosos no valorizables no se tendrán en cuenta para consecución de este objetivo.
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Si la solicitud se realiza a través de representante, sin marcar "para mí" en el tramitador, debe adjuntar este documento de declaraciones responsables, firmado por el destinatario último de la ayuda.
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2. Documento de representación
Documento que acredite la representación conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Además, deberá aportar los datos de identidad de la persona que actúa como representante, en caso de que se oponga a su comprobación. La documentación señalada en este apartado no deberá aportarse si la solicitud se presenta mediante certificado de representante de la persona jurídica solicitante. Para la presente convocatoria, es necesario que la representación a una persona jurídica se realice mediante poder notarial, del destinatario último al representante, otorgando representación para realizar los trámites necesarios en la convocatoria
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1. Informe de reducción de gases de efecto invernadero (GEI igual o superior al 80%
Declaración de que todos los combustibles que se van a utilizar tienen un valor por defecto de reducción de emisiones de GEI del 80 % o superior según los indicados para producción de calor establecidos en el anexo VI de la Directiva (UE) 2018/2001 teniendo en cuenta el sistema de producción y resto de condiciones que determinan dicho valor por defecto, indicando la descripción del combustible o de los combustibles y el valor o los valores por defecto.
En el caso de que alguno de los combustibles que se van a utilizar no cumpla con el requisito anterior, se aportará una memoria firmada por un técnico competente o empresa instaladora donde, para las condiciones previstas para el proyecto y de acuerdo con la metodología del citado anexo VI se justifique que para dicho combustible la reducción de gases de efecto invernadero es igual o superior al 80 %.
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2. Información norma combustibles
Combustible: Para instalaciones menores de 1 MW, información del combustible a utilizar según la UNE-EN-ISO 17225, la norma UNE 164003 o la norma UNE 164004, y para instalaciones mayores o iguales a 1 MW, de no ser un combustible recogido en dicha norma, deberá describirse.
Según modelo | Obligatorio para trámite
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3. Declaración uso combustibles (Calderas de menos de 1MW)
Si se incluyen aparatos de calefacción local o calderas de menos de 1 MW para usos no industriales, deberán presentar una declaración por parte del beneficiario comprometiéndose a utilizar exclusivamente combustibles que dispongan de un certificado otorgado por una entidad independiente acreditada relativo al cumplimiento de la clase A1 según lo establecido en la norma UNE-EN-ISO 17225-2,, de la clase A1 de la norma UNE-EN-ISO 17225-3, de la clase A1 de la norma UNE-EN-ISO 17225-4,, de la clase A1 de la norma UNE-164003 o de la clase A1 de la norma UNE-164004. En el caso de la leña deberá cumplir con la clase de propiedad M20 según lo establecido en la norma UNE-EN-ISO 17225-5. Igualmente se comprometerá a mantener, durante un plazo de 5 años, un registro documental, con los albaranes o facturas de venta del biocombustible que permita acreditar lo anterior.
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4. Acreditación requisitos eficiencia energética
Si se incluyen aparatos de calefacción local o calderas de menos de 1 MW para usos no industriales, deberá presentar una acreditación por parte del fabricante del equipo del cumplimiento de los requisitos de eficiencia energética estacional y emisiones para el combustible que se vaya a utilizar, que no podrán ser menos exigentes que los definidos en el Reglamento de Ecodiseño en vigor (según corresponda, Reglamento (UE) 2015/1185 de la Comisión o Reglamento (UE) 2015/1189 de la Comisión), aunque estén fuera del ámbito de aplicación del mismo.
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5. Declaración valores limite de emisiones
las emisiones procedentes de las instalaciones de 1 MW o superior y menores de 50 MW deberán cumplir con los valores límites de emisión en el Cuadro I, Parte II del anexo II o del anexo III, según proceda, del Real Decreto 1042/2017, de 22 de diciembre, sobre la limitación de las emisiones a la atmósfera de determinados agentes contaminantes procedentes de las instalaciones de combustión medianas y por el que se actualiza el anexo IV de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera, así como con cualquier otra legislación nacional que les sea de aplicación, en el momento de producirse la concesión de la subvención.
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1. Certificado de nombramiento
Certificado o referencia al nombramiento del cargo que firma la solicitud;
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2. Acuerdo de participación
Acuerdo del Órgano en el que se acepte la participación de la entidad en el presente programa de ayudas.
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1. Documento de constitución
Documentación que acredite su constitución. deberá nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación
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2. Compromisos de ejecución
o Documento en el que se haga constar expresamente los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos.
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3. Autorizaciones
Se deberá aportar un escrito, en el que todos los miembros de la agrupación autoricen a la comprobación de oficio de sus datos de estar al corriente de pago con las diversas administraciones, debiendo, en caso de no autorizar, aportar dichos certificados
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1. Certificado de nombramiento
Certificado o referencia al nombramiento del cargo que firma la solicitud;
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2. Acuerdo de participación
Acuerdo del Órgano en el que se acepte la participación de la entidad en el presente programa de ayudas.
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3. Acreditación Cámara de cuentas
Acreditación de estar al día en la obligación de rendir cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón de acuerdo con la normativa aplicable, haber adoptado medidas de racionalización del gasto y presentado planes económico-financieros, en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deudas con proveedores.
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1. Informe de plantilla media
Informe de plantilla media, del mes previo a la solicitud de ayuda, emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social
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2. Declaración responsable del tamaño de empresa
Donde conste el tamaño de empresa, y las empresas asociadas o vinculadas a ella
Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Verificación de Datos de Identidad
Validación de NIF de un contribuyente
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE ENERGÍA Y MINAS
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Más información en las páginas de IDAE y del Gobierno de Aragón.
Recursos y enlaces de interés
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
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Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. De 9 a 14 horas. 976 716 213
Correo electrónico. Servicio de Planificación Energética planificacionenergetica@aragon.es
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
Normativa general
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Real Decreto 377/2022, de 17 de mayo, por el que se amplía la tipología de beneficiarios del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y del Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla
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Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de los programas de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
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Ley 38/2003, de 18 de noviembre, General de Subvenciones
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Real Decreto 406/2023, de 29 de mayo, por el que se modifican el Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, transformación y Resiliencia Europeo; el Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de los programas de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores.
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Real Decreto 1178/2023, de 27 de diciembre, por el que se modifica la normativa reguladora y se adaptan al marco europeo de ayudas de Estado determinados programas de ayudas de rehabilitación energética y energías renovables del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
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Orden EEI/1923/2023, de 28 de diciembre, por la que se modifica la Orden ICD/959/2022, de 14 de junio
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Orden EEI/2022/2023, de 22 de diciembre, por la que se autoriza el incremento de los créditos previstos en la Orden ICD/959/2022, de 14 de junio, por la que se aprueba la convocatoria en Aragón de ayudas para la ejecución de los programas de incentivos
para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
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Ayuda a la tramitación electrónica
Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.
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