Ayuda de apoyo a la integración familiar

Trámite 806

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Detalles del trámite

A través de este trámite, las personas con menores a su cargo que cumplan los requisitos exigidos podrán presentar una solicitud para recibir las ayudas de apoyo a la integración familiar.

Con estas ayudas se evita el internamiento de los menores en centros especializados o la adopción de otras medidas externas de protección.


Dirigido a

  • Personas físicas

Requisitos

  • Ser mayor de edad o menor emancipado con al menos un menor a su cargo.
  • Acreditar el empadronamiento en un municipio de Aragón con residencia efectiva.
  • No superar los ingresos anuales que se especifican en el artículo 28 del Decreto 191/2017, de 28 de noviembre.
  • Excepcionalmente, en el caso de que la unidad de convivencia supere los umbrales económicos, podrá concederse la prestación siempre que el profesional de referencia lo estime imprescindible para garantizar el arraigo convivencial del menor a cargo.

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Plazo permanente

Puedes realizar este trámite de manera:

Presencial - Pasos a seguir
  1. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.

    Descargar formulario
  2. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  3. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana

  4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.

Resolución

3 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

Documentos necesarios

Detalles de documentos para realizar de este trámite.

Presentar en todos los casos

  • 1. Certificado de empadronamiento actualizado de la unidad familiar

    Debe coincidir con quienes consten en la solicitud y con los que realmente residan en el domicilio.

  • 2. Fotocopia completa del libro de familia

    O partida de nacimiento en el caso de extranjeros.

  • 3. Relación de miembros de la unidad familiar

    Con indicación de datos de parentesco.

Otra documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

  • Acreditación de identidad

  • Acreditación de familia numerosa

  • Acreditación parejas de hecho

  • Datos económicos de la persona solicitante


¿Necesitas ayuda?

Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

INSTITUTO ARAGONÉS DE SERVICIOS SOCIALES

Apartado siguiente:

Información adicional

Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.

Información sobre la solicitud

La solicitud de esta ayuda se presenta en los Servicios Sociales Municipales o Servicio Social de Base de la localidad correspondiente.

Estas ayudas son económicas y pueden tener carácter periódico (cuando la situación planteada se prevea duradera por plazo no superior a dos años), o de emergencia puntual (con carácter excepcional, inmediato y único).

Las personas beneficiarias de las ayudas de apoyo a la integración familiar de carácter periódico estarán sujetas a las siguientes obligaciones:

Reclamar durante todo el periodo de duración de la prestación, cualquier derecho y ejercitar las acciones pertinentes para el cobro de aquellos créditos que pudieran corresponder a cualquiera de los miembros de la unidad de convivencia y de los que tenga conocimiento en virtud de título legal o convencional, siempre que el ejercicio de estos derechos no ponga en riesgo la integridad física de cualquier miembro de la unidad familiar.

Escolarizar y poner los medios para garantizar la asistencia efectiva de las personas menores de edad que se encuentren a su cargo.

Comunicar al Centro de Servicios Sociales, en el plazo máximo de quince días desde que se produzcan, las circunstancias sobrevenidas de carácter económico o familiar que, de conformidad con lo dispuesto en el presente decreto, pudieran dar lugar a la modificación, suspensión o extinción del derecho a la prestación.

Comunicar al Centro de Servicios Sociales, en el plazo máximo de quince días, cualquier cambio relativo al domicilio de residencia habitual de la unidad de convivencia.

Mantener el empadronamiento y la residencia efectiva en un municipio de la Comunidad Autónoma de Aragón durante el tiempo que dure la prestación.

Suscribir un programa de atención social y cumplir sus condiciones.

Se podrá solicitar también documentación no especificada, pero que se considere necesaria para la resolución de la solicitud.

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

Durante de la tramitación

Finalización de la tramitación

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Ayuda a la tramitación electrónica

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