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Autorización de veterinario colaborador para la investigación de triquina en cerdos y en jabalíes

N°161

A través de este trámite, las personas licenciadas en veterinaria que cumplan los requisitos de la normativa podrán solicitar una autorización para ejercer como personal veterinario colaborador en la campaña de sacrificio de cerdos para las necesidades personales y de jabalíes abatidos en cacerías para consumo privado. Estas personas deberán solicitar igualmente su autorización como personal colaborador de la Administración

Para poder desarrollar la actividad deberán contar con los medios técnicos legalmente establecidos y aplicar los procedimientos validados por la administración al objeto de garantizar la ausencia de larvas de triquina en la carne de los animales inspeccionados.

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Requisitos

  • Personal licenciado en veterinaria.
  • No realizar ninguna actividad de control oficial ni desarrollar ningún servicio público en la administración pública, organismos autónomos, empresas públicas u otras entidades de derecho público.
  • Deberá estar de alta en el Colegio de Veterinarios.
  • Deberán acreditar la disposición de los medios técnicos necesarios para la realización de la investigación de triquinas de acuerdo con las técnicas oficiales.
  • Deberán permitir y facilitar que el personal técnico del Departamento de Sanidad realice cuantas comprobaciones sean convenientes para poner de manifiesto el cumplimiento de lo establecido en la Orden.
  • No deberá haber sido sancionado o inhabilitado en virtud de expediente incoado por infracciones a la legislación vigente en materia de Sanidad o Bienestar animal, ni haber sido revocada su autorización como personal veterinario colaborador en el periodo de tres años previos a la solicitud de autorización.
  • Comunicar cualquier resultado positivo en la detección de triquinas realizada o del diagnóstico de cualquier otra zoonosis y/o epizootia a la coordinación oficial de la zona veterinaria correspondiente en un plazo máximo de 24 horas.
  • Elaborar y trasladar a la coordinación de la zona veterinaria en la que se ubica el laboratorio de detección de triquinas, copia del registro de muestras en el plazo de quince días tras la finalización de la campaña.
  • Colaborar con el Departamento de Sanidad en las tareas de información y divulgación sanitaria relacionadas con la actividad para la que se le faculta, así como en la investigación de los posibles casos de triquina, incluyendo los aspectos relativos al destino de la carne, los productos elaborados, despojos y subproductos.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Autorización

    Modelo normalizado de autorización de personal colaborador en la investigación de triquina.

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

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Presentación de la solicitud

Presencial

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Resolución

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