Sondeos arqueológicos
En plazo permanente
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Puedes descargar el formulario en PDF, rellenarlo, firmarlo y presentarlo de forma presencial en una oficina de registro junto con el resto de documentación requerida.
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
En plazo permanente
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Puedes descargar el formulario en PDF, rellenarlo, firmarlo y presentarlo de forma presencial en una oficina de registro junto con el resto de documentación requerida.
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, los Departamentos de las Universidades con competencias en Arqueología, los Museos con especialidad en Arqueología, los Institutos de Prehistoria y Arqueología del CSIC y demás organismos públicos de investigación, así como los particulares con titulación académica superior directamente relacionada con la Arqueología, podrán solicitar la autorización necesaria para la realización de sondeos arqueológicos en territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Un sondeo arqueológico es una remoción de tierras complementarias o no de la prospección, encaminado a comprobar la existencia de un yacimiento arqueológico o reconocer su estratigrafía. Cualquier toma de muestras en yacimientos arqueológicos se considerará dentro de este apartado.
Dirigido a
- Solicitante
Requisitos
- Podrán solicitar autorización los Departamentos de las Universidades con competencias en Arqueología, Los Museos con especialidad en Arqueología, los Institutos de Prehistoria y Arqueología del C.S.I.C y de más organismos públicos de investigación, y los particulares con titulación académica superior directamente relacionada con la arqueología.
- Toda actuación arqueológica solicitada deberá estar integrada en un programa de investigación de las instituciones citadas en el párrafo anterior o avalada por alguna de las mismas.
- Las actuaciones que se soliciten por alguna institución deberán ser dirigidas por persona que reúna los requisitos especificados para los particulares.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Plazo permanente
Puedes realizar este trámite de manera:
Presencial - Pasos a seguir
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Resolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
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1. Datos personales del solicitante
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2. Director y miembros del equipo de investigación
Con sus titulaciones académicas y experiencia profesional en la materia.
Sólo excepcionalmente, cuando la importancia y extensión del proyecto lo justifique, y en el supuesto regulado en el artículo 4.3 del Decreto 6/1990 de la Diputación General de Aragón, se admitirá la cotitularidad de dos directores.
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3. Programa detallado y calendario de los trabajos a efectuar
Con las fechas de iniciación y terminación de los mismos.
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4. Presupuesto económico del proyecto
Especificando los diferentes capítulos de gasto, incluidas las posibles indemnizaciones.
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5. Memoria sucinta de los objetivos que justifique el interés de la actuación
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6. Plano topográfico
En el que deberán fijarse los límites de la actuación y los terrenos donde se ubica.
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7. Certificación de la institución
A que se refiere el artículo 4 del Decreto 6/1990 de la Diputación General de Aragón, acreditativa de haber adoptado el acuerdo de solicitar la autorización o de conceder el aval al solicitante. Deberá igualmente justificarse el cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 8 de ese Decreto.
-
8. Plano detallado de la zona de ejecución de los sondeos
De carácter catastral en el caso de que afecte a terrenos sometidos a cualquier clase de aprovechamiento.
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9. Informe sobre el yacimiento
Que recoja todo los datos conocidos sobre el mismo y los necesarios para su precisa localización.
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10. Proyecto global de actuación sobre el yacimiento
Especificando las fases de ejecución previstas cuando existan.
-
11. Autorización del propietario de los terrenos en que se va a producir la actuación
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO CULTURAL
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
La actuación arqueológica solicitada deberá contener las garantías económicas necesarias para su correcta ejecución. En este sentido podrán existir 3 vías de financiación:
- Financiación de terceros por encargo dentro de medidas derivadas del procedimiento de Impacto Ambiental, obligaciones en la ejecución de Planes y Proyectos. Se requerirá hoja de encargo.
- Financiación para la investigación derivada de Proyecto Europeos, Estatales, Autonómicos, otras entidades o propia. Se requerirá documentación justificativa del Proyecto de investigación.
- Financiación para la investigación derivada de la aportación económica de la Dirección General de Patrimonio Cultural dentro del Plan General Anual de Investigaciones Arqueológicas
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Presencial - Pasos a seguir
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
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Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
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Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés
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Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español
-
Decreto 6/1990, de 23 de enero, de la Diputación General de Aragón, por el que se aprueba el régimen de autorizaciones para realización de actividades arqueológicas y paleontológicas en la Comunidad Autónoma de Aragón
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Ayuda a la tramitación electrónica
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Servicio de información y registro
Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.