Autorización de publicidad sanitaria
Autorizar la publicidad que realizan los profesionales sanitarios y los centros y consultas sanitarias autorizadas en la Comunidad Autónoma de Aragón y obtener el correspondiente nº de Registro de Autorización de Publicidad Sanitaria (nº RAPS) que deberá exhibirse en la publicidad, siempre que el medio lo permita. Cada texto publicitario tendrá asignado un nº RAPS y este número de registro no se podrá utilizar para otros textos distintos del autorizado.
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Cualquier centro, servicio o establecimiento sanitario que desee publicitarse.
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- Que se desee obtener la autorización de un texto publicitario por parte de centros, servicios y establecimientos sanitarios o directamente por los profesionales sanitarios, sobre aspectos de su actividad profesional sanitaria
- Que se desee renovar una autorización próxima a caducar en su vigencia de 3 años.
Canales de información- Presencial. Servicios Provinciales del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia.
- Teléfono. 976/714000
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* Impreso de solicitud de Autorización de Publicidad Sanitaria
** Texto publicitario que se desea autorizar
** Informe favorable de el/los correspondiente/s colegio/s profesional/es que impliquen la publicidad
** Abono de la Tasa
* Impreso de renovación texto publicitario exactamente idéntico al autorizado previamente
** Abono de Tasa -
Este trámite sólo puede realizarse de forma presencial.
Para llevar a cabo la tramitación, solicita cita previa y ven a nuestras Oficinas de Información y Registro con la documentación requerida cumplimentada y firmada, en el siguiente horario:
De lunes a viernes de 9:00 a 14:00.
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¿Tienes alguna consulta sobre este servicio?
Si tienes alguna duda o consulta sobre este servicio, no dudes en ponerte en contacto con nosotros por teléfono (976 71 41 11) o por correo electrónico (infoyregistro@aragon.es) de acuerdo a los horarios que aparecen a la derecha de esta página.
Para ofrecerte un mejor servicio, indícanos el código de este procedimiento, que es el 1119.
Plazo de presentación:
EN PLAZO
Plazo de resolución:
3 meses.
Antes de iniciar el trámite
Si el trámite requiere de pago de tasas, una vez realizado el pago deberás escanear el justificante para añadirlo durante la tramitación.
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