Autorización de infraestructuras aeronáuticas de uso restringido
A través de estos trámites, se puede solicitar la autorización de nuevas infraestructuras aeronáuticas de uso restringido, o la regularización o modificación de las ya preexistentes, que se encuentran dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Estas infraestructuras podrán albergar operaciones tales como aviación privada y deportiva, escuelas de vuelo, vuelos turísticos, mantenimiento en base, lucha contra incendios, sanitarias, salvamento marítimo, emergencias y trabajos aéreos en general.
Dirigido a
- Aquellas personas físicas o jurídicas que están interesadas en establecer, construir y poner en servicio una nueva infraestructura aeronáutica, o ya son gestores/as y/o titulares de una preexistente que pretenden regularizar o modificar
- Titular: persona física o jurídica que ostenta la propiedad o el derecho sobre la infraestructura
- Gestor/a: persona física o jurídica que gestiona las operaciones en la infraestructura. Es la persona responsable de mantener las condiciones de la autorización, transmitir a los operadores/as cualquier modificación en las mismas o en los procedimientos de operación existentes y responder frente a las obligaciones establecidas en la Ley. Asimismo, es la persona responsable de mantener un listado actualizado de las operaciones y aeronaves que operan en el aeródromo
Requisitos
- Que la infraestructura que se pretende autorizar, modificar o regularizar pueda considerarse aeródromo de uso restringido, es decir, aquella destinada a aeronaves ultraligeras, hidroaeródromos y helipuertos, distinta de los aeródromos de uso público y de los aeródromos eventuales.
Trámites relacionados
Autorización de establecimiento/modificación
A través de este trámite, se solicita la autorización necesaria para establecer una nueva infraestructura aeronáutica de uso restringido o para regularizar o modificar una preexistente. Las autoridades competentes comprobarán que la infraestructura es compatible con el espacio aéreo circundante, que su construcción y operación es viable desde un punto de vista medioambiental y urbanístico, y que su diseño cumple con la normativa pertinente.
En plazo permanente
Autorización de apertura al tráfico
A través de este trámite, se solicita la realización de una inspección in situ de supervisión para llevar a cabo la comprobación, por parte de las autoridades competentes, de que la infraestructura cumple con la normativa pertinente y es apta para su apertura al tráfico aéreo.
En plazo permanente
Contacto y ayuda
- Teléfono. Horario de atención de 09:00 a 14:00 horas. 976 716 906
- Correo electrónico. dgtransportes@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTES
Normativa
Real Decreto 1070/2015, de 27 de noviembre, por el que se aprueban las normas técnicas de seguridad operacional de aeródromos de uso restringido y se modifican el Real Decreto 1189/2011, de 19 de agosto, por el que se regula el procedimiento de emisión de los informes previos al planeamiento de infraestructuras aeronáuticas, establecimiento, modificación y apertura al tráfico de aeródromos autonómicos, y la Orden de 24 de abril de 1986, por la que se regula el vuelo en ultraligero
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Real Decreto 217/2014, de 28 de marzo, por el que se modifican el Real Decreto 862/2009, de 14 de mayo, por el que se aprueban las normas técnicas de diseño y operación de aeródromos de uso público y el Reglamento de certificación y verificación de aeropuertos y otros aeródromos de uso público, y el Real Decreto 1133/2010, de 10 de septiembre, por el que se regula la provisión del servicio de información de vuelo de aeródromos (AFIS)
Real Decreto 1189/2011, de 19 de agosto, por el que se regula el procedimiento de emisión de los informes previos al planeamiento de infraestructuras aeronáuticas, establecimiento, modificación y apertura al tráfico de aeródromos autonómicos, y se modifica el Real Decreto 862/2009, de 14 de mayo, (...), el Decreto 584/1972, de 24 de febrero, de servidumbres aeronáuticas y el Real Decreto 2591/1998, de 4 de diciembre, sobre la ordenación de los aeropuertos de interés general y su zona de servicio, en ejecución de lo dispuesto por el artículo 166 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social
Real Decreto 171/2011, de 11 de febrero, de traspaso de funciones y servicios de la Administración General del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de aeropuertos, aeródromos y helipuertos que no tengan la calificación de interés general, aeropuertos y aeródromos deportivos
Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea
Orden Ministerial 1957/1966, de 26 de octubre, sobre condiciones y normas para aeródromos privados (Boletín Oficial del Ministerio del Aire, 130, de 29 de octubre de 1966)
Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea
Trámites relacionados
En plazo permanente
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