El sábado 20 de abril, entre las 08:00 y las 14:00 horas, el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública efectuará actuaciones de mantenimiento en sus sistemas informáticos que pueden afectar al funcionamiento de las aplicaciones de administración electrónica. Disculpen las molestias.

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Autorización para el uso de cadáveres de animales provenientes de explotaciones ganaderas, con destino a la alimentación de especies necrófagas

N°1655

A través de este trámite, las personas titulares de explotaciones ganaderas que estén ubicadas en zonas declaradas de protección para la alimentación de especies necrófagas (ZPAEN) en Aragón podrán solicitar la autorización de suministro de determinados productos o subproductos animales no destinados al consumo humano para la alimentación de especies necrófagas en zonas de protección.

Plazo de presentación

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En plazo

Iniciar trámite

Dirigido a

  • Titulares de explotaciones extensivas ubicadas en ZPAEN

Requisitos

  • Que las explotaciones ganaderas estén ubicadas en ZPAEN.
  • Que no desarrollen un aprovechamiento ganadero intensivo.
  • Que cumplan el programa de vigilancia de las encefalopatías espongiformes transmisibles de los animales (EET), y en concreto, las pruebas previstas en el anexo II del Real Decreto 3454/2000, de 22 de diciembre, por el que se establece y regula el Programa Integral coordinado de vigilancia y control de las encefalopatías espongiformes transmisibles de los animales.
  • Que participen en los programas nacionales o autonómicos de vigilancia, control y erradicación de enfermedades que establezca la Dirección General competente en materia de sanidad animal, y cuenten con la calificación sanitaria en aquellas enfermedades cuya regulación la contempla. Esta Dirección General podrá exceptuar este requisito en función del análisis de los riesgos en cada caso.
  • No estar inmersas en procesos administrativos o penales por uso o tenencia de sustancias relativas a la alimentación animal prohibidas o autorizadas usadas ilegalmente.
  • No estar sometidas a restricciones de movimientos por sospecha o confirmación de enfermedades de declaración obligatoria.
  • Que tengan contratado un seguro agrario para la cobertura de los gastos derivados de la destrucción de animales muertos en la explotación ganadera o suscrito un contrato con una empresa de recogida de cadáveres de animales.

Documentación

Presentar en todos los casos:

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

Descargar formulario

Información adicional

Los titulares de explotaciones autorizadas quedarán obligados a el mantenimiento de un sistema de registro de los animales destinados a la alimentación de las especies necrofagias de interés comunitario, utilizando para ello el modelo de Registro de animales usados para la alimentación de especies necrófagas de interés comunitario en zonas de protección.

Si al presentar su solicitud por vía telemática les surge alguna dificultad técnica dirigirse a soportesae@aragon.es ó llamando al teléfono 976289414 (de 8:00 a 18:00 de lunes a jueves y de 8:00 a 16:00 los viernes).

Presentación de la solicitud

Telemática

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