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Autorización para uso común especial en montes gestionados por el Gobierno de Aragón

N°975

A través de este trámite, cualquier persona, entidad, empresa o institución interesada en el uso común especial en montes gestionados por el Gobierno de Aragón podrá solicitar la autorización necesaria para la celebración de actos en los mismos.

Se considera uso común especial, entre otros, a la celebración de eventos que conlleven una afluencia de público indeterminada, por ejemplo: romerías o competiciones deportivas; la circulación con vehículos a motor en pistas forestales de montes públicos no abiertas al tránsito general, incluyendo competiciones o pruebas deportivas o rutas turísticas y culturales, siempre que no exista contraprestación económica y se circule exclusivamente por pistas forestales.

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Iniciar trámite

Dirigido a

  • Personas físicas
  • Personas jurídicas
  • Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Aragón
  • Empresas privadas
  • Entidades o instituciones sin ánimo de lucro

Requisitos

  • Por uso común especial se entiende toda actividad que por su intensidad, multiplicidad o peligrosidad exija la intervención de la Administración forestal autónomica gestora de los montes de titularidad pública en que se realice.
  • Nunca podrá excluir el uso común general
  • Esta autorización administrativa en todo caso tendrá carácter temporal
  • El promotor de la actividad tendrá la obligación de asumir la reparación de los daños ocasionados, y se le podrá exigir una fianza cuando la actividad se desarrolle con vehículo a motor.
  • La autorización estará sujeta a lo dispuesto en el correspondiente instrumento de gestión cuando tengan carácter tradicional y periódico.
  • Se deberá contar con la conformidad de la entidad propietaria.

Pago de tasas

Tarifa 21 (tasa 17): Autorización de uso común especial en montes gestionados por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, para usos, rutas o pruebas deportivas sin vehículos a motor, así como para usos turísticos, culturales y educativos no deportivos con vehículos a motor

Accede aquí para proceder al pago de la tasa

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Documentación acreditativa

  • Justificante del pago de la tarifa 21 (tasa 17)

    Tasa por servicios facultativos y administrativos en materia de montes, aprovechamientos forestales y vías pecuarias, en concreto, por Autorización de uso común especial en montes gestionados por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, para usos, rutas o pruebas deportivas sin vehículos a motor, así como para usos turísticos, culturales y educativos no deportivos con vehículos a motor (100,00 €)

  • Geolocalización exacta de la actividad

Información adicional

Se tramita en los Servicios Provinciales del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente

Coordina: Servicio de planificación y gestión forestal de la Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal, que será el organismo tramitador en eventos que afecten a dos provincias

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

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Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

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Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

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Resolución

3 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

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