Convocatoria 2023

Trámite 10061

Plazo pendiente de definir

Aún no es posible presentar el trámite

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Detalles del trámite

A través de este trámite se puede solicitar una beca para la utilización del servicio de comedor escolar y el tiempo en el que se desarrolla el servicio por parte del alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón y las becas de comedor que complementan las becas de comedor escolar durante el periodo estival no lectivo para el curso 2023-2024.


Dirigido a

  • Alumnado que en el curso escolar 2023-2024 vaya a cursar estudios de segundo ciclo de Educación Infantil y de Educación Primaria en centros que impartan Educación Infantil y Primaria, y en centros de Educación Especial sostenidos con fondos públicos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón
  • Asimismo, el alumnado que vaya a cursar el tercer curso del primer ciclo de Educación Infantil en Centros de Educación Infantil y Primaria Centros Públicos Integrados, Centros Rurales Agrupados y Centros de Educación Especial de carácter público de la Comunidad Autónoma de Aragón

Requisitos

  • Tener su domicilio en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • El alumno/a deberá estar matriculado/a en un centro sostenido con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón o hallarse en el proceso de admisión correspondiente para el curso escolar 2024/2025.
  • Comunicar al Departamento concedente de forma inmediata, y en todo caso con anterioridad a la justificación de la subvención concedida al amparo de esta orden, la obtención de cualquier otra subvención, ayuda, ingresos o recursos que financien la misma actuación subvencionada.
  • El máximo de renta familiar para tener acceso a las becas de comedor escolar será de dos veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) vigente para el periodo objeto de la convocatoria.
  • No deberán encontrarse en ninguna de las prohibiciones o exclusiones recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2013, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Igualmente, deberán haber cumplido con la finalidad correspondiente respecto a las subvenciones que le hayan sido concedidas con anterioridad para el mismo destino y finalidad en ejercicios anteriores
  • No haber sido sancionado por resolución administrativa firme por atentar, alentar o tolerar prácticas en contra de los derechos de las personas LGTBI, conforme a lo establecido en el artículo 39.3 de la Ley 18/2018, de 20 de diciembre, de igualdad y protección integral contra la discriminación por razón de orientación sexual, expresión e Identidad de género en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Plazo pendiente de definir

Ambos días incluidos

Puedes realizar este trámite de manera:

Electrónica - Pasos a seguir

Presencial - Pasos a seguir
  1. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  2. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
  3. Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.

Resolución

3 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

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¿Necesitas ayuda?

Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA EDUCATIVA, ORDENACIÓN ACADÉMICA Y EDUCACIÓN PERMANENTE

Apartado siguiente:

Información adicional

Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.

Información sobre la solicitud

La cuantía individualizada de las becas que faciliten la utilización del servicio de comedor escolar y el tiempo en el que se desarrolla el servicio por parte del alumnado es de ochocientos sesenta euros (860 euros) por beneficiario y curso escolar completo. El importe mensual individual de la ayuda ascenderá a ochenta y seis euros (86 euros)€por beneficiario y mes. No se podrá subvencionar una cuantía superior al coste de la actividad subvencionada.

Las subvenciones durante los meses de junio a septiembre no lectivos se llevarán a cabo preferentemente de manera articulada con programas de apertura de centros, como el programa "Abierto por vacaciones" del Gobierno de Aragón, u otros de naturaleza similar. En los supuestos en que no sea posible lo anterior, se podrá efectuar el pago directamente al padre, madre, tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor, o representante legal, según corresponda, del alumnado que reúna los requisitos para ser beneficiario de las becas, por una cuantía individual de 180 euros por menor de edad escolar, por todo el periodo estival, aumentándose dicha cuantía en una cantidad de 120 euros por cada hermano que conviva en la misma unidad familiar siempre que cumpla los requisitos establecidos en el apartado anterior, hasta una cantidad máxima de 600 euros por unidad familiar.

Si el beneficiario accede al programa. En relación con el alumnado destinatario al que se reconozca una cuantía económica durante todo el periodo escolar, el importe de la prestación será de 720 euros durante el periodo escolar, reduciéndose a 480 euros por cada hermano destinatario que conviva en el misma unidad familiar.

Los documentos exigidos que ya estuvieran en poder de la Administración, el solicitante no estará obligado a presentarlos, siempre que se haga constar el momento y el órgano o dependencia en que fueron presentados.

Los solicitantes de estas ayudas que hayan resultado beneficiarios en el curso anterior y no vean modificados los datos de identidad, filiación o custodia necesarios para su otorgamiento, no deberán presentar dicha documentación acreditativa. Si se viera modificada alguna o algunas circunstancias, deberá aportar únicamente el documento o documentos acreditativos que correspondan, de conformidad con lo establecido en el anexo I.

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Apartado siguiente:

Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

Durante de la tramitación

Finalización de la tramitación

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Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

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Ayuda a la tramitación electrónica

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