Creación de un museo

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Detalles del trámite

A través de este trámite, se podrá solicitar la creación de un museo en Aragón. Para ello se deben cumplir una serie de requisitos y se debe aportar la documentación necesaria para conseguir la autorización por parte del Gobierno de la Comunidad Autónoma.

Se podrán crear tanto museos interdisciplinares, que ofrezcan una visión global del desarrollo histórico-cultural de Aragón, como museos especializados en determinados aspectos de la historia o de la cultura, en una dimensión que puede abarcar desde el nivel local hasta el internacional.

El nuevo museo quedará inscrito en el Registro de Museos de Aragón.


Dirigido a

  • Personas físicas o jurídicas interesadas en la creación de museos.

Requisitos

  • Cualquier trámite o procedimiento asociado a los Museos inscritos en el Registro de Museos de Aragón o bien que deseen inscribirse

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Plazo permanente

Puedes realizar este trámite de manera:

Presencial - Pasos a seguir
  1. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.

    Descargar formulario
  2. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  3. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana

  4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.

Resolución

3 meses.

Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.

Saber más sobre el silencio administrativo

Documentos necesarios

Detalles de documentos para realizar de este trámite.

Presentar en todos los casos

  • 1. Acreditación de la personalidad de los promotores del museo

    Y/o de la representación de la misma.

  • 2. Memoria explicativa de los motivos de creación

    Función socio cultural y actividades del museo que se pretende.

  • 3. Descripción y características del inmueble

    En que se vaya a ubicar al museo así como el título jurídico que faculte para su utilización.

  • 4. Proyecto técnico de instalación y de los medios de seguridad

    Y conservación previstos para el mismo.

  • 5. Fondos con los que se pretende dotar al museo

    Y fuentes de financiación previstas.

  • 6. Descripción de los servicios museísticos

    Régimen de acceso a investigadores y estudiosos; horarios de apertura y cierre y ordenación de las visitas del público.

  • 7. Propuesta de reglamento o normas de funcionamiento interno


¿Necesitas ayuda?

Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA

Apartado siguiente:

Información adicional

Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.

Información sobre la solicitud

El acto que eventualmente autorice la creación del museo acordará su inscripción en el Registro de Museos de Aragón, requisito indispensable para recibir ayudas y subvenciones del Gobierno de Aragón y para acoger en depósito bienes de interés museográfico de su titularidad.

La autorización de creación de un museo por el Gobierno de Aragón podrá caducar en los siguientes supuestos:

- Si el proyecto que acompaña a la petición no se lleva a cabo en el plazo máximo de 18 meses a contar de la fecha de la autorización.

- Si el centro deja de cumplir los requisitos exigidos por la legislación vigente.

- Si los datos del centro en cuestión que figuran en el Registro de Museos de Aragón fuesen modificados sin notificarse a la Dirección General competente en materia de museos por el titular o el director del centro."

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

Durante de la tramitación

Finalización de la tramitación

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Normativa

Normativa aplicable a este trámite.

Normativa específica

  • Ley 7/1986, de 5 de diciembre, de Museos de Aragón

  • Decreto 56/1987, de 8 de mayo, de la Diputación General de Aragón, de desarrollo parcial de la Ley de Museos de Aragón, en su redacción vigente, tras su modificación por las disposiciones adicionales segunda, tercera y cuarta del Decreto 38/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón por el que se regula el Registro de Museos de Aragón

  • URL: http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VERDOC&BASE=BZHT&PIECE=BOLE&DOCR=3&SEC=BUSQUEDA_AVANZADA&RNG=10&SORT=-PUBL&SEPARADOR=&&* -C=DECRETO+56/1987+++++8++++MAYO++++++++DIPUTACI%f3N+GENERAL++++ARAG%f3N+++++DESARROLLO+PARCIAL+++++++LEY++++MUSEOS++++ARAG%f3N

Normativa general

Apartado anterior:

Ayuda a la tramitación electrónica

Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.

Más información

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