Ejecución de sondeos y pozos para el alumbrado de agua (agrícola, industrial o de abastecimiento) y pozos para energía geotérmica
En plazo permanente
-
Puedes descargar el formulario en PDF, rellenarlo, firmarlo y presentarlo de forma presencial en una oficina de registro junto con el resto de documentación requerida.
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
En plazo permanente
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Puedes descargar el formulario en PDF, rellenarlo, firmarlo y presentarlo de forma presencial en una oficina de registro junto con el resto de documentación requerida.
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, las personas físicas o jurídicas interesadas podrán presentar una solicitud para obtener la autorización necesaria para la ejecución de sondeos y pozos para el alumbramiento de agua con fines agrícolas, industriales o de abastecimiento y para encontrar energía geotérmica.
Dirigido a
- Personas físicas
- Personas jurídicas
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Plazo permanente
Puedes realizar este trámite de manera:
Presencial - Pasos a seguir
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Resolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
-
1. Instancia
En la que conste:
- Nombre y apellidos o razón social.
- Vecindad y domicilio del peticionario.
-
2. Acreditación de la personalidad del solicitante
Mediante fotocopia del Documento Nacional de Identidad (en adelante D.N.I.), si se trata de persona física, o D.N.I. del representante legal, Número de Identificación Fiscal (en adelante N.I.F.), poderes de representación compulsados y escritura de constitución si se trata de una sociedad o entidad con o sin personalidad jurídica.
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3. Acreditación de la titularidad de los terrenos
Donde se pretenda llevar a cabo la ejecución del sondeo o pozo, o autorización de su propietario.
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4. Contrato de trabajo
Entre la empresa promotora y la empresa ejecutora del sondeo.
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5. Proyecto técnico de ejecución
Firmado por Técnico Competente que deberá comprender en todo caso:
- Datos del solicitante
- Ubicación del pozo. Indicando polígono y parcela, así como coordenadas U.T.M. ETRS-89 (Sistema de coordenadas universal transversal de Mercator - Sistema de Referencia Terrestre Europeo 1989) del punto de perforación.
- Descripción geológica.
- Usos del agua.
- Volumen a extraer.
- Características del pozo. Profundidad, diámetro, entubación, instalación eléctrica, equipo de bombeo, etc.
- Descripción hidrogeológica.
- Medidas previstas, en su caso, para evitar la comunicación entre acuíferos y su contaminación.
- Evaluación de Impacto Ambiental. En caso de encontrarse dentro de los supuestos previstos en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre de Prevención y Protección Ambiental de Aragón se someterá al trámite de Evaluación de Ambiental ante el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.
- Maquinaria y personal a emplear.
- Técnica o técnicas de perforación.
- Esquema del pozo.
- Fechas de ejecución previstas.
- Presupuesto.
- Plano de situación, geológico y catastral.
-
6. Documento sobre Seguridad y Salud
Que se ajuste a lo establecido en la Orden ITC/101/2006, de 23 de enero, por la que se regula el contenido mínimo y estructura del Documento sobre Seguridad y Salud, adaptado a las características propias de la obra.
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7. Nombramiento de la Dirección Facultativa
Con aceptación expresa del Técnico Competente para la ejecución del proyecto.
-
8. Disposiciones Internas de Seguridad
De los trabajos necesarios para la ejecución del citado pozo redactadas por la Dirección Facultativa.
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE ENERGÍA Y MINAS
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Se deberá contar con la preceptiva Autorización del Organismo de Cuenca que corresponda, en caso de aprovechamiento de aguas, además de la correspondiente licencia municipal.
Se deberá solicitar posteriormente la autorización de puesta en servicio del pozo o sondeo.
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Presencial - Pasos a seguir
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. Huesca. 974293080 / Teruel. 978641226 / Zaragoza. 976714085
Correo electrónico. Huesca. minas.huesca@aragon.es / Teruel. stminas@aragon.es / Zaragoza. spzindminas@aragon.es
Teléfono. Sección de Minas de Zaragoza 976 714 085
Correo electrónico. Sección de Minas de Zaragoza spzindminas@aragon.es
Teléfono. Sección de Minas de Huesca 974 293 141
Teléfono. Sección de Minas de Teruel 978 641 110
Correo electrónico. Sección de Minas de Huesca minas.huesca@aragon.es
Correo electrónico. Sección de Minas de Teruel stminas@aragon.es
Página web. Página de Minería de Gobierno de Aragón
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
-
Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas
-
Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería
-
Ley 54/1980, de 5 de noviembre, de modificación de la Ley de Minas, con especial atención a los recursos minerales energéticos
-
Real Decreto 863/1985, de 2 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera
-
Orden, de 2 de octubre, por la que se aprueban Instrucciones Técnicas Complementarias de los capítulos V, VI y IX del reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, de 1985
-
Real Decreto 1389/1997, de 5 de septiembre, por el que se aprueban las disposiciones mínimas destinadas a proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en las actividades mineras
-
Real Decreto 3255/1983, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Minero
Normativa general
-
Ley 22/1973, de 21 de julio, Ley de Minas
-
Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, Reglamento General para el Régimen de la Minería
-
Ley 54/1980, de 5 de noviembre, Modifica la Ley de Minas, con especial atención a los recursos minerales energéticos
-
Real Decreto 863/1985, de 2 de abril, Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera
-
Real Decreto 1389/1997, de 5 de septiembre, Disposiciones mínimas destinadas a proteger la seguridad y salud de los trabajadores en las actividades mineras
-
Real Decreto 3255/1983, de 21 de diciembre, Estatuto del Minero
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Ayuda a la tramitación electrónica
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Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.