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Subvenciones para programas formativos dirigidos a personas trabajadoras prioritariamente ocupadas, vinculadas a la obtención de certificados profesionales

N° 9358

A través de este trámite, se puede presentar solicitudes para optar a subvenciones para el desarrollo de un Plan destinado a la actualización de las competencias laborales y mejora de la empleabilidad de las personas trabajadoras prioritariamente ocupadas de Aragón, a través de acciones de Formación Profesional para el Empleo dirigidas a la obtención de certificados profesionales.

Plazo de presentación

Del 06/10/2025 al 10/10/2025

En plazo

Iniciar trámite

Dirigido a

  • Las entidades de formación cuyos centros de formación se hallen acreditados y/o inscritos, a fecha de publicación de esta convocatoria, en el Registro de Centros Colaboradores en materia de Formación e Inserción profesional de la Comunidad Autónoma de Aragón, o en su caso, en el Registro Estatal de Entidades de Formación, siempre y cuando, en el momento de iniciar la formación, dispongan de instalaciones en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón debidamente inscritas y/o acreditadas que permitan la impartición de las especialidades formativas solicitadas.

Requisitos

  • De los centros y entidades beneficiarias:
    • Estar acreditados, a fecha de publicación de la convocatoria, en el Registro de centros y entidades de formación del Instituto Aragonés de Empleo, o en su caso, en el Registro Estatal de Entidades de Formación, siempre y cuando, en el momento de iniciar la formación, dispongan de instalaciones en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón debidamente inscritas y/o acreditadas que permitan la impartición de las especialidades formativas solicitadas.
    • Las instalaciones y recursos podrán ser propios o bien de titularidad de terceras entidades privadas o públicas cuando ello no implique subcontratar la ejecución de la actividad formativa, debiendo aportar en este caso el correspondiente acuerdo o contrato de disponibilidad.
    • Ejecutar las acciones formativas por si mismas, no pudiendo subcontratar su ejecución. La contratación de personal docente para la impartición de la formación subvencionada, y la contratación de personal autónomo a nivel individual por parte del beneficiario, no se considerará subcontratación.
    • Las entidades de formación podrán presentar solicitudes correspondientes a un programa sectorial y a otro transversal.
    • No podrá solicitarse ningún programa de formación por importe superior a ciento veinte mil euros (120.000 €).

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Modelo de solicitud y listado de acciones formativas sectorial o transversal

    Las solicitudes y listados de acciones formativas deberán cumplimentarse a través de PAS WEB Ocupados CP 2025 disponible en la url: https://plan.aragon.es/inaem/pas/pasocupados.nsf descargarse y presentarse electrónicamente, preferentemente través del Registro Electrónico de Aragón.

  • Declaración responsable

    las personas físicas y jurídicas, distintas de las entidades de derecho público, con ánimo de lucro sujetas a la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, deberán acreditar cumplir, en los términos dispuestos en el artículo 13.3 bis. de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los plazos de pago que se establecen en la citada Ley para obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora.

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

En el caso de que la entidad de formación se halle acreditada en el Registro estatal de entidades de formación:

  • Declaración responsable y/o acuerdo de disponibilidad de instalaciones en Aragón

Cuando la entidad solicitante sea una entidad local:

  • Certificado o declaración responsable de tres extremos:

    - Que está al corriente en la obligación de rendir sus cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón de acuerdo con la normativa aplicable.

    - Que ha adoptado medidas de racionalización del gasto.

    - Que ha presentado planes económico-financieros, en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deudas con proveedores, todo ello conforme a lo dispuesto en el artículo 9.c) de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.

Para subvenciones de importe superior a 30.000 euros:

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  3. Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 06/10/2025 al 10/10/2025

En plazo

El plazo de presentación de solicitudes es de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”.

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

Tres meses desde la fecha de publicación de esta convocatoria

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

¿Cómo realizar este trámite?

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