Convocatoria 2023
Fuera de plazo - Del 01/06/2023 al 21/06/2023
El plazo de presentación terminó el 21 junio 2023
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Puedes descargar el formulario en PDF, rellenarlo, firmarlo y presentarlo de forma presencial en una oficina de registro junto con el resto de documentación requerida.
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Fuera de plazo - Del 01/06/2023 al 21/06/2023
El plazo de presentación terminó el 21 junio 2023
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Puedes descargar el formulario en PDF, rellenarlo, firmarlo y presentarlo de forma presencial en una oficina de registro junto con el resto de documentación requerida.
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a subvenciones para la financiación de programas de interés social con cargo a la asignación tributaria del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Estas ayudas están dirigidas a entidades del Tercer Sector de Acción Social, así como a organizaciones no gubernamentales y las agrupaciones de organizaciones con o sin personalidad jurídica.
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PROPUESTA DE RESOLUCIÓN CONVOCATORIA IRPF 2023
Propuesta de resolución de la convocatoria de subvenciones para la financiación de programas de interés social en la Comunidad Autónoma de Aragón, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, 2023
Dirigido a
- Entidades del Tercer Sector de Acción Social
- Cruz Roja Española
- Otras entidades y organizaciones no gubernamentales
- Agrupaciones de organizaciones, con o sin personalidad jurídica
Requisitos
- Entidades del Tercer Sector de Acción Social, Cruz Roja y entidades y organizaciones no gubernamentales.
- Estar legalmente constituidas, al menos con dos años de antelación a la fecha de publicación de la convocatoria.
- Estar debidamente inscritas en el correspondiente registro administrativo dentro del plazo de presentación de las solicitudes de subvención.
- Carecer de fines de lucro. Se considerarán también entidades sin fines de lucro aquellas que desarrollen actividades de carácter comercial, siempre que los beneficios resultantes de las mismas se inviertan en su totalidad en los fines sociales previstos en el artículo 3 del Real Decreto 195/1989, de 17 de febrero, por el que se establecen los requisitos y procedimiento para solicitar ayudas para fines de interés social, derivadas de la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- Tener expresamente recogidos en sus estatutos fines institucionales adecuados para la realización de las actividades consideradas como financiables en cada convocatoria.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda del Estado como con la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y frente a la Seguridad Social, así como no tener deuda pendiente de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Desarrollar sus actividades de manera real y efectiva en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón, acreditando disponer de sede o delegación física en Aragón y estructura suficiente, acreditando la experiencia operativa necesaria para ello, para garantizar el cumplimiento de sus fines.
- Haber justificado, en su caso, las ayudas económicas recibidas con anterioridad, en la misma línea de subvención, por la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Agrupaciones de organizaciones, con o sin personalidad jurídica.
- Deberán indicar los compromisos asumidos por cada uno de las entidades y el importe de la subvención a aplicar a cada una de ellas.
- Las agrupaciones sin personalidad jurídica, deberán nombrar un representante con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como entidad beneficiaria, corresponden a la agrupación
- La agrupación no podrá disolverse hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 50 y 76 del texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón.
- Una misma entidad no podrá ostentar simultáneamente la condición de ejecutante de un proyecto presentado por una federación, confederación o persona jurídica similar, y de beneficiaria del mismo proyecto presentado por ella misma.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 01/06/2023 a las 00:00 h
Fin: 21/06/2023 a las 23:59 h
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Resolución
3 meses a contar desde día siguiente a publicación en el BOA
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
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1. Solicitud
La solicitud se genera en la plataforma de tramitación. Una vez cumplimentada y firmada, se presenta con el resto de documentación a través de dicha plataforma.
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2. Modelos de memorias e instrucciones (anexo III)
Modelos de memoria de entidad y de memoria para cada proyecto presentado e instrucciones para su cumplimentación. La parte correspondiente a la memoria de la entidad se presentará obligatoriamente a través del formulario autorrellenable, denominado memoria explicativa de la entidad, que aparece más abajo, que se descargará y firmará en local, adjuntándose posteriormente como documento en la solicitud.
Documentos a aportar si cumples estas condiciones:
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
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1. Acreditación de la personalidad de la entidad solicitante de la subvención
En el caso de presentar la solicitud por primera vez o si ha habido cambios en la documentación
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2. Identificación fiscal de la entidad solicitante
En el caso de presentar la solicitud por primera vez o si ha habido cambios en la documentación
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3. Acreditación de la representación
En el caso de presentar la solicitud por primera vez o si ha habido cambios en la documentación
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4. Inscripción en el registro administrativo que corresponda
Resolución de inscripción o solicitud de inscripción. En el caso de presentar la solicitud por primera vez o si ha habido cambios en la documentación.
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5. Cumplimiento normativa sobre protección de datos de carácter personal
Declaración responsable del cumplimiento por la entidad de la normativa sobre
protección de datos de carácter personal.
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6. Ficha de terceros
Sólo en los casos de nuevas altas o cambio de cuenta bancaria, tramitación telemática en el siguiente enlace: https://www.aragon.es/-/fichas-de-terceros-gobierno-de-aragon
Se ha de cumplimentar así mismo el campo relativo al IBAN de la cuenta corriente en la plataforma de tramitación de las solicitudes.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
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1. Comunicación de otras ayudas o subvenciones
En el caso de haber solicitado o recibido ayudas en anteriores convocatorias de la misma línea de subvención deberá identificar las ayudas y adjuntar la solicitud o resolución de concesión de cada una de ellas.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Documento de identidad del representante de la entidad
En el caso de presentar la solicitud por primera vez o si ha habido cambios en la documentación.
Documento acreditativo de estar al corriente de las obligaciones tributarias
Acreditación de estar al corriente de pago con la C.A. de Aragón
Documento acreditativo de estar al corriente de pago con la Seguridad Social
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA DEL DEPARTAMENTO DE BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
- La solicitud se cumplimenta en la plataforma disponible en https://ptsis.aragon.es/logon
- Una vez cumplimentada la solicitud y adjuntada la documentación correspondiente, se procede a su firma electrónica, y presentación telemática a través del registro electrónico.
- Igualmente, las subsanaciones y aportaciones complementarias se presentarán a través de dicha aplicación.
- La guía de justificación y sus anexos podrán consultarse en esta página y en la dirección https://www.aragon.es/-/justificacion-subvenciones-interes-social-con-cargo-al-irpf . La justificación debe presentarse a través de la plataforma citada.
Recursos y enlaces de interés
- Formulario autorrellenable de la memoria de la entidad (obligatoria su cumplimentación a través del formulario. Tras firmarse, subirse a la plataforma)
- Plataforma de tramitación de subvenciones para programas de interés social financiados con cargo a la asignación tributaria del IRPF
- Manual de utilización de la plataforma de tramitación de subvenciones para programas de interés social financiados con cargo a la asignación tributaria del IRPF
- Relación de programas, prioridades y requisitos de la convocatoria de subvenciones con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Año 2023 (Anexo I)
- Criterios de valoración a utilizar por la Comisión de Valoración (Anexo II)
- Información complementaria y videos informativos
- EXTRACTO de la Orden CDS/694/2023, de 17 de mayo (convocatoria subvenciones financiación programas interés social en la C.A. de Aragón, con cargo a la asignación tributaria del IRPF, 2023)
- Orden BSF/1569/2023, de 31 de octubre, por la que se modifica el importe máximo de la convocatoria de subvenciones aprobada mediante Orden CDS/694/2023, de 17 de mayo
- Instrucciones y Modelos para la renuncia o reformulación (programas de gasto corriente e inversión)
- ORDEN BSF/1884/2023, de 15 de diciembre, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones para la financiación de programas de interés social en la CA de Aragón (asignación tributaria IRPF-2023)
- Guía de Justificación y anexos
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Durante de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
3 meses a contar desde día siguiente a publicación en el BOA
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. 976 715 739
Correo electrónico. programasirpf@aragon.es
Otros canales. Horario teléfono 9 a 14 horas
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
Normativa general
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Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón.
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Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
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Orden BSF/402/2024, de 22 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a fines de interés social en la Comunidad Autónoma de Aragón, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades.
-
Orden 481/2025, de 24 de abril, ORDEN BSF/481/2025, de 24 de abril, por la que se hace pública la convocatoria de subvenciones destinadas a fines de interés social en la Comunidad Autónoma de Aragón, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, 2025.
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Resolución de 22 de enero de 2024 de la Secretaria General Técnica de Bienestar Social y Familia, por la que se establecen condiciones para la justificación, mediante el método de informe de auditoría, de las subvenciones para programas de interés social en la Comunidad Autónoma de Aragón con cargo a la asignación tributaria del IRPF, convocatorias de 2021, 2022 y 2023.
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Orden BSF/1703/2023, de 14 de noviembre, por la que se delegan competencias en el ámbito de las subvenciones reguladas mediante la Orden CDS/303/2020, de 3 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a fines de interés social con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Apartado anterior:
Ayuda a la tramitación electrónica
Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.
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Servicio de información y registro
Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.