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Subvenciones para la financiación de los planes de formación relacionados con el diálogo social y la negociación colectiva

N° 2475

A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a las subvenciones para la financiación de planes de formación, relacionados con el diálogo social y la negociación colectiva.

Estas ayudas están dirigidas a agentes sociales, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro que participen en la negociación colectiva y el dialogo social.

Plazo de presentación

Del 25/07/2025 al 07/08/2025

En plazo

Iniciar trámite

Dirigido a

  • Organizaciones sindicales que participan en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, en los términos establecidos en el artículo 7 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, así como las fundaciones u otras entidades constituidas por aquéllas para la consecución de cualesquiera de esos fines.
  • Organizaciones empresariales que participan en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, en los términos establecidos en la disposición adicional sexta del texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, así como las fundaciones u otras entidades constituidas por aquéllas para la consecución de cualesquiera de esos fines

Requisitos

  • Sólo se podrá solicitar un plan de formación por entidad solicitante.
  • Podrán subcontratar por una sola vez la actividad formativa. La contratación de personal docente para la impartición de la formación subvencionada por parte del beneficiario no se considerará subcontratación. En todo caso, el beneficiario deberá contar con medios propios para las funciones de planificación y coordinación del proyecto, asumiendo, la responsabilidad de la ejecución de la actividad subvencionada frente a la Administración Pública.
  • El límite máximo de subvención a conceder por entidad será de 105.000 €.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Modelo normalizado de solicitud y listado de acciones formativas

    e importe de la subvención solicitada.

  • Documentación que acredite las facultades de representación

    De la persona firmante de la solicitud para actuar en nombre de la persona jurídica solicitante.

  • Copia de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad solicitante.

  • Copia de la documentación de constitución de la entidad solicitante

  • Copia de los estatutos de la entidad solicitante.

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

Descargar formulario

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
    Descargar formulario
  3. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  4. Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 25/07/2025 al 07/08/2025

En plazo

El plazo de presentación de solicitudes es de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”.

Paso 1:

Descarga el formulario principal:

Descargar formulario

No olvides repasar el resto de documentos necesarios:

Consultar documentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

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Resolución

3 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

¿Cómo realizar este trámite?

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