Subvenciones a empresas del sector cultural aragonés afectadas por la crisis de la Covid-19
Fuera de plazo - Del 03/11/2020 al 16/11/2020
El plazo de presentación terminó el 16 noviembre 2020
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Fuera de plazo - Del 03/11/2020 al 16/11/2020
El plazo de presentación terminó el 16 noviembre 2020
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a ayudas para paliar los efectos de la COVID-19.
Estas ayudas están dirigidas a empresas del sector cultural aragonés que se hayan visto afectadas por la crisis provocada por la pandemia.
Otras acciones
Dirigido a
- Empresas, físicas o jurídicas, con domicilio en Aragón cuya actividad empresarial esté relacionada con los sectores culturales vinculados con los audiovisuales, artes escénicas, música, artes visuales, galerías de arte, salas de exhibición, sector del libro, empresas de managemente y contratación de artistas.
- Estar inscritas en algunos de los epígrafes del IAE a fecha de 13 de marzo de 2020 y que se encuentren en activo a fecha de solicitud.
Requisitos
- Empresas, personas físicas o jurídicas, con domicilio en Aragón
- Que realicen la actividad en los sectores culturales vinculados con los audiovisuales, artes escénicas, música, artes visuales, galerías de arte, salas de exhibición, sector del libro, empresas de management y contratación artistas a fecha 13 de marzo de 2020 y se encuentrenen activo a fecha de la solicitud
- Estar inscritas en los epígrafres relacionados:
- 476.1 Edición de libros
- 615.6 Galerías de arte
- 659.4 Comercio menor de libros, periódicos, revistas
- 851 Representantes técnicos de espectáculos
- 853 Agentes de colocación de artistas
- 861 Pintores, escultores, ceramistas, artesanos, grabadores y artistas similares
- 961.1 Producción de películas cinematográficas (incluso vídeos)
- 965.1 Espectáculos en salas y locales
- 965.2 y 965.3 Espectáculos al aire libre y fuera de establecimiento permanente
- 965.4 Empresas espectáculos
- 969.1 Salas de baile y discotecas
- 983 Agencias de colocación de artistas
- Sección 3. Actividades artísticas: Agrupación 01 ( Actividades relacionadas con el cine, el teatro y el circo), Agrupación 02 (Actividades relacionadas con el baile) y Agrupación 03 (Actividades relacionadas con la música)
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 03/11/2020 a las 00:00 h
Fin: 16/11/2020 a las 23:59 h
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Presencial - Pasos a seguir
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Resolución
6 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
-
1. Solicitud
Anexo I.
-
2. Certificado censo actividades
Certificado actualizado de la Agencia Estatal Tributaria de la situación en el censo de Actividades Económicas en el que conste el epígrafe en el IAE y/o CNAE. Deberá ser expedido a partir la fecha de la publicación de la Orden.
-
3. Documento acreditativo de la representación de la persona jurídica
Salvo que se presente la solicitud con certificado digital de representante de persona jurídica.
-
4. Declaración responsable beneficiario
De no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario indicando en la Ley General de Subvenciones. Incluida en Anexo I.
-
5. Declaración responsable minimis
De las ayudas de minimis percibidas en el ejercicio fiscal actual y en los dos ejercicios fiscales anteriores. Incluida en Anexo I.
-
6. Declaración responsable sanción administrativa
De no ser objeto de sanción administrativa ni sentencias firmes por acciones/omisión discriminatorias por razón de género. Incluida en Anexo I.
-
7. Declaración responsable en materia medioambiental
-
8. Declaración responsable sobre no realización de actos
Recogidos en el art. 33.2 de la Ley de Memoria Democrática ni contrarios a los recogidos en la Ley de igualdad y protección integral contra la discriminación de la Comunidad Autónoma de Aragón. Incluida en Anexo I.
-
9. Memoria descriptiva
En el caso de empresas de servicio. Contendrá la actividad empresarial relacionada con actividades culturales comprendidas entre el 1 de enero de 2018 hasta el 13 de marzo de 2020.
-
10. Contrato de arrendamiento
O escritura de compraventa del local en el que desarrolla la actividad empresarial. En caso de contrato de arrendamiento, los recibos de pago del primer trimestre del 2020
-
11. Informe de la Tesorería de la Seguridad Social
Donde acredite el número de trabajadores en alta a fecha 13 de marzo de 2020.
-
12. Ficha de terceros
Junto con la etiqueta identificativa de hacienda (o en su defecto fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal o DNI).
Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Certificado de estar al corriente de la AEAT
Certificado de estar al corriente de la D.G. de Tributos
Certificado de TGSS de estar al corriente
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
La solicitud se presentará preferentemente de forma electrónica y con carácter obligatorio para las personas jurídicas.
En caso de presentación en las unidades de Registro, deberá solicitar cita previa.
El procedimiento de concesión es de concurrencia competitiva simplificada.
El orden de prelación de las solicitudes se fijará en función de la fecha y hora en las que hayan sido válidamente presentadas, cumpliendo todos los requisitos y documentación exigidos en la convocatoria en un registro oficial.
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Presencial - Pasos a seguir
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Durante de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
6 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
-
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
-
Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón
-
Orden ECD/217/2016, de 24 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura y patrimonio cultural
-
Orden ECD/1034/2020, de 28 de octubre, por la que se aprueban bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de subvenciones a empresas del sector cultural aragonés afectadas por la crisis de la Covid-19
Apartado anterior:
Ayuda a la tramitación electrónica
Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.
Más información
¿Te ha resultado útil esta página?
Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web
Gracias por tu valoración
Para cualquier consulta, escríbenos a portalpublico@aragon.es
Puedes dejar aquí tu comentario anónimo.