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Subvenciones destinadas a asociaciones de estudiantes sin ánimo de lucro en el ámbito universitario - Convocatoria 2024

N°10108

Convocatoria en elaboración.

A través de este trámite, las asociaciones de estudiantes sin ánimo de lucro en el ámbito universitario de Aragón podrán solicitar esta subvención, cuyo objetivo es el desarrollo del asociacionismo entre el estudiantado universitario.

Plazo de presentación

Del 17/04/2024 al 09/05/2024

En plazo

Iniciar trámite

Dirigido a

  • Asociaciones de estudiantes sin ánimo de lucro en el ámbito universitario de Aragón

Requisitos

  • Estar debidamente constituida e inscrita en el Registro de Asociaciones de Aragón con una antelación de seis meses a la publicación de la orden de la convocatoria.
  • Realizar alguna de las actuaciones subvencionables establecidas en la convocatoria.
  • La convocatoria de 2024 establece que las actuaciones subvencionables necesariamente consistirán en:
    • La elaboración y publicación de estudios y trabajos.
    • La realización de debates.
    • La celebración de jornadas de difusión de las finalidades de la subvención establecidas en el apartado segundo de la convocatoria.
    • La convocatoria de premios que contribuyan a la consecución de las finalidades de la subvención establecidas en el apartado segundo de la convocatoria.
    • La organización de cursos.
    • Actividades de arte urbano.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Memoria explicativa de las actividades a realizar

    La memoria contendrá las actuaciones a realizar con desglose del presupuesto estimado, el calendario de ejecución y el resto de la información que se indica en el apartado décimo, punto 1, letra b) de la convocatoria, a fin de evaluar la solicitud conforme a los criterios especificados en el apartado séptimo, punto 2 de la convocatoria.

  • Detalle de actuaciones

    Documentación complementaria a la memoria de actuaciones.

    Descargar modelo Detalle de actuaciones

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

En caso de que la solicitud no se presente con certificado de representante

  • Acreditación de la representación

    Acreditación de que la persona que actúa como representante tiene poder de representación. No será necesario aportar este documento si se presenta la solicitud mediante certificado de representante de persona jurídica.

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

    Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado.

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

    Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

    Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.

Información adicional

Importante: la presentación de esta solicitud es exclusivamente electrónica. Para ello, necesitas disponer de firma electrónica. En el apartado "Información adicional" - "Documentos y enlaces de interés" dispones de una guía con más información.

La solicitud se considerará presentada en el momento en que se obtenga el justificante de registro que se deberá conservar a efectos de acreditar su presentación. No obstante, a los efectos del cómputo de plazo fijado en días hábiles, y en lo que se refiere al cumplimiento de plazos por las personas interesadas, la presentación en un día inhábil se entenderá realizada en la primera hora del primer día hábil siguiente.

Subsanación: si se comprueba que su solicitud no reúne toda la información o documentación necesaria, podrá subsanarla en un plazo de 10 días hábiles. A tal fin se publicará en el tablón de anuncios digital de información general del Gobierno de Aragón la lista de las solicitudes que se deban subsanar, señalando los motivos y el contenido de la subsanación, así como los medios de presentación. El enlace al mencionado tablón está disponible en el apartado "Información adicional" - "Documentos y enlaces de interés".

Resolución: la resolución con las personas beneficiarias se publicará en el Boletín Oficial de Aragón y en esta misma página web, en el apartado "Anuncios durante la tramitación".

Pago: tras la resolución y justificación del gasto, se procederá al pago de la subvención en el número de cuenta indicado en la solicitud.

Recurso de alzada: si no está de acuerdo con la resolución, puede interponer un recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón.

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 17/04/2024 al 09/05/2024

En plazo

Iniciar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses desde la fecha de finalización del plazo para presentar solicitudes. La notificación de la resolución se realizará mediante publicación en BOA.

Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo d...

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