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Subvenciones al desarrollo de infraestructuras y servicios de telecomunicaciones

N°1139

A través este trámite, se pueden solicitar subvenciones para proyectos de infraestructuras y/o servicios de telecomunicaciones que cumplan las prescripciones técnicas y de funcionamiento que se establezcan en la convocatoria.

Plazo de presentación

Del 01/01/2014 al 01/01/2014

Fuera de plazo

Consultar trámite

Dirigido a

  • Personas físicas
  • Empresas públicas y privadas
  • Entidades sin ánimo de lucro
  • Entidades públicas

Requisitos

  • No estar incurso en alguna de las causas de prohibición previstas en la normativa aplicable en materia de subvenciones.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Solicitud

  • Documentación justificativa entidades

    En caso de que el solicitante sea una persona jurídica, se aportarán los documentos justificativos de su constitución y de su inscripción en el registro correspondiente cuando ésta sea exigible. Asimismo, se aportará la documentación acreditativa de la condición de pyme respecto a aquellas líneas de subvenciones en las que dicha condición sea requerida.

  • Documento acreditativo de representación

    Cuando el solicitante actúe por medio de representante, deberán aportarse los documentos que acrediten el poder de representación de éste último

  • Declaración responsable

    En la que se especifique si se ha solicitado o no alguna otra ayuda para la misma actuación o proyecto y, en su caso, si se ha concedido o no, indicando la cuantía y procedencia.

  • Declaración responsable

    Cuando se trate de una empresa, declaración responsable de que cumple los requisitos exigidos en la legislación medioambiental en relación con el tratamiento de los residuos que, en su caso, produzca.

  • Declaración responsable

    De no haber sido sancionada por la autoridad laboral competente.

  • Declaración responsable

    De no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Acreditación de la identidad de la persona interesada y/o representante

  • Documento acreditativo de estar al corriente de pago con la Seguridad Social

  • Documento acreditativo de estar al corriente de las obligaciones tributarias

  • Acreditación de estar al corriente de pago con la Comunidad Autónoma

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

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Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
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  3. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  4. Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Presencial

  1. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
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  2. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  3. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
    Pedir cita previa
  4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 01/01/2014 al 01/01/2014

Fuera de plazo

Paso 1:

Descarga el formulario principal:

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No olvides repasar el resto de documentos necesarios:

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Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

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Resolución

6 meses desde la publicación de la convocatoria

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

¿Cómo realizar este trámite?

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